RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA EJECUTIVA 14 DE 2015
(diciembre 22)
Diario Oficial No. 49.735 de 23 de diciembre de 2015
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 20 de la Resolución 26 de 2016>
Por la cual se reglamenta y actualiza la sectorización de los sujetos de control fiscal y se les asigna a las Contralorías Delegadas Sectoriales la competencia para ejercer vigilancia y control fiscal.
EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA,
en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales; y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de Colombia en el artículo 267 inciso primero establece, que el control fiscal es una función pública que ejercerá la Contraloría General de la República, la cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes de la Nación.
Que la Ley 42 del 26 de enero de 1993 artículo 2o, determina que son sujetos de control fiscal: los órganos que integran las ramas legislativa y judicial; los órganos autónomos e independientes como los de control y electorales; los organismos que hacen parte de la estructura de la administración nacional y demás entidades nacionales, los organismos creados por la Constitución Nacional y la ley que tienen régimen especial; las sociedades de economía mixta; las empresas industriales y comerciales del Estado; los particulares que manejen fondos o bienes del Estado; las personas jurídicas y cualquier otro tipo de organización o sociedad que maneje recursos del Estado en lo relacionado con estos y el Banco de la República.
Que la Ley 42 del 26 de enero de 1993, señala en el Título I, Capítulo I, los principios y sistemas del control fiscal y en el Capítulo II las modalidades de control fiscal en las entidades del sector central y descentralizado, en las sociedades de economía mixta y en las entidades diferentes a las de economía mixta.
Que el Decreto-ley 267 del 22 de febrero de 2000, dicta normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría General de la República, se establece su estructura orgánica, se fijan las funciones de sus dependencias y se dictan otras disposiciones.
Que el Decreto-ley 267 del 22 de febrero de 2000, menciona en su artículo 4o, son sujetos de vigilancia y control fiscal por parte de la Contraloría General de República: Los órganos que integran las Ramas Legislativa y Judicial del Poder Público; los órganos que integran el Ministerio Público y sus entidades adscritas; los órganos que integran la organización electoral y sus entidades adscritas o vinculadas; la Comisión Nacional de Televisión y sus entidades adscritas o vinculadas; las corporaciones autónomas regionales o de desarrollo sostenible; las universidades estatales autónomas que administren bienes recursos nacionales o que tengan origen en la nación; el Banco de la República cuando administre recursos de la Nación, ejecute actos o cumpla actividades de gestión fiscal y en la medida en que lo haga; los demás organismos públicos creados o autorizados por la Constitución con régimen de autonomía; las entidades u organismos que integran la Rama Ejecutiva del Poder Público tanto del sector central como del descentralizado por servicios, del orden nacional, conforme a lo previsto en el artículo 38 de la Ley 489 de 1998; las demás entidades públicas y territoriales que administren bienes o recursos nacionales o que tengan origen en la Nación; las corporaciones, asociaciones y fundaciones mixtas cuando quiera que administren recursos de la Nación; y los particulares que cumplan funciones públicas, respecto de los bienes públicos que obtengan o administren o cuando manejen bienes o recursos de la Nación.
Que el Decreto-ley 267 del 22 de febrero de 2000, establece en el artículo 5o las funciones de la Contraloría General de la República para el cumplimiento de su misión y de sus objetivos, en desarrollo de las disposiciones consagradas en la Constitución Política, precisando en el numeral 6, “Ejercer en forma prevalente y en coordinación con las contralorías territoriales, la vigilancia sobre la gestión fiscal y los resultados de la administración y manejo de los recursos nacionales que se transfieran a cualquier título a las entidades territoriales de conformidad con las disposiciones legales”.
Que el Decreto-ley 267 del 22 de febrero de 2000, señala en el artículo 9o, que la organización de la Contraloría General de la República se fundamenta y desarrolla de acuerdo con los criterios de: Especialización sectorial, tecnificación, participación ciudadana, transparencia, integralidad del control, simplificación y especialización, alto nivel profesional, funcionalidad, multidisciplinariedad, delegación, desconcentración administrativa y financiera, y atención horizontal de funciones por sectores de actividad económica y social.
Que el Decreto-ley 267 del 22 de febrero de 2000, prescribe en el artículo 11 la Organización de la Contraloría General de la República y describe la diferentes dependencias de la Contraloría General de la República, señalando cuáles son las Contralorías Delegadas Sectoriales, así: Agropecuario; Minas y Energía; Infraestructura Física y Telecomunicaciones, Comercio Exterior y Desarrollo Regional; Gestión Pública e Instituciones Financieras; Defensa, Justicia y Seguridad; Medio Ambiente y Social.
Que el Decreto-ley 267 del 22 de febrero del 2000, en el artículo 27 establece la delegación de las funciones de control fiscal y señala que: “El Contralor General de la República, mediante acto administrativo, podrá delegar funciones generales o específicas del ejercicio de la vigilancia y del control fiscal, así como las atribuidas a la Contraloría General de la República por las que deba responder, con excepción de los casos que trata el artículo 29 del presente decreto. Esta delegación podrá hacerse en los servidores públicos de los niveles directivo y asesor de la Contraloría General de la República.”.
Que el Decreto-ley 267 del 22 de febrero de 2000, define en el artículo 30, la Sectorización, precisando en el inciso primero que “Para garantizar el adecuado ejercicio de las funciones, facultades y actividades de la vigilancia fiscal señaladas en la Constitución, las leyes y demás normas, y para lograr un alto desarrollo del nivel técnico del ejercicio de las mismas, la Contraloría General de la República agrupará por sectores a los sujetos del control fiscal, de acuerdo con el ámbito en el cual desarrollen sus actividades de gestión pública, prestación de servicios, funciones administrativas o regulativas, producción de bienes o actividades comerciales, económicas y financieras” y señala en el inciso tercero que “Considerando los criterios de especialización sectorial, funcionalidad y simplificación, el Contralor General, previo concepto del Comité Directivo, podrá asignar y reasignar sujetos pasivos de vigilancia y control fiscal a las contralorías delegadas, en cuyo caso estas deberán responder por los resultados de la vigilancia de la gestión fiscal del respectivo sector en el que se hubieren asignado tales sujetos.”.
Que el Decreto-ley 267 del 22 de febrero de 2000, enuncia en el artículo 51, las funciones de las Contralorías Delegadas para la Vigilancia Fiscal, precisando en el numeral 1 que deben: “Responder ante el Contralor General por la vigilancia fiscal integral en todas su etapas y dimensiones en las entidades pertenecientes a su respectivo sector” y en los demás numerales señala las actuaciones de vigilancia y control fiscal que deben realizar.
Que el Decreto-ley 267 del 22 de febrero de 2000, especifica en su artículo 54 numeral 5, como función de la Contraloría Delegada para la Vigilancia Fiscal del Sector Medio Ambiente, la de dirigir la vigilancia de la gestión fiscal integral de las entidades pertenecientes al Sistema Nacional Ambiental y a las demás entidades que reciban o administren recursos públicos para la gestión ambiental.
Que la Ley 617 del 6 de octubre de 2000, prescribe en el artículo 81: “Extensión del control de la Contraloría General de la República. En desarrollo del inciso tercero del artículo 267 de la Constitución Nacional, la Contraloría General de la República realizará el control fiscal de las entidades territoriales que incumplan los límites previstos en la presente Ley. Para el efecto, la Contraloría General de la República gozará de las mismas facultades que ejerce en relación con la nación”. Adicionalmente el artículo 67 de la citada ley puntualiza que sin perjuicio de las competencias de las contralorías departamentales y municipales, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, las entidades financieras acreedoras vigiladas por la Superintendencia Financiera y la Contraloría General de la República harán control al cumplimiento de los acuerdos de reestructuración.
