Publicación Diario Oficial No.: ., el día:
Publicada en la WEB CREG el: 30/March/2016

Bogotá, D. C., marzo 30 de 2016


CIRCULAR No. 023



PARA: EMPRESAS DE COMERCIALIZACIÓN DE ENERGIA ELÉCTRICA Y DEMÁS INTERESADOS


DE: DIRECCIÓN EJECUTIVA


ASUNTO: CÁLCULO DE CARGOS DE COMERCIALIZACIÓN DE ENERGÍA PARA USUARIOS REGULADOS


De acuerdo con lo establecido en el artículo 24 de la Resolución CREG 180 de 2014, el primer día hábil del mes de abril de cada año los comercializadores de energía eléctrica que atienden usuarios regulados deben enviar a la Comisión y a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, SSPD, un informe donde se muestre el cálculo que aplicó para la determinación del cargo de comercialización.

La Comisión solicitó al Comité Asesor de Comercialización, CAC, la elaboración del modelo de informe que deberán enviar los comercializadores.

Anexo a esta comunicación se publica el modelo de informe final que deberán emplear los comercializadores para dar aplicación al artículo 24 de la citada resolución, el cual debe ser enviado a la Comisión en versión electrónica al correo electrónico creg@creg.gov.co.

Cordialmente,



JORGE PINTO NOLLA
Director Ejecutivo



Doble click sobre el archivo anexo para bajarlo(Resoluciones CREG)
circular 023-word.docxcircular 023-word.docxI-2016-001649.pdfI-2016-001649.pdf
Doble click sobre el archivo anexo para bajarlo(Documento CREG)
ANEXO CIRCULAR 023.xlsxANEXO CIRCULAR 023.xlsx