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CONCEPTO 2960 DE 2018

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

Bogotá, D.C.,

XXXXXXXXXXXXXXX

Asunto: Consulta con radicado CREG E-2018-002960

Respetado señor XXXXX:

Hemos recibido la comunicación del asunto donde plantea aspectos relacionados con la vigencia y aplicación de la Resolución CREG 015 de 2018.

Referente a la entrada en vigencia de la Resolución CREG 015 de 2018, debemos señalar que la citada resolución quedó en firme al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial, conforme lo dispone el numeral 1 del artículo 87 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, es decir, a partir del 4 de febrero de 2018. No obstante, su aplicación integral se dará una vez se encuentren en firme los cargos aprobados a todos los OR con base en la metodología allí establecida.

En el entretanto, existen algunos aspectos que son aplicables de manera gradual, considerando la existencia de los elementos de cálculo con base en los cuales se fundamentan.

Por ejemplo, salvo algunos conceptos que debe calcular el liquidador y administrador de cuentas, LAC, los aspectos relacionados en los capítulos 1, 2, 3, 4, 6, 7, 9, 10, 11 y 16 de la resolución CREG 015 de 2018 serán completamente aplicables una vez la CREG apruebe los cargos.

Respecto de los demás aspectos expresados en su comunicación, le informamos que los mismos están siendo objeto de análisis para tenerlos en cuenta en caso que se requieran posibles ajustes en la metodología de remuneración.

El presente concepto se emite de conformidad con lo previsto en el numeral 73.24 del artículo 73 de la Ley 142 de 1994 y con el alcance previsto en el artículo 28 de la Ley 1755 de 2015.

Cordialmente,

CHRISTIAN JARAMILLO HERRERA

Director Ejecutivo (E)

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