Que el Decreto-ley 2978 del 6 de diciembre de 2002, corrige en el artículo 1o, el inciso 7o del artículo 89 de la Ley 715 de 2001, el cual establece que “El control, seguimiento y verificación del uso legal de los recursos del Sistema General de Participaciones es responsabilidad de la Contraloría General de la República. Para tal fin establecerá con las contralorías territoriales un sistema de vigilancia especial de estos recursos”.
Que la Ley 1386 del 21 de mayo de 2010, señala en el artículo 1o inciso 4o, que la Procuraduría General de la Nación y la Contraloría General de la República, deberán de oficio revisar los contratos o convenios que fueron realizados por las entidades territoriales, o sus entidades descentralizadas, en la cual se delegó a terceros la administración, fiscalización, liquidación, cobro coactivo, discusión, devoluciones, e imposición de sanciones de los tributos por ellos administrados, antes de la vigencia de la presente ley.
Que mediante la Ley 1444 del 4 de mayo del 2011, el Congreso de Colombia otorga precisas facultades al Presidente de la República, para modificar la estructura de la Administración Pública.
Que la Ley 1530 del 17 de mayo de 2012, por la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías, en el artículo 152, establece que: “En desarrollo de sus funciones constitucionales, la Contraloría General de la República ejercerá la vigilancia y el control fiscal sobre los recursos del Sistema General de Regalías”. Igualmente, en el Decreto 1539 del 17 de julio de 2012, el Presidente de la República de Colombia en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere el parágrafo primero del artículo 152 de la Ley 1530 de 2012, establece una planta temporal de empleos en la Contraloría General de la República para fortalecer la labor de vigilancia y el control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías.
Que la Ley 1523 del 24 de abril de 2012 por la cual se adopta la política nacional de gestión del riesgo de desastres y se establece el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y se dictan otras disposiciones, en el artículo 95, “faculta a la Contraloría General de la República para ejercer control posterior excepcional sobre el manejo de los recursos propios del municipio o departamento, cuando estos provengan del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, los cuales estuviesen destinados para la atención de desastres.”.
Que la Ley 1562 del 11 de julio de 2012 por la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones en materia de salud ocupacional, en el parágrafo del artículo 20 establece que: “La Contraloría General de la República tendrá el control fiscal sobre los dineros que ingresen a las Juntas de Calificación de Invalidez por ser dineros de carácter público.”.
Que mediante Sentencia C-655 del 5 de agosto de 2003, la Corte Constitucional, considerando la naturaleza jurídica de los recursos de la seguridad social, sostiene que los recursos del Sistema General de la Seguridad Social, son rentas de naturaleza parafiscal y que estas constituyen un instrumento para la generación de ingresos públicos, representadas en aquella forma de gravamen que se establece con carácter impositivo por la ley para afectar un determinado y único grupo social o económico, y que debe utilizarse en beneficio del propio grupo gravado.
Que mediante Sentencia C-655 del 5 de agosto de 2003, la Corte Constitucional, puntualizó que son características de los recursos parafiscales su obligatoriedad, determinación o singularidad, destinación específica, condición de contribución, naturaleza pública, regulación excepcional y sometimiento al control fiscal, ya que por tratarse de recursos públicos, la Contraloría General de la República, directamente o a través de las contralorías territoriales, debe verificar que los mismos se inviertan de acuerdo con lo dispuesto en las normas que los crean.
Que en la sentencia aludida, la Corte Constitucional, señala: “…no cabe duda acerca de que los fondos de pensiones, los organismos oficiales que tienen como función el reconocimiento y pago de pensiones y las EPS, públicas y privadas, que reciben cuotas de las empresas y de los trabajadores, administran recursos parafiscales. Por lo tanto, en ningún caso, esos fondos pueden ser afectados a fines distintos de los previstos en el ordenamiento jurídico y su manejo debe realizarse teniendo en cuenta la especificidad de su función.”.
Que en la misma Sentencia, la Corte Constitucional, respecto de los recursos que manejan las EPS, indicó que estos conservan la naturaleza de parafiscales y en ningún caso pasan a ser privados, por cuanto se encuentran en el ciclo del uso de los recursos dispuestos para garantizar el servicio de la Seguridad Social en Salud. Además, señala la Corte, que interpretando el contenido de las disposiciones que regulan el Sistema de Seguridad Social en Salud, y siguiendo el precedente fijado en las Sentencias SU-480 de 1997, C-139 de 1999 y C-363 de 2001, aclaró que los recursos destinados al plan obligatorio de salud pertenecen al sistema, y que no pueden calificarse como rentas propias de las EPS por cuanto no configuran el simple pago por los servicios administrativos que ellas prestan, sino que fundamentalmente representan el cálculo de los costos para la adecuada prestación del servicio.
Que la Corte Constitucional en la Sentencia C-655 del 5 de agosto de 2003, concluye: “No sobra agregar que las consideraciones precedentes caben para los recursos que manejan las Cajas de Compensación Familiar, ya que estos hacen parte del sistema de seguridad social, son de naturaleza parafiscal y se encuentran sometidos a la prescripción prevista en el artículo 48 Superior.”.
Que la Corte Constitucional en la Sentencia C-403 del 2 de junio de 1999, expresó que existe un control concurrente del nivel nacional con el nivel regional y local, sobre los recursos que provienen de los ingresos de la Nación, siendo el resultado de la necesaria coordinación que debe existir entre los diferentes niveles de la administración, sin que se pueda predicar por esto exclusión o indebida intromisión del nivel nacional en la administración territorial. Al contrario, a juicio de la Corte, es el desarrollo adecuado del artículo 228 de la Constitución Política, que impone el ejercicio de las competencias atribuidas a los distintos niveles territoriales conforme a los principios de coordinación, concurrencia y subsidiariedad en los términos en que establezca la ley.
Que así mismo, la Corte Constitucional en Sentencia C-403 del 2 de junio de 1999, advirtió que respecto de los recursos de origen nacional, existe prevalencia del control fiscal por parte de la Contraloría General de la República, en aras de garantizar el adecuado rendimiento de los bienes e ingresos de la Nación. Otra cosa sucede con los denominados “recursos propios” de las entidades territoriales, que se encuentran constituidos por los rendimientos que provienen de la explotación de los bienes de su propiedad o, las rentas tributarias que se obtienen en virtud de fuentes tributarias (impuestos, tasas y contribuciones propias), pues en estos casos se puede hablar de una intervención excepcional de la Contraloría General de la República, comoquiera que se trata del manejo de sus propios asuntos, aquellos que les conciernen y son de su esencia, no de otra manera se podría hablar de autonomía de las entidades territoriales.
Que a través de Sentencia C-065 del 11 de febrero de 1997, la Corte Constitucional declaró la exequibilidad del artículo 22 de la Ley 42 de 1993, con sujeción a la distinción entre los términos aporte y participación y sus efectos sobre el control fiscal, concluyendo, que: “una entidad que recibe aportes pero no participaciones -esto es, donde el Estado entrega recursos para proyectos, pero no se convierte en asociado- queda, en general, sometida a una vigilancia fiscal sobre un contrato. En cambio, las entidades que reciben participaciones y en donde el Estado es miembro, se caracterizan porque la vigilancia fiscal se ejerce de manera directa sobre la entidad. Esta diferencia de tratamiento legal tiene sentido, pues sin afectar el alcance mismo del control fiscal, permite un control diferenciado de aquellos casos en que el Estado se asocia, de aquellos otros en donde simplemente aporta a proyectos específicos, por medio de contratos. En efecto, en estos últimos eventos, no parece lo más adecuado que el control recaiga sobre la entidad misma ya que se debe respetar su autonomía, por lo cual parece razonable que exista únicamente una vigilancia sobre el manejo específico del aporte estatal, y para ello es suficiente el control sobre el contrato”.
