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CONCEPTO 3455 DE 2018

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

Bogotá, D.C.,

XXXXXXXXXXXXXXX

Asunto: Su comunicación E- 2018-003455

Respetado XXXXX:

Hemos recibido la comunicación de la referencia por medio de la cual se nos consulta:

“DE MANERA MUY RESPETUOSA QUISIERA ME ORIENTARAN SOBRE CUAL ES LA ENTIDAD QUE REGULA LA PARTE CONTRACTUAL ENTRE UN PRIVADO Y UNA EMPRESA QUE DESEA LLEVAR A CABO UN PROYECTO DE ENERGÍAS NO CONVENCIONALES RENOVABLES O SI EXISTE NORMATIVIDAD VIGENTE A ESE RESPECTO.
ADICIONALMENTE SI HAY NORMAS RELACIONAS CON AL DESARROLLO DE ESTOS PROYECTOS EN ZONAS RURALES DE VOCACIÓN AGROPECUARIA.” (sic)

La Comisión de Regulación de Energía y Gas es una Unidad Administrativa Especial adscrita al Ministerio de Minas y Energía, encargada de regular económicamente el mercado de servicios públicos domiciliarios de energía y gas garantizando el abastecimiento del servicio al usuario final, propendiendo por la competencia y regulando los monopolios donde esta no sea posible.

La Ley 1715 de 2014, reguló la integración de las fuentes no convencionales de energía renovables al Sistema Interconectado Nacional, otorgándole unas competencias específicas a varias entidades del Gobierno.

Dentro del marco de esas competencias, el Ministerio de Minas y Energía profirió lo Decretos 2469 de 2014, por el cual se establecen los lineamientos de política para la venta de excedentes para autogeneradores de gran escala y el Decreto 387 de 2017 por el cual se establecen lineamientos de política y venta de excedentes para autogeneradores de pequeña escala.

En desarrollo de la normatividad antes mencionada, la Comisión profirió las Resoluciones CREG 024 de 2015 “por la cual se regula la autogeneración a gran escala en el Sistema Interconectado Nacional y se dictan otras disposiciones” y CREG 030 de 2018 “por la cual se regulan las activadas de generación a pequeña escala y generación distribuida en el Sistema Interconectado Nacional.” Por su parte, la normatividad que regula la autogeneración en Zonas No Interconectadas al Sistema Interconectado Nacional es la Resolución CREG 038 de 2018. Estas resoluciones son aplicables para proyectos en zonas rurales o urbanas.

Concretamente a su consulta, la relación contractual entre un privado y una empresa que desee llevar a cabo un proyecto de energía renovable, al tratarse de una relación entre privados, se rige por las normas civiles y comerciales bajo el principio de la autonomía de la libertad privada. La regulación de la CREG se aplica a las relaciones entre los usuarios y entre las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios, que se rigen por la Ley 142 de 1994, a la luz del contrato de servicios públicos domiciliarios.

El presente concepto se emite en los términos y con el alcance previsto en el artículo 28 de la Ley 1755 de 2015.

Cordialmente,

CHRISTIAN JARAMILLO HERRERA

Director Ejecutivo (E)

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