CIRCULAR 63 DE 2024
(septiembre 4)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG
Bogotá, D. C.,
| Para: | Público en General |
| De: | Dirección Ejecutiva |
| Asunto: | Información Sobre Notificación de Demandas en Ejercicio de Acción Popular |
El Director Ejecutivo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, CREG, informa de la existencia de las siguientes acciones populares cuyo texto se adjunta a la presente Circular:
1. Acción popular
| Radicado N°: | 0800123330002024-00281-00 |
| Medio de Control: | Acción popular para la protección de los derechos colectivos de los habitantes y empresas de la región Caribe, de los departamentos de la Guajira, César, Magdalena, Atlántico, Bolívar, Sucre y Córdoba, al acceso a los servicios públicos y a que su prestación sea eficiente y oportuna, así como los derechos de los consumidores y usuarios, y demás derechos colectivos que se puedan ver afectados de acuerdo con el artículo 4 de la Ley 472 de 1998, debido a los altos costos de la energía eléctrica que vienen afectando la economía de los hogares y de las empresas de la región Caribe. |
| Accionante: | Ingrid Johana Aguirre Juvinao |
Accionados: | Nación- Ministerio de Minas y Energía - Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG). |
| Despacho en que cursa: | Tribunal Administrativo del Atlántico- Sala de Decisión Oral - Sección “B” Magistrado: Luis Eduardo Cerra Jiménez |
| Notificación: | El 14 de agosto de 2024 se notificó a la CREG |
2. Acción popular
| Radicado N°: | 2500023410002024-01343-00 |
| Medio de Control: | Acción popular para la protección de los derechos colectivos: (i) al acceso a los servicios públicos y a que su prestación sea eficiente y oportuna; ii) la moralidad administrativa; iii) el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales; iv) el medio ambiente sano y v) la libre competencia económica. |
| Accionante: | Rafael Rincón Ordóñez y Santiago Vernaza Civetta |
| Accionados: | Nación- Ministerio de Minas y Energía - Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG). |
| Despacho en que cursa: | Tribunal Administrativo de Cundinamarca -Sección Primera - Subsección C- Despacho 007 Magistrado: Fabio Iván Afanador García |
| Notificación: | El 22 de agosto de 2024 se notificó a la CREG |
Lo anterior, en cumplimiento a lo ordenado en el numeral 6 y numeral 7 de los auto admisorio de las referidas acciones populares respectivamente, con el fin de que las acciones impetradas sean visibles al público.
Cordialmente,
ANTONIO JIMÉNEZ RIVERA
Director Ejecutivo
Anexos:
1. Copia demanda 0800123330002024-00281-00
2. Copia demanda 2500023410002024-01343-00