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Por medio de la cual se expide la Resolución Única de Regulación del Sector Eléctrico

CAPÍTULO 3

Determinación de los factores para referir al STN

ARTÍCULO 4.12.6.3.1. DETERMINACIÓN DE LOS FACTORES PARA REFERIR AL STN. Los factores de cada nivel de tensión para referir las medidas de energía al STN, considerando las pérdidas de energía eficientes de los STR o SDL, se determinarán, para cada OR, siguiendo las siguientes expresiones:

(Fuente: R CREG 015/18, ANEXO GENERAL CAPÍTULO 7 Num. 7.2)

ARTÍCULO 4.12.6.3.2. NIVEL DE TENSIÓN 4. Este índice se define en el numeral 1.1.1.

(Fuente: R CREG 015/18, ANEXO GENERAL CAPÍTULO 7 Num. 7.2.1)

ARTÍCULO 4.12.6.3.3. NIVEL DE TENSIÓN 3.

Donde

PR3,j,t: Factor para referir las medidas de energía del nivel de tensión 3 del OR j al STN en el año t.
Pj,3,t: Pérdidas a reconocer en el nivel de tensión 3 del OR j en el año t, según lo establecido en los numerales 7.1.2 y 7.1.3.
P4,R,m,t: Factor de pérdidas ponderado del nivel de tensión 4, para los OR que hacen parte del STR R, en el mes m del año t, según lo establecido en el numeral 1.1.1.
Fej,n-3: Flujo de energía anual entre el nivel de tensión n, n es STN o 4, y el nivel de tensión 3 del OR j (MWh-año).
Pj,STN-3: érdidas de transformación para referir las medidas de energía del nivel de tensión 3 al STN e iguales a 0,23 %.
Fej,3: Flujo de energía anual desde otros niveles de tensión al nivel de tensión 3 del OR j (MWh-año). En el caso que no existan flujos de energía a este nivel, la variable tomará el valor de 1.

(Fuente: R CREG 015/18, ANEXO GENERAL CAPÍTULO 7 Num. 7.2.2)

ARTÍCULO 4.12.6.3.4. NIVEL DE TENSIÓN 2.

Donde:

PR2,j,t: Factor para referir las medidas de energía del nivel de tensión 2 del OR j al STN en el año t.
Pj,2,t: Pérdidas a reconocer en el nivel de tensión 2 del OR j en el año t, según lo establecido en los numerales 7.1.2 y 7.1.3.
P4,R,m,t: Factor de pérdidas ponderado del nivel de tensión 4, para los OR que hacen parte del STR R, en el mes m del año t, según loe establecido en el numeral 1.1.1.
Pj,3,t: Pérdidas a reconocer en el nivel de tensión 3 del OR j, en el año t, según lo establecido en los numerales 7.1.2 y 7.1.3.
Fej,n-2: Flujo de energía anual entre el nivel de tensión n, n es STN, 4 o 3, y el nivel de tensión 2 del OR j, MWh-año.
Fej,2: Flujo de energía anual desde otros niveles de tensión al nivel de tensión 2 del OR j (MWh-año).
Pj,n-2: Pérdidas de transformación para referir las medidas de energía del Nivel de Tensión 2 al STN o al nivel de tensión 4 (n es STN o 4) del mismo OR e iguales a 0,23 %.

(Fuente: R CREG 015/18, ANEXO GENERAL CAPÍTULO 7 Num. 7.2.3)

ARTÍCULO 4.12.6.3.5. NIVEL DE TENSIÓN 1.

Donde:

PR1,j,t: Factor para referir las medidas de energía del nivel de tensión 1 del OR j al STN en el año t.
Pj,1,t: Pérdidas reconocidas en el nivel de tensión 1 del OR j en el año t calculadas según lo establecido en los numerales 7.1.2 y 7.1.3.
PR3,j,t: Factor para referir las medidas de energía del nivel de tensión 3 del OR j al STN en el año t.
PR2,j,t: Factor para referir las medidas de energía del nivel de tensión 2 del OR j al STN en el año t.
Fej,n-1: Flujo de energía anual entre el nivel de tensión n, n es 3 o 2, y el nivel de tensión 1 del OR j (MWh-año).
Fej,1: Flujo de energía anual desde otros niveles de tensión al nivel de tensión 1 del OR j (MWh-año).

(Fuente: R CREG 015/18, ANEXO GENERAL CAPÍTULO 7 Num. 7.2.4)

ARTÍCULO 4.12.6.3.6. PÉRDIDAS DE TRANSFORMADORES DE CONEXIÓN AL STN. Las pérdidas de transformación para referir las medidas de usuarios que se consideran conectados directamente al STN, independientemente del nivel de tensión de baja tensión del transformador de conexión al STN donde se encuentre su medida, son iguales a 0,23 %.

(Fuente: R CREG 015/18, ANEXO GENERAL CAPÍTULO 7 Num. 7.2.5)

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