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CONCEPTO 2309 DE 2021

(mayo 27)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

XXXXXXXXXXXXXXX

Asunto: Radicado CREG E-2021-004072
Expediente CREG - General N/A

Respetado señor XXXXXX:

Hemos recibido la comunicación del asunto, mediante la cual expone inquietudes sobre la instalación de equipos de medida de medición avanzada, así:

En este momento estamos trabajando con IKUSI (empresa de ingenieria, integracion y tecnologia) y ALDESA (constructora) en oportunidades en temas relacionados con regulación de medidores.Queremos la ayuda de ustedes para entender el marco regulatorio que rodea el tema de los medidores bidireccionales de energíay la infraestructuraque esto conlleva, nosotros hemos tenido experiencia en este sentido en otros países y nos gustaría replicar nuestro éxito.Quedo muy pendiente de su amablerespuesta.Atentamente

Al respecto le informamos que el Ministerio de Minas y Energía expidió la Resolución 40072 de 2018, modificada por las resoluciones 40483 de 2019 y 40142 de 2020, mediante la cual definió la política pública en desarrollo de la Ley 1715 de 2014, y específicamente introdujo los lineamientos en materia de sistemas de medición avanzada, así como la gradualidad con la que se deberá poner en funcionamiento, con el fin de promover la gestión eficiente de energía, y permitir la incorporación de nuevas tecnologías en los sistemas eléctricos.

En atención a dicha disposición, la CREG, mediante las resoluciones CREG 131 y 219 de 2020, publicó dos propuestas regulatorias para consulta pública. Actualmente no se ha publicado la resolución definitiva sobre la materia.

Le invitamos a revisar el texto completo de las resoluciones CREG con sus documentos soporte en nuestra página web www.creg.gov.co.  

En los anteriores términos y de conformidad con lo previsto en el Artículo 1 de la Ley 1755 de 2015, damos por atendida su solicitud.

Cordialmente,

JORGE ALBERTO VALENCIA MARIN

Director Ejecutivo

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