CONCEPTO 3314 DE 2017
(julio 18)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG
XXXXXXXXXXXXXXX
| Asunto: | Su comunicación 700 41-23 Radicado CREG E-2017-006073 |
Respetado señor XXXXX:
En atención a su comunicación, que cuenta con el radicado relacionado en el asunto, en donde usted solicita:
“(s)olicito certificación por parte de la entidad que usted preside sobre las poblaciones del Departamento de Casanare, que han solicitado o se encuentran en curso solicitudes de expansión, con cargos aprobados o en proceso de aprobación, del servicio de gas natural Domiciliario, solicitudes posiblemente elevadas por parte de las XXXXX y por la XXXXX XXXXX SA ESP, empresas que atienden el mercado relevante en el Departamento de Casanare, respectivamente.
Por lo anterior comentado solicito muy formalmente dicha certificación para el proyecto “CONSTRUCCION DE LA RED TROCAL Y REDES DE DISTRIBUCIÓN, CONEXIONES DOMICILIARIAS DE GAS NATURAL PARA MUNICIPIOS DE SACAMA Y LA SALINA Y SU AREA DE INFLUENCIA EN EL DEPARTAMENTO DE CASANARE. (...)”
Con relación a su requerimiento le informamos lo siguiente:
Actualmente los distribuidores que prestan el servicio de gas natural en el Departamento de Casanare son, la XXXXX (XXXXX S.A. E.S.P.) y a XXXXX S.A. E.S.P.
Así las cosas, las Resoluciones que aprueban cargos para los municipios de dicho Departamento son:
- Resolución CREG 073 de 2004: Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas combustible por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Sabanalarga, Maní, Nunchía, Pore, Trinidad, San Luis de Palenque, Orocué, Paz de Ariporo, Hatocorozal, Támara, Recetor, Chámeza, La Salina y Sácama en el Departamento de Casanare, según solicitud tarifaria presentada por la XXXXX S.A. ESP
- Resolución CREG 020 de 2004: Por la cual se aprueba el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución de gas combustible por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas combustible por red a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Aguazul, Monterrey y Villanueva, departamento del Casanare, según solicitud tarifaria presentada por la empresa XXXXX S.A. ESP.
- Resolución 025 de 2004: Por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución de gas combustible por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas combustible por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por el municipio de Tauramena, departamento del Casanare, según solicitud tarifaria presentada por la empresa XXXXX S.A. ESP.
- Resolución 098 de 2004: Por la cual se resuelve un recurso de reposición interpuesto por XXXXX S.A. ESP en contra de la Resolución CREG 020 de 2004, por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución de gas combustible por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas combustible por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por los municipios de Aguazul, Monterrey y Villanueva.
- Resolución 099 de 2004: Por la cual se resuelve un recurso de reposición Interpuesto por XXXXX S.A. ESP en contra de la Resolución CREG 025 de 2004, por la cual se aprueban el Cargo Promedio de Distribución por uso del Sistema de Distribución de gas combustible por red y el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas combustible por redes a usuarios regulados, para el mercado relevante conformado por el municipio de Tauramena.
Ahora bien, con relación a los cargos aprobados mediante la Resolución CREG 073 de 2004, la XXXXX XXXXX S.A. E.S.P. manifestó oficialmente el 11 de diciembre de 2013 (radicado CREG E-2013-011700), la “renuncia" a la prestación del servicio público de gas natural en el municipio de Sácama departamento de Casanare, dado que a la fecha no había realizado ninguna inversión para la prestación del servicio.
Por otro lado, a través de la Resolución CREG 202 de 2013 y sus modificatorias se establecieron los criterios generales para remunerar la actividad de distribución de gas combustible por redes de tubería y se dictaron otras disposiciones, sin embargo, a través de la Resolución CREG 093 de 2016 se revocó parcialmente la Resolución CREG 202 de 2013.
Por lo tanto, mediante la Resolución CREG 095 de 2016 se hizo público un proyecto de resolución “Por la cual se complementa la Resolución CREG 202 de 2013 y se definen otras disposiciones” terminado el periodo de consulta y con base en los comentarios de los agentes se expide a consulta la Resolución CREG 066 de 2017, “Por la cual se complementa la Resolución CREG 202 de 2013 y se definen otras disposiciones”.
Paralelo a lo anterior, esta Comisión expide la Circular CREG 034 relacionada con la aprobación de cargos transitorios de distribución de gas combustible por redes de tubería para mercados existentes.
Por lo anteriormente descrito, nos encontramos a la espera de que los distribuidores interesados en los cargos transitorios, presenten sus solicitudes o mantengan sus cargos hasta la emisión de la nueva metodología.
En los anteriores términos damos por atendida su solicitud. Los conceptos aquí emitidos tienen el alcance previsto en el numeral 73.24 del artículo 73 de la Ley 142 de 1994 y por el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Cordialmente,
GERMÁN CASTRO FERREIRA
Director Ejecutivo