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Resolución
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1995
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CRG95005
Texto del documento
DIARIO OFICIAL 41.773 DEL 24 DE MARZO DE 1995
Resolución 005 de 1995
(14 de marzo)
Por la cual se establece la tasa de actualización de las tarifas del servicio de gas natural de Gases del Caribe S.A., Surtigas S.A. y Gases de la Guajira S.A., para el año de 1995.
Sobre el mismo tema ver:
Resolución-CRG94001
Resolución-CRG95006
Resolución-CRG95031
Resolución-CRG95040
Resolución-CRG06-96
Resolución-CRG57-96
Resolución-CR119-96
Resolución-CR120-96
Resolución-CR122-96
Resolución-CR129-96
La Comisión de Regulación de Energía y Gas
En ejercicio se sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 142 de 1994, en desarrollo de los decretos 1524 y 2253 de 1994.
Considerando:
Que de acuerdo con la Ley 142 de 1994 corresponde a la Comisión de Regulación de Energía y Gas regular las tarifas de gas natural;
Que la Comisión de Regulación en su sesión del 7 de marzo de 1995 aprobó la tasa de actualización de las tarifas del servicio de gas natural de Gases del Caribe S.A., Surtigas S.A. y Gases de la Guajira S.A., para el año de 1995.
Resuelve :
Artículo 1º.
Autorizar a Gases del Caribe S.A., Surtigas S.A. y Gases de la Guajira S.A. reajustar en un catorce por ciento (14%) las tarifas de gas natural para el año de 1995, incluyendo el cargo fijo, los derechos de conexión para uso residencial y no residencial y las tarifas de reconexión y reinstalación.
Concordancia : Resolución-CRE94001-Art:1
Concordancia : Resolución-CRG95031-Art:1
Concordancia : Resolución-CRG95040-Res:040/95
Concordancia : Resolución-CRG06-96-Res:006/96
Concordancia : Resolución-CRG57-96-Res:057/96
Concordancia : Resolución-CR119-96-Res:119/96
Concordancia : Resolución-CR120-96-Res:120/96
Concordancia : Resolución-CR122-96-Res:122/96
Concordancia : Resolución-CR129-96-Res:129/96
Artículo 2º.
El incumplimiento de los mandatos contenidos en el artículo anterior, dará lugar a la imposición de las sanciones contempladas en las normas vigentes, por parte de las autoridades respectivas.
Artículo 3º.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial o en la Gaceta del Ministerio de Minas y Energía.
Comuníquese, Publíquese y Cúmplase
Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., el día 14 de marzo de 1995
Jorge Eduardo Cock Londoño
Presidente
Evamaría Uribe Tobón
Director Ejecutivo
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- Cr005-95.pdf
Ultima actualización: 18/04/2006 02:12:06 p.m.