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Resolución 55 de 2008 CREG

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RESOLUCIÓN 55 DE 2008

(mayo 20)

Diario Oficial No. 46.996 de 21 de mayo de 2008

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

Por la cual se modifica el numeral 2.2 del Anexo 2 de la Resolución CREG-031 de 2007.

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS,

en ejercicio de las atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y los Decretos 1524 y 2253 de 1994.

CONSIDERANDO:

Que según la Ley 143 de 1994, artículo 4o, el Estado, en relación con el servicio de electricidad, tendrá como objetivos en el cumplimiento de sus funciones, los de abastecer la demanda de electricidad de la comunidad bajo criterios económicos y de viabilidad financiera, asegurando su cubrimiento en un marco de uso racional y eficiente de los diferentes recursos energéticos del país; asegurar una operación eficiente, segura y confiable en las actividades del sector; y mantener los niveles de calidad y seguridad establecidos;

Que la Ley 143 de 1994, artículo 20, definió como objetivo fundamental de la regulación en el sector eléctrico, asegurar una adecuada prestación del servicio mediante el aprovechamiento eficiente de los diferentes recursos energéticos, en beneficio del usuario en términos de calidad, oportunidad y costo del servicio;

Que para el cumplimiento del objetivo señalado, la Ley 143 de 1994, artículo 23, le atribuyó a la Comisión de Regulación de Energía y Gas, entre otras, las siguientes funciones:

– Crear las condiciones para asegurar la disponibilidad de una oferta energética eficiente capaz de abastecer la demanda bajo criterios sociales, económicos, ambientales y de viabilidad financiera, promover y preservar la competencia, para lo cual, la oferta eficiente, en el sector eléctrico, debe tener en cuenta la capacidad de generación de respaldo.

– Valorar la capacidad de generación de respaldo de la oferta eficiente.

– Definir y hacer operativos los criterios técnicos de calidad, confiabilidad y seguridad del servicio de energía, y

– Establecer el Reglamento de Operación para realizar el planeamiento y la coordinación de la operación del Sistema Interconectado Nacional;

Que según la Ley 142 de 1994, artículo 74, son funciones y facultades especiales de la CREG, entre otras, las de regular el ejercicio de las actividades de los sectores de energía y gas combustible para asegurar la disponibilidad de una oferta energética eficiente; propiciar la competencia en el sector de minas y energía y proponer la adopción de las medidas necesarias para impedir abusos de posición dominante y buscar la liberación gradual de los mercados hacia la libre competencia; y establecer criterios para la fijación de compromisos de ventas garantizadas de energía y potencia entre las empresas eléctricas y entre estas y los grandes usuarios;

Que la Ley 142 de 1994, artículo 74, también le asignó a la Comisión de Regulación de Energía y Gas, la función de expedir el Reglamento de Operación para regular el funcionamiento del Mercado Mayorista de energía;

Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas, en desarrollo de los objetivos y funciones señalados, mediante la Resolución CREG-071 de 2006, adoptó la metodología para la remuneración del Cargo por Confiabilidad en el Mercado Mayorista;

Que en el Anexo 2 de la Resolución CREG-031 de 2007, modificado por la Resolución CREG-103 de 2007, la CREG 020 de 2008 y la CREG 042 de 2008, se estableció el Cronograma para el reporte de información por parte de quienes deseen ser habilitados para participar en la Subasta para la Asignación de Obligaciones de Energía Firme con planta o unidades de generación con períodos de construcción superiores al período de planeación de la subasta;

Que mediante la Resolución CREG-101 de 2007 se adicionó a la Resolución CREG-071 de 2006, el procedimiento para la asignación de OEF a generadores que representen Plantas o Unidades de Generación con Períodos de Construcción Superiores al Período de Planeación de la Subasta;

Que mediante la Resolución CREG-102 de 2007 se adicionó a la Resolución CREG-071 de 2006, el Reglamento de la Subasta para la Asignación de Obligaciones de Energía Firme;

Que mediante la Resolución CREG 040 de 2008 se adicionó a la Resolución CREG 071 de 2006, el Reglamento de subasta de sobre cerrado para plantas GPPS.

