Compilación sobre derechos, deberes y obligaciones de los usuarios actuales y potenciales
Disposiciones generales
ARTÍCULO 6.1.1. OBJETO. Establecer los mecanismos de protección y deberes de los usuarios regulados y no regulados del servicio público domiciliario de energía eléctrica del Sistema Interconectado Nacional y las Zonas No Interconectadas, que ejercen la actividad de Autogeneración a Pequeña Escala, y regular su relación con el comercializador que le presta el servicio público cuando le entrega o vende los excedentes de energía.
Los usuarios del servicio público domiciliario de energía eléctrica que ejercen la actividad de Autogeneración a pequeña escala, en adelante y para los efectos de esta resolución se denominarán "usuarios AGPE".
Los mecanismos de protección y deberes de los usuarios AGPE serán desarrollados en cada una de las etapas precontractual, formalización contractual, de ejecución y terminación del contrato que aquí se determinan.