ACUERDO 645 DE 2013
(septiembre 2)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
<Esta norma no incluye análisis de vigencia>
CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN - CNO
Por el cual se integra la lista de firmas interventoras de los proyectos de expansión que se ejecuten en los Sistemas de Transmisión Regional STRs
EL CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN
en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995, su Reglamento Interno y según lo acordado en la reunión no presencial No. 396 del 2 de septiembre de 2013 y,
CONSIDERANDO
1. Que mediante la Resolución CREG 024 de 2013 se establecieron los procedimientos que se deben seguir para la expansión de los Sistemas de Transmisión Regional.
2. Que en el artículo 26 de la Resolución CREG 024 de 2013 se prevé lo siguiente:
" Todos los proyectos de expansión que se ejecuten en un STR deberán contar con una firma interventora en los términos y condiciones aquí establecidos, la cual deberá ser seleccionada a partir de una lista de firmas interventoras elaborada por el CNO.
El CNO elaborará y publicará la lista de firmas interventoras de acuerdo con los parámetros y consideraciones que señale la UPME para tal fin. La lista será revisada por lo menos una vez al año y tendrá en cuenta los comentarlos que la UPME y la SSPD emitan sobre el desempeño, calidad y experiencia de los interventores.
El interventor seleccionado no podrá tener vinculación económica con el agente que ejecutará el proyecto de expansión en el STR.
La firma interventora deberá ser contratada por el agente que realiza la expansión y el contrato deberá tener una vigencia, por lo menos, hasta dos meses después de la FPO.
El alcance de la ¡interventoría exigida corresponde a las obligaciones asignadas en el artículo 27, su Incumplimiento dará lugar a la terminación del contrato y a que la firma Interventora sea excluida de la lista que elabora el CNO. (...)
Para los casos de proyectos ejecutados mediante Procesos de Selección se tendrá en cuenta lo siguiente:
a) mediante un proceso general que elabore la UPME, de la lista de firmas interventoras publicada por el CNO el Seleccionador escogerá para cada proyecto la firma interventora y determinará su costo;
b) la UPME dará a conocer el costo de la interventoría y su forma de pago con el objeto de que el Proponente Incluya dicho costo dentro de su oferta;
c) la minuta del contrato deberá acogerse a lo que para tales fines establezca la UPME y deberá contener las obligaciones del interventor establecidas en el artículo 27 y en los documentos de selección;
d) el Proponente deberá suscribir un contrato de fiducia, con una entidad debidamente autorizada por la Superintendencia Financiera, donde se definirá, entre otros, la forma de realizar los pagos al interventor.
Parágrafo. SI un proyecto se va a construir por parte de un OR dentro de su mercado de comercialización y no corresponde a un Proyecto Relacionado con el STN, este OR podrá seleccionar el Interventor y lo Informará a la UPME. En este caso no se exigirá que el Interventor haga parte de la lista publicada por el CNO ni cumplir con la obligación de no tener vinculación económica.
Parágrafo Transitorio. La primera lista de firmas habilitadas para desarrollar la interventoría de los proyectos del STR deberá ser publicada por el CNO dentro de los tres meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente resolución."
3. Que la Resolución CREG 024 de 2013 fue publicada en el Diario Oficial el 1 de junio de 2013 y según lo dispuesto en el parágrafo transitorio de la Resolución CREG 024 de 2013, el plazo para que el CNO publique la primera lista de firmas habilitadas para desarrollar la interventoría de los proyectos del STR vence el 1 de septiembre de 2013, pero por ser un día domingo vence el día siguiente hábil, es decir el 2 de septiembre de 2013.
4. Que el Consejo Nacional de Operación recibió de la UPME el 19 de julio de 2013 la comunicación con número de radicado 20131500047731 con los parámetros y condiciones de la convocatoria de interventores de proyectos en el STR.
5. Que los días 20 y 21 de julio de 2013 el CNO publicó en el periódico El Tiempo un aviso invitando a las personas jurídicas, nacionales o extranjeras que estuvieran interesadas en participar en la convocatoria para integrar la lista de interventores de proyectos de expansión que se ejecuten en el STR, a consultar los términos y condiciones de la misma en la página WEB: www.cno.org.co/Auditores/Convocatorias y se informó que la fecha de cierre de la convocatoria era el 16 de agosto de 2013.
6. Que el 5 de agosto de 2013 se recibió una comunicación de la firma ACI Proyectos S.A. con una solicitud de aclaraciones a los términos y condiciones de la convocatoria.
7. Que el 13 de agosto de 2013 se dio respuesta a la solicitud de aclaraciones de la firma ACI Proyectos S.A., la cual fue publicada en la página WEB del CNO y se publicó la Modificación 1 al documento de "CONVOCATORIA PARA INTEGRAR LA LISTA DE INTERVENTORES DE LOS PROYECTOS DE EXPANSIÓN QUE SE
EJECUTEN EN UN STR", en la que entre otros aspectos se modificó el cronograma y se fijó como fecha de cierre de la convocatoria el 21 de agosto de 2013.
