CONCEPTO 2091 DE 2007
(13 agosto)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG
Bogotá, D. C.,
XXXXXXXXXXXXXXX
Asunto: Solicitud de concepto sobre Resoluciones CREG-071 de 2006 y 031 de 2007. Comunicación de mayo 30 de 2007. Radicado CREG E-2007-004412
Apreciado XXXXX:
De manera atenta damos respuesta a su consulta en la cual se expone el siguiente caso:
“Me permito solicitar concepto sobre la aplicación del artículo 46 de la Resolución CREG-071 de 2006 el cual establece: “Documentación alternativa durante el Período de Precalificación para plantas y/o unidades de generación que planeen utilizar carbón. Los agentes generadores con plantas y/o unidades de generación térmica que planeen utilizar carbón mineral para respaldar su ENFICC podrán entregar, en reemplazo de la garantía exigida en el Artículo 45, la siguiente información de la(s) mina(s) que suministraría(n) el carbón: 1. Copia del auto aprobatorio del Plan de Trabajos y Obras expedido por la autoridad minera, y 2. Carta de compromiso firmada por el representante legal de la(s) mina(s) y aceptada(s) por el generador, en donde conste que cuenta con las reservas y capacidad de producción necesarios para atender el contrato de suministro que se firmaría en caso de que la planta lo requiera para atender las Obligaciones de Energía Firme que adquiera en la Subasta o en el mecanismo se asignación que haga sus veces”, con respecto a la aplicación de la citada condición y para dar cumplimiento al artículo 9 de la resolución CREG-031 de 2007 por parte de los generadores térmicos que operan con carbón, ya que entiendo que el sentido de la alternativa propuesta por la CREG es valida para los casos en que se debe garantizar energía firme en asignaciones de energía firme con inicio superior a un año.
Es importante que se mantenga esta condición en la resolución CREG-031 de 2007 para que los generadores térmicos a carbón podamos cumplir de manera eficiente y sin afectar nuestra viabilidad empresarial, y por lo tanto, tener los contratos requeridos algunos meses antes del inicio del cumplimiento de la obligación de energía firme asignada.”
Respuesta:
La Resolución CREG-031 de 2007 fue modificada por la Resolución CREG-045 de 2007, en la cual fue tratado el tema a la cual hace referencia su carta. Por lo tanto, lo remitimos a que consulte esta resolución.
En los anteriores términos consideramos resueltas sus inquietudes. Los conceptos aquí emitidos tienen el alcance previsto en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo.
Cordialmente,
CAMILO QUINTERO MONTAÑO
Director Ejecutivo