RESOLUCION 15 DE 1994
(Mayo 27)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
Diario Oficial No. 41.387 de 10 de junio de 1994
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG
Por la cual se establece las tarifas para las ventas en bloque de energía y potencia de CENTRALES ELECTRICA DE NARIÑO S.A. a las empresas y municipios distribuidores de energía eléctrica.
COMISION DE REGULACION ENERGETICA
en ejercicio de las atribuciones legales, en especial las conferidas por el artículo 3 del Decreto 1253 de 1993, en desarrollo del Decreto 2119 del 29 de diciembre de 1992.
CONSIDERANDO:
Que el decreto 1555 de 1990 determinó la estructura nacional de tarifas para el servicio de energía eléctrica.
Que la resolución JNT-070 de 1993 determinó como meta tarifaria de las ventas en bloque el 100% del costo de referencia.
Que Centrales Eléctricas de Nariño S.A. mediante comunicación No. OG-51 del 16 de marzo de 1994 solicitó a la Compañía de Regulación Energética la determinación de las tarifas de venta en bloque de energía y potencia para empresas y municipios distribuidores de energía.
Que la Comisión de Regulación Energética en su sesión del 11 de mayo de 1994 se pronunció sobre la petición elevada por Centrales Eléctricas de Nariño S.A.
RESUELVE:
ARTICULO 1. A partir del 1o. DE JUNIO DE 1994, CENTRALES ELECTRICAS DE NARIÑO S.A. aplicará a las ventas en bloque de energía y potencia que realice a empresas y municipios distribuidores de energía eléctrica, las siguientes tarifas:
| ENERGIA ($/KWH) | POTENCIA ($/KW-MES) | |
| NIVEL 2. DISTRIBUCION PRIMARIA Mayor o igual a 1 KV, menos de 30 KV | 25.88 | 5589.66 |
| NIVEL 3. SUBTRANSMISION Mayor o igual a 30 KV, menos de 62 KV | 27.14 | 5653.77 |
| NIVEL 4. TRANSMISION Mayor a 62 KV | 28.20 | 7830.09 |
ARTICULO 2. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial o en la Gaceta de Ministerio de Minas y Energía y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Dada en Santafé de Bogotá, D.C., el día 27 MAYO 1994
GUIDO ALBERTO NULE AMIN
Presidente
MANUEL IGNACIO DUSSAN
Coordinador General