RESOLUCION 9 DE 1993
(diciembre 17)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGIA Y GAS - CREG
Por la cual se adiciona el artículo 1o. de la Resolución No.028 del 8 de abril de 1991, expedida por la Junta Nacional de Tarifas de Servicios Públicos.
LA COMISION DE REGULACION ENERGETICA
en ejercicio de las atribuciones legales, en especial las conferidas por el artículo 11o. del Decreto 2119 del 29 de diciembre de 1992, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución No. 028 del 8 de abril de 1993, la Junta Nacional de Tarifas de Servicios Públicos estableció las tarifas residenciales y no-residenciales para la Compañíade Eléctricidad y Gas de Cundinamarca -CELGAC-.
Que la Compañía de Eléctricidad y Gas de Cundinamarca _CELGAC- ha solicitado a la Comisión de Regulación Energética, mediante comunicación No. DVR-413-93 del 4 de noviembre de 1993, adicionar la Resolución JNT-028 de 1991 en el sentido de establecer en el nivel 3 de Subtransmisión la tarifa oficial.
Que el ordinal 12 del artículo 11 del Decreto 2119 de 1992 otorga a la Comisión de Regulación Energética las funciones que estaban atribuidas a la Junta Nacional de Tarifas de Servicios Públicos en relación con el subsector eléctrico.
Que la Comisión de Regulación Energética, en su sesión del 1o. de diciembre de 1993, aprobó la adición propuesta por la Compañía de Eléctricidad y Gas de Cundinamarca -CELGAC-.
RESUELVE:
ARTICULO 1o. Adicionar al Artículo 1o. de la Resolución No. 028 del 8 de abril de 1991, expedida por la Junta Nacional de Tarifas, así:
NIVEL 3. -SUBTRANSMISION
Mayor o igual a 30 KV, menos de 62 KV
ENERGIA POTENCIA
($/KWH) ($/KW-MES)
Sencilla 44.94 6927.34
Doble en punta 57.12 6927.34
Doble no punta 37.98 6927.34
Comercial y Otros 44.94 6927.34
Oficial 30.53 6927.34
ARTICULO 2o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial o en la Gaceta de Ministerio de Minas y Energía y deroga las disposiciones que le sean cantrarias.
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Dada en Santafé de Bogotá, D.C., el día 17 de diciembre de 1993
GUIDO ALBERTO NULE AMIN
Presidente
MANUEL IGNACIO DUSSAN
Cordinador General