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CONCEPTO 1081 DE 2007

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

Bogotá, D.C.,

XXXXXXXXXXXXXXX

Asunto: Su comunicación 1340219

Radicado CREG E-2007-000391

Respetado XXXXX:

Hemos recibido la comunicación de la referencia en la cual plantea los siguientes interrogantes, en relación con los mecanismos para la compra de gas natural con destino a la demanda regulada:

“¿Es posible que un distribuidor - comercializador, en el caso de que sea adjudicatario de un contrato de suministro de gas natural obtenido en esta subasta pública, pueda destinar total o parcialmente el mismo para la atención de su Mercado Regulado?

De ser así ¿El distribuidor-comercializador podría trasladar el precio total de compra del gas a la tarifa del usuario final?”

Con la regulación vigente, el comercializador que atiende mercados regulados debe aplicar el procedimiento que establece el Artículo 37 de la Resolución CREG 011 de 2003, el cual principalmente indica la realización de convocatorias de compra.

No obstante lo anterior, la Comisión identificó la necesidad de ajustar dichos procedimientos a la situación actual del mercado de gas. El análisis de lo anterior quedó contenido en el Documento CREG-089 del 12 de Diciembre de 2007 y las respectivas propuestas se plantearon en la Resolución CREG 104 de 2007 la cual se encuentra en consulta.

Cordialmente,

HERNÁN MOLINA VALENCIA

Director Ejecutivo

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