Que de conformidad con la Resolución Organizacional número OGZ- 0001-2014 del 3 de abril de 2014 “Por la cual se crea el Sistema de Información y Producción Normativa de Control Fiscal (Sinor) y se establece el procedimiento para la expedición de resoluciones de competencia de la Contraloría General de la República”, en el artículo 4o, la clasificación de las resoluciones, es así: Resoluciones reglamentarias orgánicas; Resoluciones reglamentarias ejecutivas; Resoluciones organizacionales; Resoluciones ordinarias y Resoluciones únicas. Igualmente, precisa en el artículo 5o, el contenido de las resoluciones, estipulando en el numeral 2 las resoluciones reglamentarias ejecutivas y en el subnumeral 2.3. Sectorización de los sujetos de control fiscal.
Que el día 10 de diciembre del año 2015, la Directora de la Oficina de Planeación presentó al Comité Directivo para su consideración y aprobación el presente acto administrativo.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
SECTORIZACIÓN.
OBJETO.
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 20 de la Resolución 26 de 2016> El presente acto administrativo tiene como objeto actualizar la sectorización de los sujetos de control de la Contraloría General de la República, y fijar las competencias de cada una de las Contralorías Delegadas Sectoriales para ejercer vigilancia y control fiscal sobre los mismos.
SECTORIZACIÓN EN LAS CONTRALORÍAS DELEGADAS SECTORIALES.
ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 20 de la Resolución 26 de 2016> Corresponde a la Contraloría Delegada para el Sector Agropecuario, ejercer la vigilancia y control fiscal a los siguientes sujetos:
<Ver Notas de Vigencia>
No | Entidad | Sede Principal |
Subsector Regulador de Políticas
1 | Centro de Memoria Histórica | Bogotá, D. C. |
2 | Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural (Minagricultura) | Bogotá, D. C. |
3 | Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas. | Bogotá, D. C. |
4 | Unidad de Atención y Reparación Integral a las Víctimas- Unidad Administrativa Especial. | Bogotá, D. C. |
5 | Unidad de Planificación de Tierras Rurales, Adecuación de Tierras y Usos Agropecuarios (UPRA). | Bogotá, D. C. |
No | Entidad | Sede Principal |
Subsector Desarrollo Agroindustrial y Comercialización
6 | Central de Abastecimientos del Valle del Cauca S.A. (Cavasa) | Cali |
7 | Central de Abastos de Bucaramanga S. A. (Centroabastos) | Bucaramanga |
8 | Central de Abastos de Cúcuta S. A. (Cenabastos) | Cúcuta |
9 | Compañía de Ferias y Mataderos del Caquetá S. A. (Cofema) | Florencia |
10 | Compañía Operadora Portuaria Cafetera S. A. | Buenaventura |
11 | Compañía Productora de Caucho de San Pedro S. A | Necoclí |
12 | Compañía Productora de Caucho del Norte de Urabá - Procaucho Urabá S. A. | Necoclí |
13 | Compañía Reforestadora de Urabá el Indio S. A. - El Indio de Urabá S. A.- | Necoclí |
No | Entidad | Sede Principal |
14 | Compañía Reforestadora de Urabá la Gironda S. A - La Gironda de Urabá S. A.- | Necoclí |
15 | Cooperativa de Productores de Leche y Carne de la Sabana de Sucre (Coolecsa) | Sincelejo |
16 | Cooperativa Integral Lechera del Cesar (Coolesar) | Valledupar |
17 | Cooperativa Lechera de Córdoba (Codelac) | Montería |
18 | Empresa Colombiana de Productos Veterinarios S. A. (Vecol) | Bogotá, D. C. |
19 | Frigorífico del Sinú (Frigosinú) S. A. | Montería |
20 | Frigorífico Jongovito S. A. Frigovito | Pasto |
21 | Frigoríficos Ganaderos de Colombia S. A (Friogan) | Bogotá, D. C. |
22 | Gran Central de Abastos del Caribe S. A. (Granabastos) | Soledad |
23 | Pasteurizadora el Holandés S. A. | Aguachica |
24 | Piscícola San Silvestre S. A. | Barrancabermeja |
25 | Sociedad Almidones de Sucre S.A.S | Sincelejo |
Subsector Investigación Desarrollo Tecnológico y Transferencia de Tecnología
26 | Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (Aunap) | Bogotá, D. C. |
27 | Corporación Colombia Internacional (CCI) | Bogotá, D. C. |
28 | Corporación Colombiana de Investigación Agropecuaria (Corpoica) | Bogotá, D. C. |
29 | Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) | Bogotá, D. C. |
Subsector Fomento y Desarrollo Rural y Agropecuario
30 | Asociación de Cultivadores de Caña de Azúcar de Colombia (Asocaña) Fondo de Estabilización de Precios para los Azúcares Centrifugados, las Melazas Derivadas del Refinado del Azúcar y los Jarabes de Azúcar. | Cali |
31 | Asociación Hortofrutícola de Colombia (Asohofrucol) Fondo Nacional de Fomento Hortofrutícola. | Bogotá, D. C. |
32 | Asociación Colombiana de Porcicultores (ACP) Fondo Nacional de la Porcicultura. | Bogotá, D. C. |
33 | Confederación Cauchera Colombiana (CCC) Fondo Nacional del Fomento Cauchero. | Bogotá, D. C. |
34 | Confederación Colombiana del Algodón (Conalgodón) Fondo de Estabilización de Precios Productos Agropecuarios y Pesqueros del Algodón. | Bogotá, D. C. |
35 | Confederación Colombiana del Algodón (Conalgodón) Fondo de Fomento Algodonero. | Bogotá, D. C. |
36 | Consejo Profesional de Medicina Veterinaria y Zootecnia - COMVEZCOL | Bogotá, D. C. |
No | Entidad | Sede Principal |
37 | Cooperativa Agropecuaria de Ginebra (Coagro) Fondo de Fomento de Fríjol Soya Importado. | Cali |
38 | Federación Colombiana de Productores de Papa (Fedepapa), Fondo Nacional de Fomento de la Papa. | Bogotá, D. C. |
39 | Federación Nacional de Arroceros (Fedearroz) Fondo Nacional del Arroz. | Bogotá, D. C. |
40 | Federación Nacional de Avicultores de Colombia (Fenavi) Fondo Nacional Avícola. | Bogotá, D. C. |
41 | Federación Nacional de Cacaoteros (Fedecacao) Fondo Estabilización de Precios del Cacao (FEP). | Bogotá, D. C. |
42 | Federación Nacional de Cacaoteros (Fedecacao) Fondo Nacional del Cacao. | Bogotá, D. C. |
43 | Federación Nacional de Cafeteros de Colombia - Fondo Nacional Café | Bogotá, D. C. |
44 | Federación Nacional de Cultivadores de Cereales y Leguminosas (Fenalce) Fondo de Fomento de Frijol Soya Nacional. | Bogotá, D. C. |
45 | Federación Nacional de Cultivadores de Cereales y Leguminosas (Fenalce) Fondo Nacional Cerealistas. | Bogotá, D. C. |
No | Entidad | Sede Principal |
46 | Federación Nacional de Cultivadores de Cereales y Leguminosas (Fenalce) Fondo Nacional de Leguminosas. | Bogotá, D. C. |
47 | Federación Nacional de Cultivadores de Palma de Aceite (Fedepalma) Fondo de Estabilización de Estabilización de Precios para el Palmiste, el Aceite de Palma y sus Fracciones. | Bogotá, D. C. |
48 | Federación Nacional de Cultivadores de Palma de Aceite (Fedepalma) Fondo de Fomento Palmero. | Bogotá, D. C. |
49 | Federación Nacional de Ganaderos (Fedegán) Fondo de Estabilización para el Fomento de Exportación de Carne, Leche y sus Derivados. | Bogotá, D. C. |
50 | ||
51 | Federación Nacional de la Panela (Fedepanela) Fondo de Fomento Panelero. | Bogotá, D. C. |
52 | Federación Nacional de Productores de Tabaco (Fedetabaco) Fondo Nacional del Tabaco. | San Gil |
