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CIRCULAR 42 DE 2013

(21 agosto)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

PARA:TERCEROS INTERESADOS
DE:DIRECCIÓN EJECUTIVA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG
ASUNTO:PUBLICACIÓN DE LAS DEMANDAS ESPERADAS DE CAPACIDAD Y DE VOLUMEN REPORTADAS POR PROGASUR S.A. E.S.P. PARA EL GASODUCTO GUANDO-FUSAGASUGÁ, DE ACUERDO CON EL PROCEDIMIENTO PREVISTO EN LA RESOLUCIÓN CREG 126 DE 2010. (Expediente 2013 – 0063)

De conformidad con el literal b) del artículo 9 de la Resolución CREG 126 de 2010, la Dirección Ejecutiva de la Comisión de Regulación de Energía y Gas hace público, en el anexo de esta Circular, el reporte de las demandas esperadas de capacidad y de volumen presentado por la empresa Progasur S.A. E.S.P.

Adicionalmente, por considerarlo relevante dentro del análisis tarifario, también se hace público el reporte de las capacidades máximas de mediano plazo presentado por Progasur S.A. E.S.P.

Durante los quince (15) días hábiles siguientes a la publicación de esta Circular, los terceros interesados podrán enviar preguntas y comentarios a la CREG en relación con las proyecciones de demandas presentadas por Progasur S.A. E.S.P. De acuerdo con el literal c) del artículo 9 de la Resolución CREG 126 de 2010 se dará traslado de aquellas al transportador para que, en un término máximo de (15) días hábiles siguientes a su recibo, responda las preguntas y se pronuncie sobre los comentarios.

Cordialmente,

GERMÁN CASTRO FERREIRA

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