RESOLUCIÓN 46 DE 1995
(noviembre 20)
Diario Oficial No. 42.132 de 1 de diciembre de 1995
COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución revocada por la Resolución 16 de 1996>
Por la cual se aprueban los cargos por uso del Sistema de Transmisión Regional y Distribución Local de la Empresa de Energía de Bogotá por parte de la Electrificadora del Meta.
LA COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS
en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994 y el decreto 1524 de 1994 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1o. de la Resolución CRE-044 de 1994 estableció un cargo máximo de 2.99 $/kWh a pagar por parte de la Electrificadora del Meta (EMSA) por el uso del sistema de transmisión regional y distribución local de la Empresa de Energía de Bogotá (EEB);
Que el artículo 2o. de la misma Resolución estableció que EEB debe someter a aprobación de la Comisión el cargo que finalmente acuerde con EMSA;
Que EEB y EMSA acordaron aplicar el cargo máximo establecido en la Resolución CREG-044 de 1994, debidamente actualizado, y se solicitó a la Comisión, mediante comunicación de EEB No. 586928 de octubre 6 de 1995, la correspondiente aprobación;
Que la Comisión de Regulación de Energía de Energía y Gas, en su sesión del 20 de noviembre de 1994 aprobó la solicitud de la Empresa de Energía de Bogotá,
RESUELVE:
ARTICULO 1o. <Resolución revocada por la Resolución 16 de 1996> Aprobar los cargos de 2.99 s/kWh debidamente actualizado en la forma prevista en el artículo 3o. de la resolución CREG-044 de 1994, el cual será aplicado a la Electrificadora del Meta por el uso del sistema de transmisión regional y distribución local en el nivel IV de la Empresa de Energía de Bogotá.
ARTICULO 2o. <Resolución revocada por la Resolución 16 de 1996> Con la presente resolución procede el recurso de reposición, el cual podrá interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su notificación.
ARTICULO 3o. <Resolución revocada por la Resolución 16 de 1996> La presente resolución rige a partir de la fecha de su notificación, sin perjuicio de que se publique en el Diario Oficial o en la Gaceta del Ministerio de Minas y Energía.
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Dada en Santafé de Bogotá D.C., el día 20 de Noviembre de 1995
RODRIGO VILLAMIZAR ALVARGONZALEZ
Presidente
ANTONIO BARBERENA S.
Director Ejecutivo.