53 | Fondo Ganadero del Atlántico S.A. | Barranquilla |
54 | Fondo Ganadero del Cesar S.A. | Valledupar |
55 | Fondo Ganadero del Huila S.A. | Neiva |
56 | Fondo Ganadero del Magdalena S.A | Santa Marta |
57 | Fondo Ganadero del Tolima S.A. | Ibagué |
58 | Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario S.A. (Finagro S.A.) | Bogotá, D. C. |
59 | Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder) | Bogotá, D. C. |
Entidades en Liquidación:
60 | Central de Abastos del Sur S.A. (Surabastos) (En Liquidación) | Neiva |
61 | Comercializadora Caribean Sesame S.A. (En Liquidación) | Carmen de Bolívar |
62 | Compañía Agrícola de Inversiones S.A. CAISA (En Liquidación) | Bogotá, D. C. |
63 | Compañía Agropiscícola del Huila S.A (En Liquidación) | Bogotá, D. C. |
64 | Compañía Occidental de Chocolates (En Liquidación) | Palermo |
65 | Compañía Palmera de Simití Sur de Bolívar S.A. (En Liquidación). | Barrancabermeja |
No | Entidad | Sede Principal |
66 | Fondo Ganadero de Boyacá S.A. (En Liquidación) | Tunja |
67 | Fondo Ganadero de Córdoba S.A. | Montería |
68 | Fondo Ganadero de Sucre (En Liquidación) | Sincelejo |
69 | Fondo Ganadero del Meta S.A. (Liquidación) | Villavicencio |
70 | Fondo Ganadero del Occidente Colombiano Quindío S.A (En Liquidación) | Armenia |
71 | Fondo Ganadero del Putumayo S.A. (En Liquidación) | Mocoa |
72 | Incubadora Empresarial de Producción y Comercialización Agropecuaria (Incuagro) EU (En Liquidación) | Bogotá, D. C. |
73 | Mercados de Armenia (Mercar) (En Liquidación) | Armenia |
PARÁGRAFO. Igualmente, corresponde a la Contraloría Delegada para el Sector Agropecuario, ejercer la vigilancia y control fiscal sobre los patrimonios autónomos y demás fondos cuenta con y sin personería jurídica, de este sector, a través de los entes que los administran y que se encuentran sectorizados en este artículo.
ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 20 de la Resolución 26 de 2016> Corresponde a la Contraloría Delegada para el Sector Medio Ambiente, ejercer la vigilancia y control fiscal a los siguientes sujetos:
No | Entidad | Sede Principal |
Subsector Formulador y Regulador de las Políticas.
1 | Fondo Nacional Ambiental | Bogotá, D. C. |
2 | Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS) | Bogotá, D. C. |
3 | Parques Nacionales Naturales de Colombia (PNN UAE) | Bogotá, D. C. |
Subsector Autoridades Ambientales.
4 | Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) | Bogotá, D. C. |
5 | Corporación Autónoma Regional de Boyacá (Corpoboyacá) | Tunja |
No | Entidad | Sede Principal |
6 | Corporación Autónoma Regional de Caldas (Corpocaldas) | Manizales |
7 | Corporación Autónoma Regional de Chivor (Corpochivor) | Garagoa |
8 | Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) | Bogotá, D. C. |
9 | Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental (Corponor) | Cúcuta |
10 | Corporación Autónoma Regional de La Guajira (Corpoguajira) | Riohacha |
11 | Corporación Autónoma Regional de la Orinoquia (Corporinoquia) | Yopal |
12 | Corporación Autónoma Regional de las Cuencas de los Ríos Rionegro y Nare (Cornare) | Santuario |
13 | Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y San Jorge (CVS) | Montería |
14 | Corporación Autónoma Regional de Nariño (Corponariño) | Pasto |
15 | Corporación Autónoma Regional de Risaralda (Carder) | Pereira |
16 | Corporación Autónoma Regional de Santander (CAS) | San Gil |
17 | Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena (CAM) | Neiva |
18 | Corporación Autónoma Regional del Atlántico (CRA) | Barranquilla |
19 | Corporación Autónoma Regional del Canal del Dique (Cardique) | Cartagena |
20 | Corporación Autónoma Regional del Cauca (CRC) | Popayán |
21 | Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia (Corantioquia) | Medellín |
No | Entidad | Sede Principal |
22 | Corporación Autónoma Regional del Cesar (Corpocesar) | Valledupar |
23 | Corporación Autónoma Regional del Guavio (Corpoguavio) | Gachalá |
24 | Corporación Autónoma Regional del Magdalena (Corpamag) | Santa Marta |
25 | Corporación Autónoma Regional del Quindío (CRQ) | Armenia |
26 | Corporación Autónoma Regional del Sucre (Carsucre) | Sincelejo |
27 | Corporación Autónoma Regional del Sur de Bolívar (CSB) | Magangué |
28 | Corporación Autónoma Regional del Tolima (Cortolima) | Ibagué |
29 | Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca (CVC) | Cali |
30 | Corporación Autónoma Regional para el Desarrollo Sostenible del Chocó (Codechocó) | Quibdó |
31 | Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga (CDMB) | Bucaramanga |
32 | Corporación para el Desarrollo Sostenible del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina (Coralina) | San Andrés |
33 | Corporación para el Desarrollo Sostenible del Área de Manejo Especial de la Macarena (Cormacarena) | Villavicencio |
34 | Corporación para el Desarrollo Sostenible del Norte y el Oriente Amazónico (CDA) | Puerto Inírida |
35 | Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonia (Corpoamazonia) | Mocoa |
36 | Corporación para el Desarrollo Sostenible del Urabá (Corpourabá) | Medellín |
37 | Corporación para el Desarrollo Sostenible La Mojana y el San Jorge (Corpomojana) | San Marcos |
Subsector Investigaciones Científicas Ambientales e Información Ambiental.
38 | Instituto Amazónico de Investigación Científica (Sinchi) | Bogotá, D. C. |
39 | Instituto de Hidrología Meteorología y Estudios Ambientales (Ideam) | Bogotá, D. C. |
No | Entidad | Sede Principal |
40 | Instituto de Investigaciones Ambientales del Pacífico John Von Newman IIAP | Quibdó |
41 | Instituto de Investigaciones de Recursos Biológicos Alexander Von Humboldt | Bogotá, D. C. |
42 | Instituto de Investigaciones Marina y Costeras José Benito Vives de Andreis (Invemar) | Santa Marta |
Subsector Asociaciones , Corporaciones Civiles y Patrimonios Naturales del Sector
43 | Asociación de Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo (Asocars) | Bogotá, D. C. |
44 | Consejo Profesional de Administración Ambiental | Bogotá, D. C. |
45 | Consejo Profesional de Biología | Bogotá, D. C. |
46 | Consejo Profesional de Química | Bogotá, D. C. |
47 | Corporación para el Manejo Sostenible de los Bosques (Masbosques) | Rionegro |
48 | Patrimonio Natural Fondo para la Biodiversidad y Áreas Protegidas | Bogotá, D. C. |
Entidades en Liquidación:
49 | Corporación para la Protección Ambiental, Cultural y el Ordenamiento Territorial (Corpacot) (En Liquidación) | Bogotá, D. C. |
PARÁGRAFO. Igualmente, corresponde a la Contraloría Delegada para el Sector Medio Ambiente, ejercer la vigilancia y control fiscal sobre los patrimonios autónomos y demás fondos cuenta con y sin personería jurídica, de este sector, a través de los entes que los administran y que se encuentran sectorizados en este artículo.
ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 20 de la Resolución 26 de 2016> Corresponde a la Contraloría Delegada para el Sector Defensa, Justicia y Seguridad ejercer la vigilancia y control fiscal a los siguientes sujetos:
No | Entidad | Sede Principal |
Subsector Defensa
1 | Agencia Logística de las Fuerzas Militares | Bogotá, D. C. |
2 | Asociación Colombiana de Ingenieros Navales y Profesiones Afines (Acinpa) | Bogotá, D. C. |
3 | Caja de Retiro de las Fuerzas Militares | Bogotá, D. C. |
4 | Círculo de Suboficiales de las Fuerzas Militares | Bogotá, D. C. |
5 | Club Militar de Oficiales | Bogotá, D. C. |
6 | Comando Armada Nacional | Bogotá, D. C. |
7 | Comando Ejército Nacional | Bogotá, D. C. |
8 | Comando Fuerza Aérea | Bogotá, D. C. |
9 | Comando General de las Fuerzas Militares | Bogotá, D. C. |
10 | Comisión Colombiana del Océano | Bogotá, D. C. |
11 | Corporación de Alta Tecnología para la Defensa (Codaltec) | Villavicencio |
12 | Corporación de Ciencia y Tecnología para el Desarrollo de la Industria Naval, Marítima y Fluvial (Cotecmar) | Cartagena |
13 | Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana (CIAC) | Bogotá, D. C. |
14 | Dirección de Sanidad de las Fuerzas Militares | Bogotá, D. C. |
15 | Dirección General Marítima (Dimar) | Bogotá, D. C. |
16 | Fondo de Defensa Técnica y Especialización de los Miembros de la Fuerza Pública (Fondetec) | Bogotá, D. C. |
17 | Hospital Militar | Bogotá, D. C. |
18 | Industria Militar (Indumil) | Bogotá, D. C. |
19 | Ministerio de Defensa Nacional (Mindefensa) | Bogotá, D. C. |
Subsector Justicia.
20 | Fiscalía General de la Nación | Bogotá, D. C. |
21 | Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses | Bogotá, D. C. |
22 | Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) | Bogotá, D. C. |
23 | Ministerio de Justicia y del Derecho (MJD) | Bogotá, D. C. |
24 | Rama Judicial - Consejo Superior de la Judicatura (CSJ) | Bogotá, D. C. |
25 | Sociedad de Activos Especiales (SAE) | Bogotá, D. C. |
26 | Unidad Administrativa Especial Agencia Nacional de Defensa Jurídica de la Nación. | Bogotá, D. C. |
27 | Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (SPC) | Bogotá, D. C. |
Subsector Seguridad.
28 | Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional (Casur) | Bogotá, D. C. |
No | Entidad | Sede Principal |
29 | Defensa Civil Colombiana | Bogotá, D. C. |
30 | Departamento Administrativo - Dirección Nacional de Inteligencia. | Bogotá, D. C. |
31 | Fondo Rotatorio de la Policía Nacional | Bogotá, D. C. |
32 | Policía Nacional | Bogotá, D. C. |
33 | Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada | Bogotá, D. C. |
34 | Unidad Nacional de Protección (UNP) | Bogotá, D. C. |
Subsector Entes de Control
35 | Auditoría General de la República | Bogotá, D. C. |
36 | Defensoría del Pueblo | Bogotá, D. C. |
37 | Instituto de Estudios del Ministerio Público Procuraduría | Bogotá, D. C. |
38 | Ministerio Público Procuraduría General de la Nación (PGN) | Bogotá, D. C. |
PARÁGRAFO. Igualmente, corresponde a la Contraloría Delegada para el Sector Defensa, Justicia y Seguridad, ejercer la vigilancia y control fiscal sobre los patrimonios autónomos y demás fondos cuenta con y sin personería jurídica, de este sector, a través de los entes que los administran y que se encuentran sectorizados en este artículo.
ARTÍCULO 5o. <Resolución derogada por el artículo 20 de la Resolución 26 de 2016> Corresponde a la Contraloría Delegada para el Sector Gestión Pública e Instituciones Financieras, ejercer la vigilancia y control fiscal a los siguientes sujetos:
No | Entidad | Sede Principal |
Subsector Administración Pública
1 | Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente | Bogotá, D. C. |
2 | Comisión Nacional del Servicio Civil | Bogotá, D. C. |
3 | Consejo Nacional Profesional de Economía (Conalpe) | Bogotá, D. C. |
4 | Consejo Profesional de Administración de Empresas | Bogotá, D. C. |
5 | Corporación para la Reconstrucción del Río Páez y Zonas Aledañas (Nasa Kiwe) | Popayán |
6 | Departamento Nacional de Planeación (DNP) | Bogotá, D. C. |
7 | Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP) | Bogotá, D. C. |
8 | Dirección Administrativa de la Cámara de Representantes | Bogotá, D. C. |
9 | Dirección Administrativo del Senado de la República | Bogotá, D. C. |
10 | Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo (Fonade) | Bogotá, D. C. |
11 | Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores (FRMRE) | Bogotá, D. C. |
12 | Ministerio de Relaciones Exteriores | Bogotá, D. C. |
13 | Unidad Administrativa Especial Migración Colombia | Bogotá, D. C. |
Subsector Administrativo del Interior
14 | Fondo Nacional de Bomberos de Colombia | Bogotá, D. C. |
15 | Fondo para la Participación Ciudadana y el Fortalecimiento de la Democracia (FPFD) | Bogotá, D. C. |
16 | Ministerio del Interior | Bogotá, D. C. |
17 | Unidad Administrativa Especial Dirección Nacional de Bomberos. | Bogotá, D. C. |
18 | Unidad Administrativa Especial Dirección Nacional de Derecho de Autor | Bogotá, D. C. |
Subsector Hacienda
19 | Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar (Coljuegos) | Bogotá, D. C. |
20 | Agencia del Inspector General de Tributos, Rentas y Contribuciones Parafiscales (ITRC) | Bogotá, D. C. |
21 | Banco de la República | Bogotá, D. C. |
22 | Central de Inversiones S.A. (CISA) | Bogotá, D. C. |
23 | Fiduciaria la Previsora S.A. (Fiduprevisora) | Bogotá, D. C. |
24 | Financiera de Desarrollo Nacional S.A. (FDN S.A.) | Bogotá, D. C. |
25 | Financiera de Desarrollo Territorial S.A. (Findeter) | Bogotá, D. C. |
26 | Fondo Cuenta de Impuestos al Consumo de Productos Extranjeros - Federación Nacional de Departamentos | Bogotá, D. C. |
27 | Fondo de Adaptación | Bogotá, D. C. |
28 | Fondo de Ahorro de Estabilización del Sistema General de Regalías (FAE) (Banco de la República) | Bogotá, D. C. |
29 | Fondo de Ahorro y Estabilización Petrolera (FAEP) (Banco de la República) | Bogotá, D. C. |
No | Entidad | Sede Principal |
