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CIRCULAR 2 DE 2014

(enero 15)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

PARA:INTERESADOS QUE CUENTEN CON CONTRATOS DE SUMINISTRO DE GAS QUE TENGAN COMO REFERENCIA EL PRECIO DE GUAJIRA
DE:DIRECCIÓN EJECUTIVA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG
ASUNTO:PRECIO PROMEDIO DE GAS DEL CAMPO GUAJIRA

La Dirección Ejecutiva de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, CREG, dando cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 2, parágrafo 3, inciso 2 de la Resolución CREG 088 de 2013, el cual dispone que: “…En el caso de aquellos contratos, que cuenten con precio de referencia el del campo Guajira, se tendrá lo siguiente: el Gestor del mercado calculará el precio promedio del gas del Campo Guajira y mientras entra a operar, la figura antes mencionada, este precio lo calculará la CREG como entidad y lo publicará en su página web…”, se permite informar lo siguiente:

El precio promedio ponderado del Campo Guajira, expresado en US/MBTU, es de 3,97.

Cordialmente,

CARLOS FERNANDO ERASO CALERO

Director Ejecutivo (E)

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