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CIRCULAR 300 DE 2026

(junio 23)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

<Publicado en la página web de la CREG: 24 de junio de 2026>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

Bogotá, D. C.,

Para:Comercializadores de Energía Eléctrica integrados con el Operador de Red
De:Dirección Ejecutiva Comisión de Regulación de Energía y Gas – CREG
Asunto:Alcance Circular 287 de 2026 – Nuevo Plazo reporte de información actividad de comercialización de energía eléctrica a usuarios regulados.

La Dirección Ejecutiva de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) se permite informar a los comercializadores integrados con el operador de red que el plazo para el reporte de la información solicitada mediante la Circular CREG 287 de 2026, inicialmente previsto hasta el 26 de junio de 2026, se amplía hasta el martes 14 de julio de 2026.

La información deberá diligenciarse de conformidad con las instrucciones establecidas en la Circular CREG 287 de 2026 y remitirse, a más tardar en la nueva fecha aquí señalada, al correo electrónico creg@creg.gov.co, indicando en el asunto: “Circular No. 287– Comercialización EE”.

Cordialmente,

ANTONIO JIMENEZ RIVERA

DIRECTOR EJECUTIVO

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