30 | Fondo de Compensación Regional ( Ministerio de Hacienda y Crédito Público) | Bogotá, D. C. |
31 | Fondo de Desarrollo Regional (FDR) ( Ministerio de Hacienda y Crédito Público) | Bogotá, D. C. |
32 | Fondo de Estabilización Precios de los Combustibles (FEPC) (Ministerio de Hacienda y Crédito Público) | Bogotá, D. C. |
33 | Fondo de Garantías de Instituciones Cooperativas (Fogacoop) | Bogotá, D. C. |
34 | Fondo de Garantías de Instituciones Financieras S.A. (Fogafín) | Bogotá, D. C. |
35 | Fondo de Reserva para Estabilización de Cartera Hipotecaria – (Frech) ( Banco de la República) | Bogotá, D. C. |
36 | Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales (Fonpet) | Bogotá, D. C. |
37 | La Previsora S.A Compañía de Seguros | Bogotá, D. C. |
38 | Ministerio de Hacienda y Crédito Público | Bogotá, D. C. |
39 | Patrimonio Autónomo de Remanentes de Telecom y Teleasociadas - PAR. (Fiduagraria) | Bogotá, D. C. |
40 | Positiva Compañía de Seguros S.A. | Bogotá, D. C. |
41 | Superintendencia de la Economía Solidaria | Bogotá, D. C. |
42 | Superintendencia Financiera de Colombia | Bogotá, D. C. |
43 | Unidad Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera (URF) | Bogotá, D. C. |
44 | Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación | Bogotá, D. C. |
45 | Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (UAE DIAN) | Bogotá, D. C. |
46 | Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF) | Bogotá, D. C. |
Subsector Instituciones Financieras
47 | Banco Agrario de Colombia S.A. (Banagrario) | Bogotá, D. C. |
48 | Banco de Comercio Exterior de Colombia S.A. (Bancóldex) | Bogotá, D. C. |
49 | Bolsa Mercantil de Colombia S.A. (BMC) | Bogotá, D. C. |
50 | Fondo de Garantías S.A. (FGA) | Medellín |
51 | Fondo Nacional de Garantías S.A. (FNG) | Bogotá, D. C. |
52 | Fondo Nacional de Ahorro (FNA) | Bogotá, D. C. |
53 | Fondo Regional de Garantías (Confe) | Cali |
54 | Fondo Regional de Garantías de Boyacá y Casanare S.A. | Tunja |
55 | Fondo Regional de Garantías de Nariño S.A. | Pasto |
56 | Fondo Regional de Garantías de Norte de Santander (Fogán) | Cúcuta |
57 | Fondo Regional de Garantías del Café S.A. (FRGC S.A.) | Pereira |
58 | Fondo Regional de Garantías del Caribe Colombiano S.A (FRG) | Barranquilla |
59 | Fondo Regional de Garantías del Tolima S.A. | Ibagué |
60 | Fondo Regional de Garantías Santander S.A. | Bucaramanga |
61 | Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior (Icetex) | Bogotá, D. C. |
62 | Leasing Bancóldex S.A. Compañía de Financiamiento | Bogotá, D. C. |
63 | Patrimonio Autónomo de Remanentes de Adpostal (PAR Adpostal ) | Bogotá, D. C. |
64 | Patrimonio Autónomo Receptor de Activos de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones Telecom y Empresas Teleasociadas Liquidadas (Parapat) | Bogotá, D. C. |
65 | Segurexpo de Colombia S.A. | Bogotá, D. C. |
66 | Sociedad Fiduciaria de Comercio Exterior S.A. (Fiducóldex) | Bogotá, D. C. |
67 | Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario S. A. (Fiduagraria) | Bogotá, D. C. |
Subsector Presidencia de la República
68 | Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia (APC Colombia) | Bogotá, D. C. |
69 | Departamento Administrativo de la Presidencia de la República | Bogotá, D. C. |
70 | Fondo Nacional de Gestión de Riesgos de Desastres (FNGR) | Bogotá, D. C. |
No | Entidad | Sede Principal |
71 | Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) | Bogotá, D. C. |
Subsector Registro, Identificación y Proceso Electoral
-
Federación Nacional de Ganaderos (Fedegán) Fondo Nacional del Ganado. <incluido por el artículo 2 de la Resolución 17 de 2016> | Bogotá, D. C. |
PARÁGRAFO 1o. Igualmente, corresponde a la Contraloría Delegada para el Sector Gestión Pública e Instituciones Financieras, ejercer la vigilancia y control fiscal sobre los patrimonios autónomos y demás fondos cuenta con y sin personería jurídica, de este sector, a través de los entes que los administran y que se encuentran sectorizados en este artículo.
PARÁGRAFO 2o. Corresponde a la Contraloría Delegada para el Sector Gestión Pública e Instituciones Financieras, ejercer control posterior excepcional sobre el manejo de los recursos propios del municipio o departamento, cuando estos provengan del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, los cuales estuviesen destinados para la atención de desastres.
ARTÍCULO 6o. Corresponde a la Contraloría Delegada para el Sector Infraestructura Física y Telecomunicaciones, Comercio Exterior y Desarrollo Regional, ejercer la vigilancia y control fiscal a los siguientes sujetos:
No | Entidad | Sede Principal |
Subsector Transporte
1 | Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) | Bogotá, D. C. |
2 | Agencia Nacional de Seguridad Vial | Bogotá, D. C. |
3 | Centro de Diagnóstico Automotor de Caldas Ltda. (CDAC) | Manizales |
4 | Centro de Diagnóstico Automotor de Cúcuta Ltda. (Cedac) | Cúcuta |
5 | Comisión de Regulación de Infraestructura y Transporte (CRIT) | Bogotá, D. C. |
6 | Consejo Nacional de Ingeniería y sus Profesiones Auxiliares (Copnia) | Bogotá, D. C. |
7 | Consejo Profesional de Arquitectura y sus Profesiones Auxiliares | Bogotá, D. C. |
8 | Consejo Profesional de Ingeniería de Transporte y Vías de Colombia | Bogotá, D. C. |
9 | Consejo Profesional Nacional de Topografía (CPNT) | Bogotá, D. C. |
10 | Federación Colombiana de Municipios, Administra el Sistema Integrado de Información y Multas y Sanciones de Transito (Simit) | Bogotá, D. C. |
11 | Fondo de Prevención Vial Nacional | Bogotá, D. C. |
12 | Instituto Nacional de Vías (Invías) | Bogotá, D. C. |
13 | Ministerio de Transporte (Mintransporte) | Bogotá, D. C. |
14 | Servicio Aéreo a Territorios Nacionales (Satena) | Bogotá, D. C. |
15 | Sociedad Terminal de Transporte de Ibagué S. A | Ibagué |
16 | Superintendencia de Puertos y Transportes (Supertransportes) | Bogotá, D. C. |
17 | Unidad Administrativa Especial de la Aeronáutica Civil (Aerocivil) | Bogotá, D. C. |
18 | Unidad de Planeación de Infraestructura de Transporte (UPIT) | Bogotá, D. C. |
Subsector Telecomunicaciones.
