CONCEPTO 8473 DE 2013
(septiembre)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG
Bogotá, D.C.,
XXXXXXXXXXXXXXX
Asunto: Su correo electrónico
Radicado CREG E-2013-008473
Respetada XXXXX:
En su correo electrónico formuló la siguiente consulta a esta Comisión:
“Estamos revisando la regulación existente para comercializadoras y nos encontramos con la resolución CREG 156 de 2011, numeral 5 del artículo 9, que dice: "demostrar su capacidad financiera para la realización de transacciones en el mercado mayorista, de conformidad con la regulación que para efectos defina la CREG", cuando habla de las obligaciones del comercializador.
Me pueden indicar por favor si ya dicha regulación existe? cuáles son los indicadores financieros que requiere la CREG para establecer la capacidad financiera de la comercializadora?”
En atención a su consulta, nos permitimos informarle que sobre la materia la Comisión de Regulación de Energía y Gas, CREG, expidió la Resolución 156 de 2012 en la cual se dictan unas disposiciones sobre capacidad de respaldo para operaciones en el mercado mayorista de energía eléctrica que deben observar todos los agentes que participan en ese mercado.
Sobre este tema, es preciso mencionar que mediante la Resolución CREG 083 de 2013 se sometió a consulta un proyecto de resolución con el cual la CREG pretende hacer unos ajustes a la Resolución CREG 156 de 2012. El periodo de consulta ya finalizó y la CREG se encuentra en el análisis regulatorio.
El presente concepto se emite en los términos y con el alcance previsto en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Cordialmente,
GERMÁN CASTRO FERREIRA
Director Ejecutivo