BUSCAR search
ÍNDICE developer_guide
MEMORIA memory
DESARROLLOS attachment
MODIFICACIONES quiz
CONCORDANCIAS quiz
NOTIFICACIONES notifications_active
ACTOS DE TRÁMITE quiz

CONCEPTO 2834 DE 2000

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

<NOTA: Concepto bajado de la página de internet de la CREG>

Solicitante: ARCHIPELAGO'S POWER & LIGHT CO. S.A. E.S.P.
Fecha: 20 de octubre de 2000
Radicación: CREG – 8628 de 2000.
Tema: Desmonte de la Demanda Máxima, Aplicación a APL., que no hace parte del SIN.
Respuesta: MMECREG – 2834/00

PROBLEMA: El peticionario solicita concepto sobre la aplicación a la Empresa de las resoluciones CREG-031 y 079 de 1997, las cuales establecen el desmonte de la Demanda Máxima a partir del 1 de enero de años 2001.


EXTRACTO: " La Empresa ARCHIPELAGO'S POWER & LIGHT CO. S.A. E.S.P. no hace parte del Sistema Interconectado Nacional y por tanto no le aplican las Resoluciones CREG-031 y 079 de 1997, cuyos destinatarios son los agentes que desarrollan sus actividades en el SIN."


Bogotá, D.C., 29 de noviembre de 2000
MMECREG-2834

XXXXXXXXXXXXXXX


REF: Su comunicación No. 581 del 20 de octubre de 2000
Radicación CREG – 8628 de 2000

Apreciado doctor:

Damos respuesta a su comunicación de la referencia, en la cual consulta si "la aplicación de las resoluciones CREG-031 y 079 de 1997, las cuales establecen el desmonte de la Demanda Máxima a partir del 1 de enero de años 2001, sería de interés definir si esta decisión de regulación aplica para la empresa A.P.L."

La Resolución CREG-079 de 1997 en su epígrafe señala lo siguiente:

"Por la cual se adecua la Resolución CREG-113 de 1996 a las decisiones que, en materia tarifaria, adoptó la Comisión de Regulación de Energía y Gas en la Resolución 031 de 1997".

A su vez, en la Resolución CREG-031 de 1997, Artículo 2o., se establece el siguiente ámbito de aplicación:

"Esta resolución se aplica a toda persona natural o jurídica que suministre energía eléctrica a usuarios finales regulados en el sistema interconectado nacional."

La Empresa ARCHIPELAGO'S POWER & LIGHT CO. S.A. E.S.P. no hace parte del Sistema Interconectado Nacional y por tanto no le aplican las Resoluciones CREG-031 y 079 de 1997.

Cordialmente,

CARMENZA CHAHÍN ÁLVAREZ
Director Ejecutivo




×
Volver arriba