19 | Autoridad Nacional de Televisión (ANTV) | Bogotá, D. C. |
20 | Canal Regional de Televisión del Caribe Ltda. (Telecaribe) | Barranquilla |
21 | Canal Regional del Oriente – (Canaltro Ltda.) | Bucaramanga |
22 | Computadores para Educar | Bogotá, D. C. |
23 | Corporación Colombia Digital | Bogotá, D. C. |
24 | Empresa Colombia Telecomunicaciones S.A E.S.P. (Telecom) | Bogotá, D. C. |
25 | Empresa de Telecomunicaciones de Bucaramanga S.A. E.S.P. (Telebucaramanga) | Bucaramanga |
26 | Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Fontic) | Bogotá, D. C. |
27 | Internexa S.A. E.S.P. | Medellín |
28 | Metropolitana de Telecomunicaciones S.A. E.S.P. (Metrotel S.A E.S.P.) | Barranquilla |
29 | Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Mintic) | Bogotá, D. C. |
No | Entidad | Sede Principal |
30 | Operaciones Tecnológicas y Comerciales (Optecom) | Barranquilla |
31 | Radio Televisión Nacional de Colombia (RTVC) | Bogotá, D. C. |
32 | Red Nacional Académica de Tecnología Avanzada (Renata) | Bogotá, D. C. |
33 | Servicios Postales Nacionales S.A. (472) | Bogotá, D. C. |
34 | Sistema Inteligentes en Red S.A.S. | Medellín |
35 | Sociedad Canal Regional de Televisión Ltda. (Telecafé) | Manizales |
36 | Sociedad Canal Regional de Televisión Ltda. (Teveandina Ltda.) | Bogotá, D. C. |
37 | Sociedad de Televisión de las Islas Ltda. (Teleislas) | San Andrés |
38 | Unidad Administrativa Especial Agencia Nacional del Espectro (ANE) | Bogotá, D. C. |
39 | Unidad Administrativa Especial Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) | Bogotá, D. C. |
Subsector Industria, Comercio y Turismo
40 | Artesanías de Colombia S.A. | Bogotá, D. C. |
41 | Cámara de Comercio de La Guajira | Riohacha |
42 | Cámara de Comercio de Aguachica | Aguachica |
43 | Cámara de Comercio de Arauca | Arauca |
44 | Cámara de Comercio de Armenia | Armenia |
45 | Cámara de Comercio de Barrancabermeja | Barrancabermeja |
46 | Cámara de Comercio de Barranquilla | Barranquilla |
47 | Cámara de Comercio de Bogotá | Bogotá, D. C. |
48 | Cámara de Comercio de Bucaramanga | Bucaramanga |
49 | Cámara de Comercio de Buenaventura | Buenaventura |
50 | Cámara de Comercio de Buga | Guadalajara de Buga |
51 | Cámara de Comercio de Cali | Cali |
52 | Cámara de Comercio de Cartagena | Cartagena |
53 | Cámara de Comercio de Cartago Valle | Cartago |
54 | Cámara de Comercio de Casanare | Yopal |
55 | Cámara de Comercio de Chinchiná | Chinchiná |
56 | Cámara de Comercio de Chocó | Quibdó |
57 | Cámara de Comercio de Cúcuta | Cúcuta |
58 | Cámara de Comercio de Dosquebradas | Dosquebradas |
59 | Cámara de Comercio de Duitama | Duitama |
60 | Cámara de Comercio de Facatativá | Facatativá |
61 | Cámara de Comercio de Florencia | Florencia |
62 | Cámara de Comercio de Girardot | Girardot |
63 | Cámara de Comercio de Honda | Honda |
64 | Cámara de Comercio de Ibagué | Ibagué |
65 | Cámara de Comercio de Ipiales | Ipiales |
66 | Cámara de Comercio de La Dorada, Puerto Boyacá, Puerto Salgar y Oriente de Caldas | La Dorada |
67 | Cámara de Comercio de Magangué | Magangué |
68 | Cámara de Comercio de Manizales | Manizales |
69 | Cámara de Comercio de Medellín | Medellín |
70 | Cámara de Comercio de Montería | Montería |
71 | Cámara de Comercio de Neiva | Neiva |
72 | Cámara de Comercio de Ocaña | Ocaña |
73 | Cámara de Comercio de Oriente Antioqueño Río Negro | Rionegro |
74 | Cámara de Comercio de Palmira | Palmira |
75 | Cámara de Comercio de Pamplona | Pamplona |
76 | Cámara de Comercio de Pasto | Pasto |
77 | Cámara de Comercio de Pereira | Pereira |
78 | Cámara de Comercio de San Andrés y Providencia | San Andrés |
79 | Cámara de Comercio de San José del Guaviare | San José del Guaviare |
80 | Cámara de Comercio de Santa Marta | Santa Marta |
81 | Cámara de Comercio de Santa Rosa de Cabal | Santa Rosa de Cabal |
82 | Cámara de Comercio de Sevilla | Sevilla |
83 | Cámara de Comercio de Sincelejo | Sincelejo |
84 | Cámara de Comercio de Sogamoso | Sogamoso |
85 | Cámara de Comercio de Tuluá | Tuluá |
86 | Cámara de Comercio de Tumaco | Tumaco |
87 | Cámara de Comercio de Tunja | Tunja |
88 | Cámara de Comercio de Urabá | Apartadó |
89 | Cámara de Comercio de Valledupar | Valledupar |
90 | Cámara de Comercio de Villavicencio | Villavicencio |
91 | Cámara de Comercio del Aburrá Sur de Itagüí | Itagüí |
92 | Cámara de Comercio del Amazonas | Leticia |
93 | Cámara de Comercio del Cauca | Popayán |
No | Entidad | Sede Principal |
94 | Cámara de Comercio del Magdalena Medio y Nordeste Antioqueño | Puerto Berrío |
95 | Cámara de Comercio del Piedemonte Araucano | Saravena |
96 | Cámara de Comercio del Putumayo | Puerto Asís |
97 | Cámara de Comercio Sur y Oriente del Tolima | Espinal |
98 | Centro de Ferias, Convenciones y Exposiciones de Bucaramanga S.A. (Cenfer) | Bucaramanga |
99 | Consejo Profesional de Agentes de Viaje | Bogotá, D. C. |
100 | Consejo Profesional de Guías de Turismo | Bogotá, D. C. |
101 | Empresa Municipal de Turismo del Líbano S.A | Líbano |
102 | Fideicomiso – Proexport | Bogotá, D. C. |
103 | Fondo Nacional de Turismo (Fontur) | Bogotá, D. C. |
104 | Imprenta Nacional de Colombia | Bogotá, D. C. |
105 | Instituto Nacional de Metrología | Bogotá, D. C. |
106 | Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (Mincomercio) | Bogotá, D. C. |
107 | Organización Nacional de Acreditación de Colombia (ONAC) | Bogotá, D. C. |
108 | Proyecto Playa Blanca Barú | Bogotá, D. C. |
109 | Sociedad Hotelera Tequendama S.A | Bogotá, D. C. |
110 | Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) | Bogotá, D. C. |
111 | Superintendencia de Sociedades (Supersociedades) | Bogotá, D. C. |
112 | Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores | Bogotá, D. C. |
Subsector Desarrollo Regional.
113 | Asociación de Municipios de Urabá (MADU) | Medellín |
114 | Agencia Nacional Inmobiliaria Virgilio Barco Vargas | Bogotá, D. C. |
115 | Asociación de Municipios del Macizo Colombiano (Asomac) | San Sebastián |
116 | Asociación de Municipios del Magdalena Medio Bolivarense y Zona de Influencia (AMMMB) | Bucaramanga |
117 | Asociación Supradepartamental de Municipios de la Región del Alto Patía | Pasto |
118 | Caja Promotora de Vivienda Militar de Policía (Caprovimpo) | Bogotá, D. C. |
119 | Corporación Autónoma Regional del Río Grande la Magdalena (Cormagdalena) | Barrancabermeja |
120 | Empresa Pública de Alcantarillado de Santander S.A., ESP (EMPAS) | Bucaramanga |
121 | Fondo Empresarial de Servicios Públicos Domiciliarios | Bogotá, D. C. |
122 | Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) | Bogotá, D. C. |
123 | Fondo Social de Vivienda de la Registraduría Nacional del Estado Civil | Bogotá, D. C. |
124 | Instituto Casas Fiscales del Ejército | Bogotá, D. C. |
125 | Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) | Bogotá, D. C. |
126 | Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio | Bogotá, D. C. |
127 | Patrimonio Autónomo para el Financiamiento en Inversiones en Agua (FIA) | Bogotá, D. C. |
128 | Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios | Bogotá, D. C. |
129 | Unidad Administrativa Especial Comisión de Regulación Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) | Bogotá, D. C. |
Entidades en Liquidación
130 | Asociación de Municipios del Piedemonte Llanero (En Liquidación) | Yopal |
131 | Centro de Diagnóstico Automotor Tolima (Cedat) Ltda. (En Liquidación) | Ibagué |
132 | Patrimonio Activo de Remanentes (Inurbe) (En Liquidación) | Bogotá, D. C. |
133 | Sociedad Colombiana de Transporte Ferroviario S.A. (STF) (En Liquidación) | Bogotá, D. C. |
PARÁGRAFO. Igualmente, corresponde a la Contraloría Delegada para el Sector Infraestructura Física y Telecomunicaciones, Comercio Exterior y Desarrollo Regional, ejercer la vigilancia y control fiscal sobre los patrimonios autónomos y demás fondos cuenta con y sin personería jurídica, de este sector, a través de los entes que los administran y que se encuentran sectorizados en este artículo.