Que la Comisión ha recibido solicitudes de agentes interesados en participar en la Subasta para plantas GPPS para que se amplíe el plazo para la entrega de las garantías de que tratan los Capítulos IV a VIII del Reglamento de Garantías para el Cargo por Confiabilidad;

Que la Comisión ha considerado conveniente, por razones de la eficiencia de la Subasta de Sobre Cerrado, cambiar la fecha de publicación del documento de parámetros previsto en el cronograma de actividades para participar en la subasta para la asignación de OEF con plantas GPPS, previsto en el numeral 2.2 del Anexo 2 de la Resolución CREG-031 de 2007;

Que la UPME informó el listado de las solicitudes de aprobación de los estudios de conexión en donde se encuentra que no se tiene prevista la conexión a la misma subestación de dos o más de las plantas o unidades con diferente propietario y por lo tanto, se deduce que no hay proyectos excluyentes;

Que de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del artículo 1o de la Resolución CREG-097 de 2004, las demás normas contenidas en la presente resolución no están sometidas a las disposiciones sobre publicidad de proyectos de regulaciones previstas en el artículo 9o del Decreto 2696 de 2004, por razones de oportunidad, teniendo en cuenta los cronogramas definidos mediante la resolución CREG-031 de 2007;

Que la Comisión, en su Sesión número 374 del día 20 de mayo de 2008 acordó expedir esta resolución,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. DECLARACIÓN DE PROYECTOS EXCLUYENTES. La declaración de proyectos excluyentes de que trata la letra numeral ii), literal a), numeral 3.15.1 del Anexo 10 de la Resolución CREG-071 de 2007 <sic, es 71 de 2006>, no deberá ser entregada con la declaración de ENFICC en la Subasta para la Asignación de Obligaciones de Energía Firme con Plantas o Unidades de Generación con Períodos de Construcción Superiores al Período de Planeación, GPPS, de que trata la Resolución CREG-031 de 2007.

ARTÍCULO 2o. Modificación al numeral 2.2 del Anexo 2 de la Resolución CREG 031 de 2007. El numeral 2.2 del Anexo 2 de la Resolución CREG-031 de 2007, modificado por la Resolución CREG-042 de 2008, quedará como se establece en el anexo de esta resolución.

PARÁGRAFO. Los plazos establecidos en el numeral 2.2. del Anexo de la presente resolución vencerán a las 17:00 horas del respectivo día. Los agentes con plantas GPPS que no cumplan los plazos establecidos en este Anexo no serán considerados en la asignación de Obligaciones de Energía Firme.

ARTÍCULO 3o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., 20 de mayo de 2008.

El Presidente

MANUEL MAIGUASHCA OLANO,

Viceministro de Minas y Energía Delegado del Ministro de Minas y Energía.

El Director Ejecutivo,

HERNÁN MOLINA VALENCIA.

“2.2 Cronograma para el reporte de información por parte de quienes deseen ser habilitados para participar en la subasta para la asignación de OEF con plantas o unidades de generación con períodos de construcción superiores al período de planeación de la subasta (GPPS)

