CIRCULAR 64 DE 2022
(julio 1)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG
Bogotá, D.C.,
PARA: | GRUPOS DE VALOR Y PARTES INTERESADAS |
DE: | DIRECCIÓN EJECUTIVA |
ASUNTO: | PUBLICACIÓN DE PRECIOS DE REFERENCIA DE VENTA AL PÚBLICO DE LOS COMBUSTIBLES |
La Dirección Ejecutiva de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, CREG, de conformidad con la Resolución CREG 104 001 de 2022 y las funciones delegadas por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Ministerio de Minas y Energía mediante la Resolución 4 0193 de 2021, hace pública la estimación de los precios de referencia de venta al público de la Gasolina Motor Corriente, la Gasolina Motor Corriente Oxigenada, el ACPM-Diésel y la mezcla de ACPM-Diésel y biodiésel que rigen en el territorio nacional a partir del 2 de julio de 2022.
La presente publicación, se efectúa considerando el valor del ingreso al productor o importador de la Gasolina Motor Corriente, el ACPM-Diésel y de los biocombustibles destinados a la mezcla con combustibles fósiles, fijado por el Ministerio de Minas y Energía y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Lo anterior, de acuerdo con lo establecido en el numeral 4 del artículo 1 de la Resolución 40193 de 2021.
El documento técnico de la estructura de precios de gasolina motor corriente y ACPM-Diésel, así como de sus respectivas mezclas con biocombustibles y el de precios de referencia por ciudades se anexan a la presente circular y pueden ser consultados en el siguiente enlace: https://bit.ly/3NBL5YA.
Cordialmente,
JORGE ALBERTO VALENCIA MARÍN