2C2B8BFD77A9BC6B0525785A007A60C5 Resolución - 1994 - CRE94009
Texto del documento
Resolución 009 de 1994
(27 Mayo)


Por la cual se modifica el artículo 2 de la Resolución No. 013 del 30 de diciembre de 1993, expedida por la Comisión de Regulación Energética.
COMISION DE REGULACION ENERGETICA

C O N S I D E R A N D O:


Que mediante la Resolución CRE-013 de 1993, la Comisión de Regulación Energética determinó la tasa de actualización para las tarifas no-residenciales del servicio de energía eléctrica.

Que el mandato contenido en el artículo 2 de la Resolución CRE-013 de 1993, debe adecurse a la meta tarifaria establecida para el sector no-residencial por la resolución No. 070 de 1993 expedida por la Junta Nacional de Tarifas de Servicios Públicos.

R E S U E L V E:






ARTICULO 1o.
Modificase el artículo 2 de la Resolución No. 013 de 1993, expedida por la Comisión de Regulación Energética, el cual quedará así:

Salvo las tarifas de los convenios que se suscriban con los grandes consumidores industriales y comerciales definidos de acuerdo con la Resolución 010 de 1993 expedida por la Comisión de Regulación Energética, las tarifas de los usuarios no-residenciales con una demanda máxima mensual superior a 0.5 MW se ajustarán, por separado, hasta alcanzar las metas establecidas por la Resolución JNT-070 de 1993. Las metas se alcanzarán a más tardar el 1o. de diciembre de 1994, incluyendo las reducciones que sean necesarias para llevar estas tarifas a las metas definidas en la resolución mencionada.

La empresa informará oportunamente a la Comisión de Regulación Energética el plan acordado.”
Modificado : Resolución-CRG94008-Art:1
Concordancia : Resolución-CRE93010-Art:3
Concordancia : Resolución-CRE93010-Art:5

Concordancia : Resolución-CRE93010-Art:7
Concordancia : Resolución-CRE93015-Art:4
Concordancia : Resolución-CRE94006-Art:1
Concordancia : Resolución-CRG94057-Art:1
Concordancia : Resolución-CRG95080-Art:9-10

ARTICULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial o en la Gaceta de Ministerio de Minas y Energía y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE

Dada en Santafé de Bogotá, D.C., el día 27 de mayo de 1994









GUIDO ALBERTO NULE AMIN
Presidente
MANUEL IGNACIO DUSSAN
Coordinador General


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Ultima actualización: 10/20/2014 03:30:54 PM