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CONCEPTO 4913 DE 2021

(noviembre 12)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

Asunto:  CREG 015 - Definición Controladores de Subestación y Unidad Central
Radicado CREG:E-2021-010536, E-2021-011621
Expediente CREG:NA

Respetado Señor XXXXXX,

Hemos recibido su comunicación de la referencia, la cual se transcribe a continuación:

Asunto: CREG 015 - Definición "Controladores de Subestación y Unidad Central" Unidades constructivas Radicado CREG: E-2021-010536 Revisamos de acuerdo a la carta de respuesta dada, la cual adjuntamos, y aún tenemos las inquietudes: Revisando el documento indicado Estudio para la determinación de Unidades Constructivas STN, STR, y SDL, no nos es claro con la definición que aparece que es un controladores de subestación, y cuál sería la diferencia con el Gateway o UTR, el documento mencionado define las funcionalidades para los controladores de subestación como:1. (sic) Por favor nos pueden aclarar cuál es la diferencia entre un controlador de subestación con el Gateway u OTR2. (sic) En el documento no encontramos que es una unidad Central

Entendiendo que su comunicación se refiere a las Unidades Constructivas, UC, de Control de subestación y Estación Maestra definidas en la tabla 21 del capítulo 14 del Anexo general de la Resolución CREG 015 de 2018, se señala lo siguiente:

En primer lugar, se indica que las UC definidas en la Resolución CREG 015 de 2018 corresponden a equipos y elementos que son utilizados comúnmente en los sistemas de distribución, y son empleadas para determinar la base regulatoria de activos de las empresas de distribución de energía eléctrica.

Para la conformación, valoración y remuneración de estas UC se utilizan diferentes metodologías. Algunas UC corresponden a elementos individuales fácilmente diferenciables, como las UC de transformadores de potencia, las UC de equipos de línea o de equipos de subestación. Otras corresponden a un conjunto de elementos identificables, como las bahías de línea o de transformador, que están conformadas por interruptores, seccionadores, descargadores de tensión, etc. Otras UC, como los módulos comunes, corresponden a elementos y obras civiles generales dentro de una subestación, y otras están definidas según su funcionalidad, como es el caso de las UC de control de las subestaciones.

Las UC N0P1 a N0P5 representan los diferentes elementos de control de una subestación típica, están definidos para subestaciones de diferentes tamaños, y para efectos de su remuneración se reconocen según el número de bahías existentes en la subestación, mientras que las UC N0P6 a N0P12 corresponden a UC del Centro de Control del OR, que son dimensionados según los elementos componentes del Centro de Control.

Las UC N0P1 a N0P5 reconocen los equipos y elementos requeridos para desarrollar las funcionalidades del Nivel de Control de la Subestación, respecto del cual el documento Estudio para la determinación de unidades constructivas del STN, STR y SDL, que sirvió de referencia para la definición de las UC de la Resolución CREG 015 de 2018, señala lo siguiente:

3.3 SISTEMA DE CONTROL

El nivel de control de la subestación engloba las funciones de supervisión, maniobra y control de la instalación en general, incluyendo los equipos y las bahías de alta, media y baja tensión. Para ello se utiliza una UCS (Unidad de Control de la Subestación), la cual puede estar constituida por una IHM y un software SCADA instalado en una plataforma computacional o por una Unidad Terminal Remota (RTU) o un Gateway o Concentradores de Datos de Subestación con su IHM. En la UCS se almacena la totalidad de las señales y medidas de la instalación y dónde también se pueden gestionar diferentes protocolos de comunicación de datos de tal manera que se garantice la interoperabilidad con la estación maestra.

La UCS constituye un elemento central para el control de toda la subestación de un modo integrado. Esta unidad se comporta como un concentrador de señales, medidas y alarmas, el cual manda dichas señales al centro de control mediante protocolos estándares que incluyen IEC 60870-5 101/104 o IEC 60870-6 donde estos datos son procesados, analizados y proveen información al personal responsable de la red para tomar las decisiones. La unidad de control de la subestación se comunica con las protecciones eléctricas para adquirir informaciones de supervisión.

Subrayado fuera de texto

En los anteriores términos damos por atendida su solicitud. Este concepto ese emite de conformidad con el numeral 73.24 del artículo 73 de la Ley 142 de 1994, y el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Cordialmente,

JORGE ALBERTO VALENCIA MARÍN

Director Ejecutivo

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