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CONCEPTO 1201 DE 2021

(marzo 23)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

XXXXXXXXXXXXXXX

Asunto: Su comunicación vía correo electrónico
Radicado CREG E-2021-002723
Expediente CREG General N/A

Respetada señora XXXXXX:

Hemos recibido su comunicación de la referencia, en donde nos solicita lo siguiente:

Como ciudadana y estudiante de normas del derecho nacional, deseo que por favor me regalen información para tener mayor claridad frente a la "Resolución 012 de 2021": la cual se refiere al registro de fronteras comerciales de prestadores de servicios (...) en el sentido de que esta resoluciones una posibilidad de una eventual desregulación o liberación del mercado en el país, tal como ha sucedido en otros continentes y Brazil en el caso de Suramérica? El año pasado se informó por parte del viceministro de Energía, Alonso Cardona, el comienzo de cambio el actual sistema de medición de energía en los hogares y en las industrias del país, por uno inteligente…

Respecto a su solicitud, le manifestamos que mediante la Resolución CREG 012 de 2021, esta Comisión hace público el proyecto de resolución de carácter general “Por la cual se modifican las condiciones para el registro de fronteras comerciales de prestadores del servicio en ZNI que se integran al SIN.” La propuesta fue adoptada como regulación mediante la Resolución CREG 020 de 2021.

Dicha norma tiene por objetivo[1] Establecer las reglas para para viabilizar el registro de la frontera de comercialización entre agentes para aquellos prestadores en Zonas No Interconectadas que opten por la alternativa del literal 2 del artículo 44 de la Resolución 091 de 2007. Es decir, busca permitir el registro de las fronteras comerciales de quienes se encargarán de la prestación del servicio en los que eran mercados de zonas no interconectadas que es integran al Sistema Interconectado Nacional.

La norma no está relacionada con las reglas para el despliegue de la Infraestructura de Medición Avanzada, o la modificación de las condiciones de los usuarios para el acceso al mercado competitivo. La propuesta regulatoria para la implementación de los sistemas de medición avanzada se presentó para comentarios mediante las resoluciones CREG 131 y 219 de 2020. Actualmente la Comisión se encuentra trabajando en la propuesta de norma definitiva.

En los términos anteriores damos por atendida su solicitud.

Cordialmente,

JORGE ALBERTO VALENCIA MARÍN

Director Ejecutivo

<NOTAS DE PIE DE PAGINA>.

1. Numeral 3 del Documento CREG 009 de 2021.

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