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CONCEPTO 10727 DE 2018

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<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

Bogotá, D.C.,

XXXXXXXXXXXXXXX

Asunto: Resolución CREG 030 de 2018

Radicado CREG E-2018-010727

Respetada señora XXXX:

De manera atenta, damos respuesta a la comunicación del asunto, en la cual se realiza la solicitud que transcribimos a continuación:

SOMOS UNA EMPRESA COMERCIALIZADORA DE PAPELES CARTONES TINTAS E INSUMOS PARA LAS ARTES GRÁFICAS Y ES DE NUESTRO INTERÉS CONOCER Y ENTENDER LA RESOLUCIÓN 030 DE 2018, AGRADEZCO POR FAVOR SU GUÍA DE LOS PASOS A SEGUIR PARA CONTACTARME CON USTEDES.

En primer lugar, le informamos que de acuerdo con lo dispuesto por la Ley 142 de 1994, a la CREG, aparte de las funciones genéricas que toda Comisión de Regulación tiene, se le asignaron la regulación económica de los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica y gas combustible. Adicionalmente, la Ley 143 de 1994 le asignó funciones de carácter regulatorio a la CREG, de manera específica en lo concerniente a la prestación del servicio público domiciliario de energía eléctrica.

Para su adecuado entendimiento le informamos que respecto de la regulación de autogeneradores a pequeña escala y generadores distribuidos, la CREG ha dispuesto de diferentes medios para informar a los interesados sobre la Resolución CREG 030 de 2018(1). Es esta la normativa referente a autogeneradores a pequeña escala y generadores distribuidos en cuanto a las condiciones de integración, estándares técnicos de disponibilidad del sistema, la información de disponibilidad de red, condiciones para conexión, condiciones para la medición y como es la comercialización de energía. Es pertinente aclararle que los autogeneradores a pequeña escala están definidos con capacidad instalada menor o igual a 1 MW y los generadores distribuidos con capacidad instalada menor o igual a 0.1 MW. También que las condiciones de conexión dependen del tamaño del sistema de generación y, para la remuneración, dependen de si el sistema de generación funciona a partir de una fuente no convencional de energía no renovable.

En nuestra página en internet, www.creg.gov.co asociado a la Resolución CREG 030 de 2018, podrá consultar los documentos que soportan dicha regulación, como la resolución de consulta previa a esta decisión (proyecto Resolución CREG 121 de 2017) y los correspondientes documentos que responden las observaciones y sugerencias de los interesados (documentos CREG D-066 y D-026-18).

De la Resolución CREG 030 de 2018, se realizaron dos talleres, uno en Barranquilla y otro en Bucaramanga. La CREG tiene a disposición de todos los interesados la filmación de ambos talleres en los siguientes enlaces de internet:

https://www.youtube.com/watch?v=gaj4az3Vrb8

https://www.youtube.com/watch?v=wvSEv56dbXU

Además, le informamos que, en la página de internet, la CREG ha dispuesto un enlace donde se podrán ver todas las respuestas a las preguntas más frecuentes sobre la Resolución CREG 030 de 2018 y donde se podrá ubicar directamente toda la normatividad y regulación relacionada y un folleto con la explicación de cómo ser un autogenerador paso a paso. La información en este enlace se actualizará permanentemente. El enlace es el siguiente:

http://www.creg.gov.co/index.php/es/sectores/energia/autogeneracion-a-pequena-escala-y-generacion-distribuida

Si luego de consultar todo lo mencionado anteriormente mantiene inquietudes específicas sobre la normativa, podrá enviar las consultas escritas que considere necesarias al correo creg@creg.gov.co

Esperamos que la información que ha sido suministrada sea de su utilidad.

El presente concepto se emite en los términos y con el alcance previsto en el artículo 28 de la Ley 1755 de 2015.

Cordialmente,

CHRISTIAN JARAMILLO HERRERA

Director Ejecutivo

<NOTAS DE PIE DE PÁGINA>.

1. Resolución CREG 030 de 2018. Por la cual se regulan las actividades de autogeneración a pequeña escala y de generación distribuida en el Sistema Interconectado Nacional.

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