31077FD78FCB7A150525785A007A645F Resolución - 1995 - CRG95056
Texto del documento
Resolución 056 de 1995
(20 de Noviembre)

Por la cual se fijan las tarifas de energía eléctrica del sector comercial para la Empresa de Energia de BogotA.
La Comisión de Regulación de Energía y Gas
C o n s i d e r a n d o:

R e s u e l v e:
A partir del 1º de diciembre de 1995, la tarifas de los usuarios del sector comercial para la Empresa de Energía de Bogotá serán las siguientes:



Los contadores de demanda tendrán registros de demanda máxima para períodos de quince minutos (15´).

Para el cobro de demanda máxima, el usuario podrá acogerse a una de las siguientes opciones:

Primera: Con contador sencillo. Se cobrará la demanda máxima registrada entre las cero (0:00) horas y las veinticuatro (24:00) horas de uno cualquiera de los días de cada mes.

Segunda: Con contador doble. Se cobrará la demanda máxima registrada entre las (9:00) horas y las doce (12:00) horas y entre las diez y ocho (18:00) horas y las veintiuna (21:00) horas de uno cualquiera de los días de cada mes.


Concordancia : Resolución-CRG57-96-Res:057/96
Concordancia : Resolución-CRG95063-Art:1
Concordancia : Resolución-CRG95080-Art:9,par1
Concordancia : Resolución-CRG95080-Art:10,par1
Concordancia : Resolución-CRG94057-Res:057/94
Concordancia : Resolución-CRG94063-Art:2
Concordancia : Resolución-CRG95080-Art:9,par1

Concordancia : Resolución-CRG95080-Art:10,par1
Conc.: Res JNT 070/93, art. 4;
Concordancia : Resolución-CRE93010-Art:4
Concordancia : Resolución-CRE94006
Concordancia : Resolución-CRG94057-Res:57/94
Concordancia : Resolución-CRG94063-Art:3

Concordancia : Resolución-CRG95080-Art:9,par1
Concordancia : Resolución-CRG95080-Art:10,par1
Concordancia : Resolución-CRG94063-Art:4
Concordancia : Resolución-CRG94063-Art:5
Concordancia : Resolución-CRG94063-Art:6
Rodrigo Villamizar Alvargonzález
Ministro de Minas y Energía
Presidente
Antonio Barberena S.
Director Ejecutivo (E)


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Crg56-95.docCr056-95.pdf - Cr056-95.pdf


Ultima actualización: 10/20/2014 03:31:08 PM