RESOLUCIÓN 290 DE 2015
(junio 11)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
UNIDAD PLANEACION MINERO-ENERGETICA - UPME
Por medio de la cual se identifica el proyecto Montería 220/110 kV, como Proyecto Urgente, en los términos de las Resoluciones MME 90604 de 2014 y CREG 093 de 2014.
EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD PLANEACION MINERO-ENERGETICA
en ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias y,
CONSIDERANDO:
Que la Ley 143 de 1994, artículo 4, establece que el Estado, en relación con el servicio de electricidad, tendrá como objetivos en el cumplimiento de sus funciones, los de abastecer la demanda de electricidad de la comunidad bajo criterios económicos y de viabilidad financiera, asegurando su cubrimiento en un marco de uso racional y eficiente de los diferentes recursos energéticos del país; y mantener una operación eficiente, segura y confiable en las actividades del sector cumpliendo con los niveles establecidos.
Que para el cumplimiento del objetivo señalado, la Ley 143 de 1994, artículo 16, atribuye a la UPME, entre otras, la función de elaborar y actualizar el Plan de expansión del sector eléctrico en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo.
Que la Resolución 90604 de 5 de junio de 2014 expedida por el Ministerio de Minas y Energía - MME “Por la cual se adoptan medidas excepcionales para el STN y STR tendientes a garantizar la continuidad del servicio en situaciones especiales", define como Situación Especial, “Aquella circunstancia en la que se presenta una alta probabilidad de desatención de la demanda por atraso o falta de infraestructura de redes en el Sistema de Transmisión Nacional, (STN), o en los Sistemas de Transmisión Regional, (STR), o por limitación en las redes existentes, las cuales pueden ser mitigadas con la instalación de redes en dichos sistemas”. Igualmente define como Proyectos urgentes, “Obras a realizar en el STN y STR tendientes a subsanar una Situación Especial definidas por la Upme oficiosamente o a petición del Ministerio de Minas y Energía”.
Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas - CREG expidió la Resolución CREG 093 de 2014 “Por la cual se establecen los procedimientos para la ejecución de proyectos urgentes en el Sistema de Transmisión Nacional o en los Sistemas de Transmisión Regional1'.
Que mediante el Plan de Expansión de Referencia Generación Transmisión 2012-2025 se recomendó la ejecución del proyecto Chinó - Montería - Urabá a 230 kV con el objeto, entre otros, de atender la demanda actual y futura del área Córdoba-Sucre de la Costa Caribe colombiana y garantizar condiciones de seguridad y calidad, de conformidad con la lo establecido en la normatividad, toda vez que el área depende de una única alimentación.
Que el proyecto a nivel de 230 kV, línea Chinó - Montería - Urabá, incluida la subestación Montería 230 kV, fue adjudicado el 12 de agosto de 2014 y actualmente se encuentra en ejecución a cargo de INTERCOLOMBIA S.A. E.S.P.
Que de forma complementaria, se requieren las obras de conexión al Sistema de Transmisión Nacional - STN, correspondientes a la transformación 230/110 kV en la subestación Montería, las cuales, en un comienzo, estaban a cargo del Operador de Red, Electricaribe S.A. E.S.P., sin embargo, mediante comunicación 20151260013232 del 31 de marzo de 2015, este Operador de Red renunció a ejecutar las obras del Sistema de Transmisión Regional y por lo tanto se debe recurrir a convocatoria pública para su ejecución.
Que las obras del STR en Montería fueron aprobadas mediante concepto UPME 20141500004891 del 3 de marzo de 2014, sin embargo, ante la decisión de la Alcaldía de Montería, según su oficio ODA-028, en cuanto a ubicar dichas obras en un sitio contiguo a la laguna de oxidación, las mismas (dos transformadores 230/110 kV de 100 MVA cada uno) se deben complementar con el barraje a 110 kV, cuatro bahías de línea y dos líneas de 1 km en doble circuito cada una, para reconfigurar las dos líneas existentes que salen de la referida subestación.
Que la ausencia de las obras del STR en la subestación Montería, a futuro implicaría una situación de desabastecimiento de energía.
Que ante la renuncia del Operador de Red a realizar las obras y dada la fecha en que realizó dicha declaración, se compromete la fecha inicial de entrada en operación, se hace insuficiente el plazo para llevar a cabo la convocatoria y a su vez ejecutar el proyecto, por lo tanto se debe establecer como fecha de entrada en operación noviembre de 2017.
Que frente a lo expuesto, se considera que se cumple con los criterios para determinar las citadas obras como “Proyecto Urgente”.
Por lo anterior, la UPME,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. IDENTIFIQUESE como Proyecto Urgente, las obras del STR asociadas a la subestación Montería correspondientes a la conexión de dos transformadores 230/110 kV de 100 MVA cada uno, el barraje, las bahías de transformación y de línea asociadas y los demás elementos necesarios, las cuales saldrán a convocatoria pública y deberán entraren operación en noviembre de 2017.
ARTÍCULO SEGUNDO. Dése cumplimiento a los procedimientos y mecanismos adoptados en la Resolución MME 90604 de 5 de junio de 2014 y en la Resolución CREG 093 del 24 de junio de 2014.
ARTÍCULO TERCERO. PUBLICACIÓN. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Deberá publicarse en la página Web de la UPME.
COPIESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
JORGE ALBERTO VALENCIA MARÍN
Director General