CIRCULAR 287 DE 2026
(junio 9)
<Publicado en la página web de la CREG: 9 de junio de 2026>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG
Bogotá, D. C.,
| Para: | Comercializadores de energía eléctrica integrados con el operador de red |
| De: | Dirección Ejecutiva Comisión de Regulación de Energía y Gas - CREG |
| Asunto: | Solicitud de información actividad de comercialización de energía eléctrica a usuarios regulados. |
La Dirección Ejecutiva de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, CREG, se permite informar a los comercializadores integrados con el operador de red que, como parte de la elaboración de una nueva propuesta de metodología para la remuneración de la actividad de comercialización de energía eléctrica, se harán requerimientos de información relacionados con los siguientes temas, entre otros:
i) Información de Costos para la Regulación (ICR) años 2024 y 2025.
ii) Caracterización del mercado de comercialización en aspectos comerciales.
iii) Indicadores financieros de las empresas asociadas a la actividad de comercialización.
iv) Indicadores de calidad del servicio comercial.
v) Diagnóstico y resultados de la aplicación de la Resolución CREG 180 de 2014.
Inicialmente, se requiere el diligenciamiento del formato con la información solicitada por la Comisión a través de las circulares CREG 074 de 2021, CREG 022 y 023 de 2023 y la CREG 024 de 2024 y que deberá corresponder a los años 2024 y 2025. La demás información señalada será solicitada oportunamente mediante los mecanismos que se determinen a través de circular.
Se aclara que la información solicitada en este proceso será utilizada para los fines regulatorios establecidos en la Ley para el desarrollo de las funciones asignadas a la Comisión, por lo que es obligación de las empresas garantizar que esta sea cierta, suficiente, clara, oportuna y verificable en observancia del artículo 8 de la Resolución CREG 080 de 2019.
Lo anterior, toda vez que en Sesión CREG No. 1458 del 14 de mayo del presente año, se aprobó conforme a lo establecido en el parágrafo 2 del artículo 6 de la Resolución CREG 105 003 de 2023 el archivo de la propuesta regulatoria del Proyecto de Resolución CREG 701 038 de 2024 de la nueva metodología de comercialización de energía eléctrica aplicable a usuarios regulados en el Sistema Interconectado Nacional.
El archivo anexo a esta circular debe diligenciarse siguiendo las instrucciones señaladas y ser enviado a la CREG a más tardar el viernes 26 de junio de 2026 al correo electrónico creg@creg.gov.co con el asunto "Circular No 287 de 2026 - Comercialización EE".
Cordialmente,
ANTONIO JIMENEZ RIVERA
DIRECTOR EJECUTIVO