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CIRCULAR 17 DE 2020

(marzo 11)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

PARA:PARTICIPANTES DEL MERCADO MAYORISTA DE ENERGÍA ELÉCTRICA Y PÚBLICO INTERESADO
DE:DIRECCIÓN EJECUTIVA
ASUNTO:ESTADO DE EVALUACIÓN DE PROPUESTAS PRESENTADAS A LA CREG EN EL MARCO DE LA RESOLUCIÓN 114 DE 2018

La Comisión de Regulación de Energía y Gas –CREG, en ejercicio de las funciones que le fueron asignadas por ley, emitió la Resolución 114 de 2018. Allí se definieron los principios y condiciones que deben cumplir los mecanismos para la comercialización de energía eléctrica en el mercado mayorista para que sus precios sean trasladados en el componente de costos de compra de energía en la tarifa del usuario regulado.

A la fecha, la Comisión ha recibido dos (2) propuestas de mecanismos para la comercialización de energía eléctrica para ser evaluados de acuerdo con lo establecido en dicha resolución. La primera propuesta fue presentada conjuntamente por DERIVEX S.A. y la Cámara de Riesgo Central de Contraparte de Colombia S.A. en octubre de 2018, la cual fue denominada “Mercado de Derivados Estandarizados de Commodities Energéticos como Mecanismo para la Comercialización de Energía Eléctrica en Colombia, para que sus precios sean reconocidos en el componente de costos de compras de energía al usuario regulado”. La segunda propuesta fue presentada por la Bolsa Mercantil de Colombia en julio de 2019 y se denominó “Mercado de contratos de energía eléctrica”.

A continuación, la CREG informa los avances para cada una de las propuestas.

1. Mercado de Derivados Estandarizados de Commodities Energéticos como Mecanismo para la Comercialización de Energía Eléctrica en Colombia, para que sus precios sean reconocidos en el componente de costos de compras de energía al usuario regulado – Derivex – CRCC

En relación con la primera propuesta, se han agotado las actividades relacionadas en los literales (a) al (f) del numeral 1 del artículo 8 de la Resolución CREG 114 de 2018. Durante el desarrollo de las actividades del literal (f), en enero de 2019, el proponente le informó a la Comisión un cambio en la composición accionaria de la sociedad DERIVEX S.A., que daba lugar a la revisión de las condiciones de gobernanza inicialmente presentadas. En septiembre del mismo año, la Comisión recibió el nuevo documento de esquema corporativo y gobernanza de DERIVEX S.A. que incorporaba las modificaciones correspondientes.

En diciembre de 2019 los agentes especializados[1]presentaron a la CREG los informes finales, conforme a los análisis realizados durante el segundo semestre de 2019 para los temas de (i) diseño de mercados, (ii) identificación y mitigación de riesgos y (iii) gobierno corporativo y gobernanza. En el mismo mes, la Comisión remitió a los proponentes los principales comentarios, incluyendo aquellos presentados por los agentes especializados.

A la fecha, la Comisión se encuentra a la espera de los ajustes a los documentos por parte de los proponentes del mecanismo, en respuesta a los comentarios relacionados con el acceso a información por parte de las autoridades y al alcance de las auditorías periódicas del mecanismo. Para el primer caso, los proponentes informaron que se encuentran desarrollando un ajuste al reglamento de la C.R.C.C. S.A.

Con el propósito de que los participantes del mercado mayorista y demás interesados conozcan el mecanismo propuesto, se adjunta a la presente circular la versión pública del documento sometido a evaluación por parte de DERIVEX S.A. y la C.R.C.C. S.A.

Una vez recibida la información, cumplidos los criterios señalados en la Resolución CREG 114 de 2018, la Comisión procederá a decidir si pone en consulta una resolución de carácter general sobre el traslado de precios para mecanismos de estas características.

2. Mercado de contratos de energía eléctrica – Bolsa Mercantil de Colombia

Con respecto a la segunda propuesta, se llevaron a cabo las actividades relacionadas en los literales (a) y (b) del numeral 1 del artículo 8 de la Resolución CREG 114 de 2018. En esta instancia, la Bolsa Mercantil de Colombia le informó a la Comisión que el mecanismo para desarrollar los contratos requería aprobación por parte de la Superintendencia Financiera de Colombia. En consecuencia, la CREG le informó al proponente que el proceso de evaluación continuará en el momento en el que se complementen los aspectos pendientes de la propuesta.

Cordialmente,

JORGE ALBERTO VALENCIA MARÍN

<NOTAS DE PIE DE PÁGINA>.

1. Para el proceso de evaluación de la propuesta presentada por Derivex y la CRCC, la Comisión solicitó a los proponentes la contratación de tres agentes especializados, conforme a lo establecido en el literal (c) del numeral 1 del artículo 8 de la Resolución CREG 114 de 2018.

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