8. Que el 21 de agosto de 2013 se recibieron en el CNO las solicitudes de participación de las siguientes firmas:
| FIRMAS PARTICIPANTES | |
| 1 | Consultoría Colombiana S.A. |
| 2 | ACI Proyectos S.A. |
| 3 | Consultores Regionales Asociados CRA S.A.S |
| 4 | Ingetec S.A. |
| 5 | Unión Temporal Spark Energy Ltda.- Depi Ltda. |
| 6 | Consultores Unidos S.A. |
| 7 | Salgado Melendez y Asociados Ingenieros Consultores S.A. |
9. Que de acuerdo al cronograma de la convocatoria, se publicaron el 27 de agosto de 2013 los resultados de la evaluación de las solicitudes de las firmas participantes en la página WEB del CNO y hasta el 29 de agosto de 2013 se recibían observaciones a la misma.
10. Que la firma Consultoría Colombiana S.A. mediante correos electrónicos del 29 de agosto de 2013 envió sus observaciones a los resultados de la evaluación de la convocatoria, a los cuales el CNO dio respuesta el 30 de agosto de 2013, que fue publicada en la página WEB del CNO.
11. Que como resultado de la evaluación definitiva de las solicitudes de participación de las firmas que se presentaron, se obtuvo el siguiente resultado que se adjunta al presente Acuerdo como anexo.
12. Que de acuerdo a los términos y condiciones del documento "CONVOCATORIA PARA INTEGRAR LA LISTA DE INTERVENTORES DE LOS PROYECTOS DE EXPANSIÓN QUE SE EJECUTEN EN UN STR" se recomienda al Consejo la expedición del presente Acuerdo.
ACUERDA:
PRIMERO: Integrar la lista de firmas interventoras de los proyectos de expansión que se ejecuten en los Sistemas de Transmisión Regional STRs así:
1. ACI Proyectos S.A.
2. Consultores Regionales Asociados CRA S.A.S
3. Ingetec S.A.
4. Unión Temporal Spark Energy Ltda.- Depi Ltda.
5. Consultores Unidos S.A.
6. Salgado Meléndez y Asociados Ingenieros Consultores S.A.
SEGUNDO: El Consejo Nacional de Operación revisará la lista de firmas interventoras de los proyectos de expansión que se ejecuten en los Sistemas de Transmisión Regional STRs por lo menos una vez en el año y tendrá en cuenta los comentarios que la UPME y la SSPD emitan sobre el desempeño, calidad y experiencia de los interventores y podrá mediante Acuerdos posteriores modificar la presente lista.
TERCERO: El Consejo Nacional de Operación excluirá de la lista de firmas interventoras de los proyectos de expansión que se ejecuten en los Sistemas de Transmisión Regional STRs, la firma a la que se le dé por terminado el contrato de ¡interventoría, por incumplimiento de las obligaciones asignadas en el artículo 27 de la Resolución CREG 024 de 2013.
CUARTO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
El Presidente,
JULIAN CADAVID VELASQUEZ
El Secretario Técnico,
ALBERTO OLARTE AGUIRRE
| PARTICIPANTE | VERIFICACIÓN DE DOCUMENTOS DE CONTENIDO | VERIFICACIÓN DE DOCUMENTOS DE CONTENIDO | Experiencia específica participante encia ca del pante | Experiencia profesional general de los | Experiencia profesional específica de los | Evaluación de la metodología | Documentos e Indicadores financieros | OBSERVACIONES | ||||||||
| CUMPLE | NO CUMPLE | CUMPLE | NO CUMPLE | CUMPLE | NO CUMPLE | CUMPLE | NO CUMPLE | CUMPLE | NO CUMPLE | CUMPLE | NO CUMPLE | CUMPLE | NO CUMPLE | |||
1 | Consultoría Colombiana S.A. | X | X | X | X | X | X | X | *NO CUMPLE CON LA EVALUACIÓN DE LA METODOLOGÍA: OBTUVO NO ACEPTABLE EN LOS 2 REQUERIMIENTOS. ** NO DILIGENCIÓ EL ANEXO IDE ACUERDO A LO PREVISTO EN EL N UMERAL 1.10 DE LA CONVOCATORIA | |||||||
| 2 | ACI Proyectos S.A. | X | X | X | X | X | X | X | ||||||||
| 3 | Consultores Regionales Asociados CRA S.A.S | X | X | X | X | X | X | X | ||||||||
4 | IngetecS.A. | X | X | X | X | X | X | X | ||||||||
5 | Unión Temporal Spark Energy Ltda.- Depi Ltda. | X | X | X | X | X | X | X | ||||||||
| 6 | Consultores Unidos S.A. | X | X | X | X | X | X | X | ||||||||
| 7 | Salgado Melendez y Asociados Ingenieros Consultores S.A. | X | X | X | X | X | X | X | ||||||||
- Ver numeral 3.3 de la Convocatoria: CRITERIOS DE EVALUACIÓN
El CNO evaluará las solicitudes de participación de acuerdo a los términos y condiciones de la presente convocatoria y podrá solicitar aclaraciones a los soportes documentales que considere necesarios. Para ser incluidos en la lista como interventores de los proyectos de expansión que se ejecuten en el STR, los participantes deberán cumplir con todos los requisitos de la presente convocatoria, así:
- Ver numeral 1.10 de la Convocatoria: INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES
SI el participante o cualquiera de los Integrantes del equipo Interventor no diligencian debidamente y firman el ANEXO 1 se rechazará la solicitud de participación.