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CIRCULAR 351 DE 2026

(octubre 15)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

<Publicado en la página web de la CREG: 15 de octubre de 2026>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

Bogotá, D. C.,

Para:Agentes del Mercado de Energía Mayorista y demás interesados.
De:Dirección Ejecutiva
Asunto:Procedimiento para Captura de Datos, Transformación de valores atípicos, iguales a cero o correspondientes a valores cuando haya desconexión) – Resolución CREG 101 111 de 2026.

Mediante la Resolución CREG 101 111 de 2026, la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) estableció un programa para la participación activa de la demanda en la bolsa de energía mediante la oferta de reducciones de demanda.

El artículo 21 de la citada resolución modificó el numeral 2 del Anexo 1 de la Resolución CREG 101 019 de 2022 y dispuso que el procedimiento para la captura de datos, transformación de valores atípicos e iguales a cero y transformación de valores cuando haya desconexión sería diseñado por el Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales (ASIC) y publicado por la CREG mediante Circular de la Dirección Ejecutiva, previa aprobación del Comité de Expertos.

En cumplimiento de esta disposición, XM S.A. E.S.P., en su calidad de ASIC, mediante comunicación E2026010983, remitió a la Comisión la propuesta denominada “Procedimiento para captura de datos, transformación de valores atípicos, iguales a cero o correspondientes a valores cuando haya desconexión – Estimación de la Línea Base de Consumo Horaria (LBCH)”.

La metodología presentada por el ASIC fue analizada y aprobada por el Comité de Expertos de la CREG en su sesión 87 del 14 de septiembre de 2026.

En consecuencia, conforme con lo dispuesto en el artículo 21 de la Resolución CREG 101 111 de 2026, la Dirección Ejecutiva publica mediante la presente Circular el “Procedimiento para captura de datos, transformación de valores atípicos, iguales a cero o correspondientes a valores cuando haya desconexión – Estimación de la Línea Base de Consumo Horaria (LBCH)”, contenido en el anexo de esta Circular.

El procedimiento publicado será aplicable para la estimación de la Línea Base de Consumo Horaria (LBCH) en los términos establecidos en la Resolución CREG 101 111 de 2026 y en las disposiciones que la adicionen, modifiquen o sustituyan.

Cordialmente,

ADRIANA MARÍA JIMÉNEZ DELGADO

Directora Ejecutiva

PROCEDIMIENTO PARA CAPTURA DE DATOS, TRANSFORMACIÓN DE VALORES ATÍPICOS, IGUALES A CERO O CORRESPONDIENTES A VALORES CUANDO HAYA DESCONEXIÓN – ESTIMACIÓN DE LA LÍNEA BASE DE CONSUMO HORARIA (LBCH).

<Consultar anexo original directamente en el siguiente enlace: http://168.61.69.177/documentospdf/PDF/C_CREG_0351_2026_ANEXO.pdf

 

Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.
Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG
n.d.
Última actualización: 28 de octubre de 2026

 

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