TipoDescripciónResponsableFecha
Declaración de InterésComunicación suscrita por el representante legal mediante la cual se informa a la CREG el interés de participar en la Subasta para la asignación de OEF con plantas o unidades de generación nuevas y aquellas a las que no se les ha calculado ENFICC.AgenteEnero 11 2008
Publicación de información para agentes con plantas GPPSPublicación de Precio Máximo para GPPS y de Incremento de demanda para años t+p+2 a t+10ASICDentro de los 2 días hábiles a partir de día de cierre de la subasta para asignación de OEF
Declaración de parámetros1. La totalidad de parámetros establecidos en el numeral 5.2 del Anexo 5 de la Resolución CREG-071 de 2006. Esta información deberá ser remitida haciendo uso de los formatos establecidos para tal fin.Agente con GPPSMayo 19 2008
2. Certificación expedida por de la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME) con fecha de expedición no mayor a noventa (90) días calendario, en la que conste que el proyecto está inscrito en el registro de proyectos de generación de energía eléctrica, mínimo en fase 2. 
3. Certificación expedida por la UPME con fecha de expedición no mayor a noventa (90) días calendario, en la que conste la presentación ante esa entidad del estudio de conexión a la red de transmisión. 
4. En el caso de plantas hidráulicas, deberán remitir los registros históricos de caudales promedio mensual de los ríos que aportan a la planta, con una extensión mínima de veinte (20) años. 
5. Cronograma de construcción o repotenciación de la planta o unidad de generación. 
6. Curva S. 
Solicitud aclaración de parámetrosSolicitud de aclaración a la declaración de parámetros.CREGDe Mayo 20 2008 a Mayo 27 2008
Declaración de ENFICC y Garantías para participar en la asignación o subasta para GPPS1. Declaración de ENFICC por parte de los agentes a la CREG. Agente con GPPSJun 03 2008
2. Declaración de período de vigencia de la Obligación y cantidad de energía firme para Balance de GPPS para cada Año GPPS a los cuales aspira a ser asignado con OEF 
3. Entrega de documentación para acreditar representación en posible subasta. 
4. Envío de la garantía para participar según la regulación vigente  
VerificaciónVerificación y solicitud de aclaraciones a la declaración de ENFICC CND-CREGDe Junio 04 2008
a Junio 13 2008
1. Verificación de la clasificación declarada para la unidad o planta y documentos de representación.ASIC
2. Solicitud de aclaraciones a garantía remitida para participar en la subasta. 
Informe agentes habilitadosDocumento expedido por el Administrador de la subasta a los agentes. ASICJun 17 2008
Balance y convocatoria a subasta de sobre cerradoPublicación del balance oferta agregada demanda para los años t+p+2 a t+10.ASICJun 17 2008
Convocatoria a subasta de sobre cerrado para los años del período t+p+2 a t+10. 
Entrega de sobres cerrados y aperturaEntrega y apertura de sobres cerradosAgentes
ASIC
Jun 20 2008
Sin perjuicio de lo establecido en el Parágrafo del Artículo 2 de la Res. 055 de 2008 este plazo vencerá a las 10:00 am de la fecha indicada.
Asignación y PublicaciónAsignación de OEF a agentes con GPPSASICJun 20 2008
Publicación documento de parámetrosPublicación del documento de parámetros con plantas que fueron asignadas.CREGJun 26 2008
Entrega de contratos o garantías Entrega de contratos de combustible o garantías. Para plantas térmicas a carbón las garantías, durante el período de planeación, pueden ser el certificado del Plan de Trabajo y Obras y la carta de intención presentada según el artículo 46 de la Resolución CREG 071 de 2006. AgenteDentro de los 20 días hábiles siguientes a la fecha de publicación de asignaciones.
Para la entrega de las garantías el plazo podrá ser de hasta 40 días hábiles siguientes a la fecha de publicación de resultados de la subasta, siempre y cuando el agente prorrogue, dentro de los diez días hábiles siguientes a esa fecha, la vigencia de la garantía que entregó para la participación en la Subasta, por dos meses más. Si no se presenta oportunamente esta prórroga, el plazo para la entrega de las garantías será el señalado de 20 días”.
Solicitud de aclaraciones a las garantías que respaldan OEF a GPPSSolicitud de aclaraciones a garantía remitidaASICDentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de entrega de contratos o garantías
Expedición de certificado de asignación de Obligaciones de Energía FirmeCertificado expedido por el ASIC de conformidad con la regulación vigenteASICDentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de la solicitud de aclaración de garantías que respaldan OEF

El Presidente

MANUEL MAIGUASHCA OLANO,

Viceministro de Minas y Energía Delegado del Ministro de Minas y Energía.

El Director Ejecutivo,

HERNÁN MOLINA VALENCIA.

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