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RESOLUCION 142 DE 2002

(junio 26)

Diario Oficial No. 44.850, de 29 de junio de 2002

UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO-ENERGÉTICA

Por la cual se actualiza las listas de equipos de uso final de energía que serán objeto del Programa Conoce, y se adoptan otras disposiciones.

El Director General de la Unidad de Planeación Minero-Energética,

en ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución 097 de 2000 expedida por la Comisión de Regulación de Energía y Gas, CREG, establece las pautas para el diseño, normalización y uso eficiente de equipos y aparatos eléctricos;

Que de conformidad con lo dispuesto en la Resolución CREG 097 de 2000, corresponde a la Unidad de Planeación Minero Energética, UPME, la determinación de los equipos y aparatos eléctricos objeto de las pautas de diseño normalización y uso eficiente de la energía;

Que esta misma resolución determina como deber de la UPME el de indicar el cronograma para la expedición y la adecuación de las normas técnicas correspondientes a los aparatos y equipos eléctricos, incluidos en la lista mencionada en la anterior consideración;

Que la Unidad de Planeación Minero-Energética, UPME, a 26 de julio de 2001 expidió la Resolución número 0165, por la cual se determina la lista de equipos de uso final de energía que serán objeto del Programa Colombiano de Normalización, Acreditación, Certificación y Etiquetado de Equipos de Uso Final de Energía "Programa Conoce", actualizada mediante la Resolución 0312 de 31 de diciembre de 2001;

Que el 3 de octubre de 2001 el Congreso de la República expidió la Ley 697 mediante la cual se fomenta el uso racional y eficiente de la energía, se promueve la utilización de energías alternativas y se dictan otras disposiciones, cuyo artículo 4o. designa al Ministerio de Minas y Energía, como la entidad responsable de promover, organizar, asegurar el desarrollo y el seguimiento de los programas de uso racional y eficiente de la energía;

Que a la fecha no se ha expedido reglamentación alguna de la Ley 697 de 2001,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Actualización de la lista de equipos objeto del Programa Conoce.

 Refrigeradores, refrigeradores-congeladores y congeladores para uso doméstico operados por motocompresor hermético.

 Equipos refrigeradores para uso comercial.

 Balastos de cualquier tipo para ser utilizados con bombillas fluorescentes compactas y/o fluorescentes de dos casquillos.

 Bombillas fluorescentes compactas con potencia hasta 60 W, que operen con una tensión de 120 V.

 Bombillas fluorescentes de dos casquillos en los sistemas de precalentamiento, arranque rápido y arranque instantáneo.

 Bombillas de filamento de tungsteno para uso doméstico y usos similares.

 Bombillas de vapor de sodio a alta presión.

 Bombillas de mercurio.

 Acondicionadores de aire tipo unitario operados con energía eléctrica, en capacidades de enfriamiento de 10 540 W hasta 17 580 W que funcionan por compresión mecánica y que incluyen un serpentín evaporador enfriador de aire, un compresor y un serpentín condensador enfriado por aire o por agua.

 Acondicionadores de aire para recintos y unidades terminales compactas con condensador enfriado por aire, y capacidades de enfriamiento hasta 10 548 W (36 000 Btu/h).

 Calentadores eléctricos de agua de uso doméstico con potencia de hasta 12 kW.

 Motores eléctricos de corriente alterna, trifásicos, de inducción, jaula de ardilla, de uso general, en potencia nominal de 0.746 kW hasta 55,95 kW, abiertos y cerrados.

ARTÍCULO 2o. Suspender la vigencia del artículo 4o. de la Resolución UPME 0312 de 2001 relativa al cronograma del etiquetado URE, hasta tanto el Ministerio de Minas y Energía reglamente la Ley 697 de 2001.

ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir del primero (1o.) de julio de 2002.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D.C., a 26 de junio de 2002.

El Director General,

Julián Villarruel Toro.

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