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CONCEPTO 10439 DE 2018

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<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

Bogotá, D.C.,

XXXXXXXXXXXXXXX

Asunto: Su comunicación 20183000021691

Radicado CREG E-2018-010439

Respetada señora XXXX:

Hemos recibido su comunicación con el radicado del asunto, en la cual nos hace la siguiente petición:

“…solicitamos se nos informe si las veredas Plan y Albañil, del Municipio de Ciénaga del Departamento de Cundinamarca (sic), están incluidos en un mercado relevante o dentro de un plan de expansión”.

En atención a su solicitud le informamos que las poblaciones de las Veredas Plan y Albañil, por ser del municipio de Ciénega, del departamento de Boyacá, hacen parte del mercado relevante de distribución conformado mediante la Resolución CREG 076 de 2010.

Respecto a su consulta específica de la inclusión de las poblaciones antes referenciadas en los planes de expansión de las empresas y/o nuevos sistemas de distribución, está dentro del campo de las posibilidades de las empresas distribuidoras que, con base en los cargos aprobados para los distintos mercados relevantes de distribución, tomen la decisión de atender los usuarios en los municipios que consideren de interés. En este sentido es importante recordar que el cargo que se define para un mercado establece una señal económica para que el presente y los futuros prestadores del servicio en dicho mercado tomen sus decisiones de inversión y atención de usuarios.

Es relevante destacar que el Artículo 2 de la Resolución CREG 138 de 2014 que modifica el numeral 5.3 del Artículo 5 de la Resolución CREG 202 de 2013, establece la posibilidad regulatoria de solicitar cargos tarifarios para mercados relevantes especiales, esto es, mercados conformados por centros poblados diferentes a las cabeceras municipales caracterizados como rurales y que no se encuentren en planes de expansión de las empresas.

En los anteriores términos damos por atendida su solicitud, de acuerdo al alcance previsto en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Cordialmente,

CHRISTIAN JARAMILLO HERRERA

Director Ejecutivo

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