CIRCULAR 27 DE 2023
(marzo 29)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG
Bogotá, D.C.,
PARA: | Distribuidores Mayoristas de Gasolina Motor Corriente y Diesel |
DE: | Dirección Ejecutiva |
ASUNTO: | Prórroga Circular CREG 005 de 2023 |
La Dirección Ejecutiva de la CREG, a partir de los comentarios recibidos en el taller realizado el pasado veintidós (22) de marzo de 2023, considera pertinente fijar nuevas fechas para la entrega de la información de gastos AOM solicitada en la Circular CREG 005 de 2023:
Los distribuidores mayoristas de combustibles líquidos derivados del petróleo deberán reportar la información de los gastos AOM de las vigencias 2018 hasta 2022, con fecha límite mayo 2 de 2023.
Adicionalmente, se recuerda que los archivos en Excel diligenciados por los agentes, a partir de la fecha de publicación de esta circular, deberán ser renombrados con el formato AOM-805-YYYY-SSSSSS-XX.xlsx:
- AOM: indica que se trata de un archivo con información de AOM.
- 805: indica el código referente a la actividad de distribución mayorista asignado por la CREG.
- YYYY: cuatro dígitos que indican el año al cual pertenece la información reportada.
- SSSSSS: seis dígitos que indican el código SICOM de la planta.
- XX: los dos dígitos que indican si es planta (01), consolidado (02) o backoffice (03).
- .xlsx: índica que es un archivo en Excel sin macros.
Esta información debe ser enviada en los anexos adjuntos a la Circular CREG 005 de 2023 en formato xlsx y pdf al correo electrónico creg@creg.gov.co.
Cordialmente,
JOSÉ FERNANDO PRADA RÍOS
Director Ejecutivo
Nota: En las siguientes páginas encontrará las firmas electrónicas asociadas a este documento.