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CONCEPTO 0378 DE 2002

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

<NOTA: Concepto bajado de la página de internet de la CREG>

Solicitante: XXXXX
Fecha:29 de octubre de 2001
Radicación: CREG – 9681 de 2001
Tema: Estructura tarifaria.
Respuesta: MMECREG – 0378 - 02

PROBLEMA: El interesado solicita la estructura tarifaria que se aplica para los usuarios no regulados.-


Bogotá D. C., 24 de enero de 2002

MMECREG-0378

XXXXXXXXXXXXXXX


Ref.: Radicado CREG 9681 del 29 de Octubre de 2001.

Apreciado Señor:

En la comunicación de la referencia solicita la estructura tarifaria actual para los usuarios no regulados.

Al respecto nos permitimos informarle que conforme al Artículo 1o de la Resolución CREG 131 de 1998, un usuario regulado se define como:

"Usuario No Regulado Para todos los efectos regulatorios, es una persona natural o jurídica con una demanda máxima superior a un valor en MW o a un consumo mensual mínimo de energía en MWh, definidos por la Comisión, por instalación legalizada, a partir de la cual no utiliza redes públicas de transporte de energía eléctrica y la utiliza en un mismo predio o en predios contiguos. Sus compras de electricidad se realizan a precios acordados libremente entre el comprador y el vendedor." (Subrayado fuera de texto)

En nuestra página web, www.creg.gov.co, pueden ser consultadas las tarifas aplicadas por las comercializadoras a los usuarios regulados, las cuales pueden servirle como indicativo.

Cordialmente,

DAVID REINSTEIN
Director Ejecutivo


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