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CIRCULAR 13 DE 2014

(marzo 20)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

PARA:EMPRESAS COMERCIALIZADORAS DE GAS NATURAL QUE ATIENDEN USUARIOS REGULADOS
DE:DIRECCIÓN EJECUTIVA
ASUNTO:MODIFICACIÓN CIRCULAR 073 DE 2013 - PUBLICACIÓN DE LOS VALORES DE  PARA LA APLICACIÓN DEL RANGO DE COMPRAS DE GAS DE LAS FÓRMULAS TARIFARIAS GENERALES, CONFORME A LO ESTABLECIDO EN LAS RESOLUCIONES CREG 137 Y 138 DE 2013.

Mediante la Circular CREG 073 de 2013, la Dirección Ejecutiva de la CREG publicó los valores correspondientes a la variable  que se debe utilizar durante el año 2014 para la definición del rango de cantidades de compras de gas natural para cada uno de los mercados relevantes de comercialización o a las áreas de servicio exclusivo con consumos mayores o iguales a siete millones de metros cúbicos (= 7.000.000 m3), de conformidad con lo establecido en el Artículo 5, numeral 5.1.1, literal C, numeral 5 de las resoluciones CREG 137 y 138 de 2013.

La empresa Gases de Occidente mediante radicado CREG-E-2014-000914 señaló que la información reportada a la CREG referente a consumos diarios en m3 del mercado regulado de Cali iba sin corrección de poder calorífico, por lo cual solicita realizar la actualización del Dy publicado aplicable a Cali en los años 2011 y 2012 y de acuerdo con la nueva información que reportan.

De acuerdo con lo anterior la Dirección Ejecutiva procede a modificar los datos publicados en el Cuadro 1 “Cálculo de la variable  para la definición del Rango de Compras de Gas aplicable en el año 2014”, correspondientes únicamente a la empresa GASES DE OCCIDENTE S.A. E.S.P., mercado relevante Cali – Valle del Cauca:

Cuadro1. Cálculo de la variable  para la definición del Rango de Compras de Gas aplicable en el año 2014

Los demás cálculos correspondientes a las otras empresas se mantienen tal y como están consignados en la circular CREG 073 de 2013.

Cordialmente,

CARLOS FERNANDO ERASO CALERO

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