CONCEPTO 3686 DE 2020
(julio 14)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG
XXXXXXXXXXXXXXX
Asunto: Derecho de petición - Radicado CREG E-2020-005077
Expediente CREG - General N/A
Respetada señora:
Hemos recibido su comunicación del asunto, en la cual realiza varias consultas sobre el transporte de energía reactiva de acuerdo con lo establecido en la Resolución CREG 015 de 2018, modificada por la Resolución CREG 199 de 2019, a las cuales damos respuesta en el orden en que fueron presentadas:
2.1. ¿El tiempo que el factor M es igual a 1 aplica desde febrero de 2020 a enero del 2021?
Al respecto, el parágrafo 2 del artículo 16 de la Resolución CREG 015 de 2018, y actualizado en el artículo 1o de la Resolución CREG 199 de 2019, menciona:
Parágrafo 2. A partir de los consumos de enero de 2020 la variable M, de que trata el Capítulo 12 de la Resolución CREG 015 de 2018, se reiniciará con un valor igual a 1, momento a partir del cual se contarán los doce meses antes de su incremento.”
Por otro lado, de acuerdo con su definición, en el Capítulo 12 del Anexo General de la Resolución CREG 015 de 2018, M es una “variable asociada con el periodo mensual en el que se presenta el transporte de energía reactiva sobre el límite establecido”. En este sentido, el período al que se hace referencia en el Parágrafo 2 arriba citado es entre enero y diciembre de 2020.
2.2. Si un cliente no llega a una M=6 quiere decir que ¿en algún momento cuando llegue a 6 puede hacer uso del beneficio de durar con M=6 por los siguientes 12 meses?
2.3. Si durante los 12 meses en el que la M puede llegar máximo a 6, un cliente deja de penalizar y reinicia su M a 1, ¿tiene la posibilidad que cuando vuelva a tener una M=6 haga uso de los meses que le quedan de beneficio?
Previo a dar respuesta a esta consulta, consideramos conveniente aclarar que lo dispuesto en el Capítulo 12 de la Resolución CREG 015 de 2018, sobre el costo del transporte de energía reactiva, no es una penalización, sino que debe entenderse como un incentivo a los OR y usuarios para que disminuyan el transporte de energía reactiva en el sistema, debido a sus efectos no deseados.
Por otra parte, los períodos de 12 meses en los que M=1 no son de aplicación a voluntad del usuario, sino que son aplicables durante el 2020, o cuando el transporte de energía reactiva en exceso sobre el límite desaparezca durante más de tres meses consecutivos y se reinicie a partir de 1.
En este sentido, en la definición de la variable M incluida en el Capítulo 12 del anexo general de la Resolución CREG 015 de 2018 se menciona:
(…) A partir del décimo tercer mes de transporte de energía reactiva con la misma condición, esta variable se incrementará mensualmente en una unidad hasta alcanzar el valor de 6.
Si el transporte de energía reactiva en exceso sobre el límite desaparece durante más de tres meses consecutivos, la variable reiniciará a partir de 1.
Cuando el valor de M=6 se haya mantenido durante 12 meses, en caso de persistir el consumo de energía reactiva en exceso sobre el límite, a partir del mes siguiente la variable continuará incrementándose mensualmente en una unidad hasta alcanzar el valor de 12. (…)
(subrayado fuera de texto)
De acuerdo con lo anterior, entendemos que cada vez que la variable M se incremente hasta un valor de M=6, se mantiene en M=6 hasta por 12 meses, momento a partir del cual seguirá creciendo, siempre y cuando la condición de transporte de energía reactiva en exceso sobre el límite permanezca.
2.4. Si una frontera ingresa nueva en Mayo de 2021, ¿tiene la posibilidad de hacer uso de los beneficios anteriores iniciando con su M = 1?
Se reitera que los casos en que M=1 no son de aplicación a voluntad del usuario.
Sin embargo, un usuario nuevo siempre tendrá M=1 durante un mínimo de 12 meses.
2.5. ¿Los beneficios de los que habla la norma se deben entender que aplican según el comportamiento de cada cliente? O por el contrario se debe entender como un plazo rígido, el cual es una ventana de tiempo para que los clientes corrijan su factor de potencia
Si se refiere a la condición de la variable M=1 durante 2020, período fijo, cabe aclarar que no debe entenderse como un beneficio, sino como un período para que los usuarios puedan ajustarse a la normatividad dispuesta.
Por otro lado, la aplicación de la variable M en el tiempo es determinada por el comportamiento del consumo de energía reactiva de cada usuario, dado que, en cualquier momento, si el transporte de energía reactiva en exceso sobre el límite desaparece durante más de tres meses consecutivos, la variable reiniciará a partir de 1.
2.6. Teniendo en cuenta el impacto de la pandemia generada por el COVID-19, ¿la norma sufre algún cambio?
La reglamentación vigente sobre el costo del transporte de energía reactiva se encuentra en la Resolución CREG 015 de 2018, modificada por la Resolución CREG 199 de 2019, y no ha tenido modificaciones adicionales.
En los anteriores términos y de conformidad con lo previsto en el Artículo 1o de la Ley 1755 de 2015, damos por atendida su solicitud. Los conceptos aquí emitidos tienen el alcance previsto en el numeral 73.24 del Artículo 73 de la Ley 142 de 1994, y en el Artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Cordialmente,
JORGE ALBERTO VALENCIA MARÍN
Director Ejecutivo