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CONCEPTO 6466 DE 2024

(septiembre 30)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

Bogotá, D.C.,

Asunto: Solicitud Información
Radicado CREG: S2024006466
Id de referencia: E2024013362

Respetado señor XXXXX:

Antes de darle respuesta, le informamos que de acuerdo con lo dispuesto por la Ley 142 de 1994, a la CREG, aparte de las funciones genéricas que toda Comisión de Regulación tiene, se le asignaron la regulación económica de los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica y gas combustible. Adicionalmente, la Ley 143 de 1994 le asignó funciones de carácter regulatorio a la CREG, de manera específica en lo concerniente a la prestación del servicio público domiciliario de energía eléctrica. Posteriormente, mediante el Decreto 1260 de 2013, se le otorgó la responsabilidad de la regulación económica de los combustibles líquidos.

Es importante precisar que, en desarrollo de la función consultiva, la CREG no resuelve casos particulares o concretos, pues ello corresponde a las autoridades competentes mediante los procedimientos de rigor y, en tal virtud, tanto las preguntas como las respuestas deben darse o entenderse en forma genérica, de tal manera que puedan predicarse de cualquier asunto en circunstancias similares.

En cuanto a su consulta, la transcribimos y damos respuesta a continuación:

Pregunta 1

(...) En el concepto CREG 4041 de 2024 (Id de referencia: E2024006247 y E2024006246), la Comisión resuelve la consulta de un ciudadano respecto a los excedentes (y su remuneración) de un AGPE en propiedad horizontal y señala que adjunta el radicado CREG S2024001643 que es respuesta dada a AIR-E sobre esta especia inmobiliaria.

Por otra parte, el Ministerio de Minas y Energía ha publicado dos (2) proyectos de Decreto, uno del año 2023 “Por el cual se adiciona al Decreto 1073 de 2015 con el fin de reglamentar parcialmente el artículo 235 de la Ley 2294 de 2023 del Plan Nacional de Desarrollo 2022 - 2026 en lo relacionado con las Comunidades Energéticas en el marco de la Transición Energética Justa en Colombia”, que adiciona el Título X “COMUNIDADES ENERGÉTICAS” a la Parte 2 del Libro 2 de este Decreto. Otro del año 2024 “Por el cual se modifica el Decreto 1073 de 2015, en relación con los lineamientos de política energética en materia de autogeneración y producción marginal”.

Hasta donde pude saber ambos proyectos de Decreto quedaron en etapa de comentarios

(...) PETICIÓN.

Solicito comedidamente la siguiente información y/o documentación:

1) Copia del radicado CREG S2024001643. (...)

Respuesta:

Se adjunta el radicado CREG S2024001643

Pregunta 2

(...) 2) Si la CREG tiene más información/documentación sobre AGPE, COMUNIDADES ENERGÉTICAS y PRODUCTOR MARGINAL en relación con la Propiedad Horizontal, favor indicarla y el medio de obtenerla o consultarla (...)

Respuesta:

Sobre comunidades energéticas, existe publicado el proyecto de Resolución CREG 701 051 de 2024 (Por la cual se armoniza la regulación para la integración de las comunidades energéticas al Sistema Energético Nacional y se dictan otras disposiciones). Lo puede encontrar en el siguiente enlace:

https://gestomormativo.creg.gov.co/gestor/entomo/docs/originales/Proyecto_Resol uci%C3%B3n_CREG_701_051_2024/

Sobre información o documentos de respuesta en relación con propiedad horizontal (además del que hemos enviado en respuesta a la pregunta número 1, el cual esta relacionado con el caso de autogeneración a pequeña escala), la puede encontrar en el siguiente enlace usando la palabra clave “propiedad Horizontal” y luego en las opciones seleccionar la de “conceptos”:

https://gestomormativo.creg.gov.co/gestor/entomo/herramientas_busqueda.html#r esultadosFiltros

Allí podrá encontrar los conceptos emitidos y publicados por año, pero no existe documentación que relacione comunidades energéticas con propiedad horizontal.

Pregunta 3

(...)3) Informar si aquellos proyectos de Decreto ya fueron sancionados o al menos superaron la etapa de comentarios

Si lo primero, proporcionar copia o indicación de su número para su consulta en Internet, si lo segundo indicar en qué etapa se encuentran para su sanción (...)

Respuesta:

Le damos traslado de su inquietud al Ministerio de Minas y Energía, puesto que lo solicitado es de expedición y competencia de los mismos.

Pregunta 4

(...)3) Copia de los comentarios que hayan presentado la CREG y la SSPD frente a cada uno de estos dos proyectos de Decreto. (...)

Respuesta:

Primero le informamos que la Comisión no dispone y no tiene información sobre comentarios que la SSPD haya enviado al Ministerio de Minas y Energía a los proyectos de Decreto citados por usted y subrayados en lo transcrito en la pregunta número 1 de este documento. Le daremos el traslado de su consulta a la SSPD.

Sobre comentarios de esta Comisión a esos proyectos de Decreto, remitimos los comentarios presentados al proyecto de Decreto por el cual se modifica el Decreto 1073 de 2015, en relación con los lineamientos de política energética en materia de autogeneración y producción marginal.

Sobre el proyecto de Decreto de comunidades energéticas no se presentaron comentarios.

Pregunta 5

(...)5) Informar de manera general cuáles son las etapas a surtir previas a la sanción de un Decreto de estos, y en particular por cuánto tiempo son expuestos a comentarios. (...)

Respuesta:

No es competencia de la Comisión expedir Decretos, le daremos el traslado al Ministerio de Minas y Energía para que le den respuesta.

Cordialmente,

ANTONIO JIMENEZ RIVERA

Director Ejecutivo

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