Por medio de la cual se expide la Resolución Única de Regulación del Sector Eléctrico
Información expresa que debe incluir la garantía
ARTÍCULO 8.10.2.2.1. Información expresa que debe incluir la garantía. En el texto de la garantía deberán quedar explícitas, como mínimo, las obligaciones garantizadas, el monto de la garantía y, dependiendo del tipo de usuario del proyecto, la siguiente información:
a) Para el caso de un UNR: la FPO y la proyección mensual de demanda del nuevo proyecto para el primer año, que debe corresponder con la entregada por el usuario a la UPME o al OR para el estudio de conexión;
b) Para el caso de un OR: la FPO definida en el Plan de Expansión del SIN;
c) Para el caso de un generador: i) la fecha de entrada en operación comercial de la primera unidad del proyecto de generación y la capacidad de esta unidad; ii) la FPO definida en el Plan de Expansión del SIN, y iii) la fecha de entrada en operación comercial del total de la generación para la cual se le asignó la capacidad de transporte.
Las fechas indicadas en este numeral deberán corresponder al último día calendario de un determinado mes y año.