CIRCULAR 2 DE 2014
(enero 15)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG
| PARA: | INTERESADOS QUE CUENTEN CON CONTRATOS DE SUMINISTRO DE GAS QUE TENGAN COMO REFERENCIA EL PRECIO DE GUAJIRA |
| DE: | DIRECCIÓN EJECUTIVA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG |
| ASUNTO: | PRECIO PROMEDIO DE GAS DEL CAMPO GUAJIRA |
La Dirección Ejecutiva de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, CREG, dando cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 2, parágrafo 3, inciso 2 de la Resolución CREG 088 de 2013, el cual dispone que: “…En el caso de aquellos contratos, que cuenten con precio de referencia el del campo Guajira, se tendrá lo siguiente: el Gestor del mercado calculará el precio promedio del gas del Campo Guajira y mientras entra a operar, la figura antes mencionada, este precio lo calculará la CREG como entidad y lo publicará en su página web…”, se permite informar lo siguiente:
El precio promedio ponderado del Campo Guajira, expresado en US/MBTU, es de 3,97.
Cordialmente,
CARLOS FERNANDO ERASO CALERO
Director Ejecutivo (E)