5B498BC3943F7BEC0525785A007A6373 Resolución - 2001 - CREG014-2001
Texto del documento
2001
2002
Lote de encerramiento de trampa de raspadores
2,243
Automatización nominaciones y página Web
17,944
Sistema de Telemetría
75.489
Software - SCADA Pantheon
26.203
Infraestructura de Control SCADA
18,479
Total
20,187
120,171
Fuente: Propuesta PROGASUR y análisis CREG.


Parágrafo 1: Los Cargos Regulados que se aprueban mediante la presente Resolución, están sujetos a la ejecución del Programa de Nuevas Inversiones aquí reconocido. El incumplimiento en cualquiera de las inversiones previstas en este Programa dará lugar a los respectivos ajustes en los Cargos aprobados. La Comisión de Regulación de Energía y Gas regulará, en Resolución posterior, los ajustes a que hubiere lugar por las desviaciones que pudieran presentarse en la ejecución del Programa de Nuevas Inversiones. Para tal efecto, el Transportador deberá enviar dentro del mes siguiente a la finalización de cada año del período tarifario, los proyectos y el monto de la inversión ejecutada en el año inmediatamente anterior.

Parágrafo 2: La ejecución de inversiones no incluidas en el Programa de Nuevas Inversiones presentado por el transportador para determinar los Cargos establecidos en esta Resolución, requerirá aprobación por parte de la CREG, sin que ello de lugar a revisión de estos Cargos durante el respectivo período tarifario.

Parágrafo 3: En caso de requerirse, la empresa transportadora PROGASUR E.S.P. tendrá un plazo máximo de seis (6) meses contados a partir de la entrada en vigencia de esta Resolución, para presentar las inversiones adicionales que sean necesarias para garantizar la operación de sus gasoductos en las condiciones de seguridad exigidas por las normas técnicas aplicables.

ARTÍCULO 4o. DEMANDAS ESPERADAS DE VOLUMEN Y CAPACIDAD. La Demanda Esperada de Volumen y la Demanda Esperada de Capacidad, presentadas en el Anexo 2 de esta Resolución, sirvieron de base para el cálculo de los Cargos que aquí se aprueban, de conformidad con los criterios generales establecidos por la CREG.
Concordancia: Anexo 2

ARTÍCULO 5o. TASAS DE COSTO DE CAPITAL INVERTIDO. Conforme a la metodología aprobada por la Resolución CREG-007 de 2001, se establece para PROGASUR E.S.P una Tasa promedio de costo de capital remunerado por servicios de capacidad de 12.56% y una Tasa promedio de costo de capital remunerado por servicios de volumen de 16.55%.
Concordancias :
Resolución CREG 007-01 artículo 1
Resolución CREG 008-01 artículo 1


ARTÍCULO 6o. CARGOS FIJOS Y VARIABLES REGULADOS DE REFERENCIA PARA LA REMUNERACIÓN DE LOS COSTOS DE INVERSIÓN. Para remunerar los costos de inversión del gasoducto definido en el Artículo 1o. de esta Resolución, de conformidad con lo establecido en la Resolución CREG-001 de 2000, y las demás normas que la han modificado y complementado, se aprueban las siguientes Parejas de Cargos Regulados:
Parejas de Cargos Fijos y Variables Regulados que remuneran Inversión



NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C. 20 FEB. 2001


Creg014-2001.pdfCreg014-2001.doc


Ultima actualización: 03/21/2011 05:22:29 PM