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CONCEPTO 2438 DE 2025

(marzo 3)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

Bogotá, D.C.,

Asunto: Ampliación sistema AGPE existente

Radicado CREG: S2025002438

Id de referencia: E2025002206

Respetado señor XXXXX,

Antes de darle respuesta, le informamos que de acuerdo con lo dispuesto por la Ley 142 de 1994, a la CREG, aparte de las funciones genéricas que toda Comisión de Regulación tiene, se le asignaron la regulación económica de los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica y gas combustible. Adicionalmente, la Ley 143 de 1994 le asignó funciones de carácter regulatorio a la CREG, de manera específica en lo concerniente a la prestación del servicio público domiciliario de energía eléctrica. Posteriormente, mediante el Decreto 1260 de 2013, se le otorgó la responsabilidad de la regulación económica de los combustibles líquidos.

Es importante precisar que, en desarrollo de la función consultiva, la CREG no resuelve casos particulares o concretos, pues ello corresponde a las autoridades competentes mediante los procedimientos de rigor y, en tal virtud, tanto las preguntas como las respuestas deben darse o entenderse en forma genérica, de tal manera que puedan predicarse de cualquier asunto en circunstancias similares.

Respecto de la petición, la transcribimos y damos respuesta a continuación:

(...) Por este medio solicito comedidamente su orientación sobre el siguiente tema: en la actualidad cuento con un sistema fotovoltaico compuesto por 8 paneles solares. Tal sistema está debidamente formalizado ante el operador de red local, y en la actualidad me beneficio de la producción de energía.

Estoy interesado en ampliar la capacidad de producción un 50% de la instalada. Mis inquietudes son las siguientes:

1, ¿Qué trámites debo realizar ante el operador de red para formalizar la ampliación?

2. ¿Cuáles son los pasos para materializar el proyecto?, es decir, ¿primero debo formalizar los planes de ampliación y luego ejecutar el proyecto?

Agradezco su respuesta y toda la información que me puedan enviar que soporte los pasos que debo seguir. (...)

Respuesta:

Al respecto le informamos que el numeral viii) del Anexo 5 de la Resolución CREG 174 de 2021 establece el procedimiento a seguir en instalaciones existentes que estén interesados en realizar reformas, como lo es una ampliación. A continuación, citamos el procedimiento:

(...) viii) Reglas para modificaciones de instalaciones existentes

El AGPE, AGGE o GD existentes, y que requieran modificar sus condiciones actuales de conexión, deberán volver a realizar el procedimiento de conexión establecido en este anexo conforme a su condición especifica (dependiendo de si aplica o no aplica estudio de conexión simplificado). Se deberá adicionar a los documentos a entregar listados en la etapa de verificación de completitud de información y para la etapa de verificación técnica, un documento informando que ya es existente e informando los cambios a realizar en la instalación.

El documento con los cambios a realizar se deberá entregar junto con el formulario de conexión simplificado al momento de radicación de la solicitud.

Para la verificación de capacidad o de disponibilidad de la red, en caso de aplicar, se debe usar la potencia máxima declarada adicional a la aprobada inicialmente.

En caso de aplicar estudio de conexión simplificado, este debe realizarse con las nuevas condiciones de la instalación.

De no lograr la aprobación de los cambios solicitados, se pueden conservar las condiciones iniciales de aprobación. (...)

En consecuencia, consultando el citado anexo 5 podrá absolver las inquietudes por usted manifestadas.

El presente concepto se emite en los términos y con el alcance previsto en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, sustituido mediante el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015.

Cordialmente,

ANTONIO JIMENEZ RIVERA

Director Ejecutivo

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