ARTÍCULO 7o. <Resolución derogada por el artículo 20 de la Resolución 26 de 2016> Corresponde a la Contraloría Delegada para el Sector Social, ejercer la vigilancia y control fiscal a los siguientes sujetos:
No | Entidad | Sede Principal |
Subsector Educación – Central
1 | Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación (Colciencias) | Bogotá, D. C. |
2 | Fondo de Ciencia y Tecnología e Innovación | Bogotá, D. C. |
3 | Fondo de Desarrollo de la Educación Superior (Fodesep) | Bogotá, D. C. |
4 | Fondo de Prestaciones Sociales (Fomag) | Bogotá, D. C. |
5 | Fondo Nacional de las Universidades Estatales de Colombia | Bogotá, D. C. |
6 | Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior (Icfes) | Bogotá, D. C. |
7 | Ministerio de Educación Nacional | Bogotá, D. C. |
8 | Sociedad Geográfica de Colombia - Academia de Ciencias Geográficas | Bogotá, D. C. |
Subsector Educación – Instituciones de Educación Superior
9 | Escuela Superior de Administración Pública (ESAP) | Bogotá, D. C. |
10 | Escuela Tecnológica e Instituto Técnico Central (ETITC) | Bogotá, D. C. |
11 | Institución Universitaria Conocimiento e Innovación para la Justicia (CIJ) | Bogotá, D. C. |
12 | Instituto Nacional de Formación Técnica Profesional de San Andrés y Providencia (Infotep) | San Andrés |
13 | Instituto Nacional de Formación Técnica Profesional de San Juan del Cesar | San Juan del Cesar |
14 | Instituto Técnico Nacional de Comercio “Simón Rodríguez” de Cali | Cali |
15 | Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional (ITFIP) | Espinal |
16 | Universidad Colegio Mayor de Cundinamarca | Bogotá, D. C. |
17 | Universidad de Caldas | Manizales |
18 | Universidad de Córdoba | Montería |
19 | Universidad de la Amazonía | Florencia |
20 | Universidad de los Llanos | Villavicencio |
21 | Universidad del Cauca (Unicauca) | Popayán |
22 | Universidad del Pacífico | Buenaventura |
23 | Universidad Militar Nueva Granada | Bogotá, D. C. |
24 | Universidad Nacional Abierta y a Distancia (UNAD) | Bogotá, D. C. |
25 | Universidad Nacional de Colombia | Bogotá, D. C. |
26 | Universidad Pedagógica Nacional (UPN) | Bogotá, D. C. |
27 | Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia (UPTC) | Tunja |
28 | Universidad Popular del Cesar | Valledupar |
29 | Universidad Surcolombiana de Neiva | Neiva |
30 | Universidad Tecnológica de Pereira | Pereira |
31 | Universidad Tecnológica del Chocó Diego Luis Córdoba | Quibdó |
Subsector Cultura
32 | Archivo General de la Nación | Bogotá, D. C. |
33 | Consejo Profesional de Bibliotecología | Bogotá, D. C. |
34 | Corporación Fondo Mixto de Promoción Cinematográfica (Proimágenes) | Bogotá, D. C. |
35 | Instituto Caro y Cuervo (ICC) | Bogotá, D. C. |
36 | Instituto Colombiano de Antropología e Historia | Bogotá, D. C. |
37 | Instituto Nacional para Ciegos (INCI) | Bogotá, D. C. |
38 | Instituto Nacional para Sordos (Insor) | Bogotá, D. C. |
39 | Ministerio de Cultura | Bogotá, D. C. |
Subsector Educación – Deporte y Aprovechamiento del Tiempo Libre
40 | Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes) | Bogotá, D. C. |
Subsector Salud y Protección Social – Central
41 | Colegio Colombiano de Fisioterapeutas | Bogotá, D. C. |
42 | Colegio Nacional de Bacteriología (CNB) | Bogotá, D. C. |
43 | Consejo de Talento Humano en Salud | Bogotá, D. C. |
44 | Consejo Técnico Nacional de Optometría | Bogotá, D. C. |
45 | Fondo de Investigación en Salud | Bogotá, D. C. |
46 | Fondo de Salvamento y Garantías para el Sector Salud (Fonsaet) | Bogotá, D. C. |
47 | Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga) | Bogotá, D. C. |
48 | Instituto de Evaluación Tecnológica en Salud (IETS) | Bogotá, D. C. |
49 | Instituto Nacional de Salud (INS) | Bogotá, D. C. |
50 | Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) | Bogotá, D. C. |
No | Entidad | Sede Principal |
51 | Lotería la Cruz Roja Colombiana | Bogotá, D. C. |
52 | Ministerio de Salud y Protección Social (Minsalud) | Bogotá, D. C. |
53 | Sorteo Extraordinario de Colombia | Bogotá, D. C. |
54 | Superintendencia Nacional de Salud (Supersalud) | Bogotá, D. C. |
55 | Tribunal de Ética Médica | Bogotá, D. C. |
56 | Tribunal de Ética Odontológica | Bogotá, D. C. |
57 | Unidad Administrativa Especial - Fondo Nacional de Estupefacientes | Bogotá, D. C. |
Subsector Empresas Sociales del Estado ESE
58 | Centro Dermatológico “Federico Lleras Acosta” | Bogotá, D. C. |
59 | Instituto Nacional de Cancerología (INC) | Bogotá, D. C. |
60 | Sanatorio de Agua de Dios | Agua de Dios |
61 | Sanatorio de Contratación | Contratación |
Subsector Entidades Promotoras de Salud EPS
62 | AIC Asociación Indígena del Cauca | Popayán |
63 | Aliansalud E.P.S. | Bogotá, D. C. |
64 | Alianza Medellín Antioquia EPS SAS - Savia Salud | Medellín |
65 | Asociación de Cabildos del Resguardo Indígena ZENÚ de San Andrés de Sotavento - Córdoba y Sucre “Manexka” EPSI | San Andrés de Sotavento |
66 | Asociación Mutual Barrios Unidos de Quibdó E.P.S. AMBUQ E.S.S. MUTUAL | Barranquilla |
67 | Asociación Mutual la Esperanza “Asmet Salud” | Popayán |
68 | Asociación Mutual SER Empresa Solidaria de Salud ESS | Cartagena |
69 | Cafesalud E.P.S. - EPS S.A. | Bogotá, D. C. |
70 | Caja de Previsión Social de Comunicaciones (Caprecom) | Bogotá, D. C. |
71 | Capital Salud E.P.S.S. -S.A.S | Bogotá, D. C. |
72 | Capresoca E.P.S | Yopal |
73 | Convida A.R.S. E.P.S. | Bogotá, D. C. |
74 | Coomeva E.P.S S.A | Cali |
75 | Cooperativa de Salud Comunitaria Empresa Solidaria de Salud Comparta Salud Ltda. “ESS Comparta” | Bucaramanga |
76 | Cooperativa de Salud y Desarrollo Integral Zona Sur Oriental de Cartagena Ltda.- Coosalud E.S.S. E.P.S.S | Cartagena |
77 | Cruz Blanca E.P.S. S.A. | Bogotá, D. C. |
78 | Dusakawi - Asociación de Cabildos Indígenas del Cesar y Guajira | Valledupar |
79 | Ecoopsos - Entidad Cooperativa de Salud del Norte de Soacha | Bogotá, D. C. |
80 | Emdisalud E.S.S. - Empresa Mutual para el Desarrollo Integral de la Salud | Montería |
81 | Empresa Promotora de Salud Indígena Anas Wayúu EPSI | Maicao |
82 | Emssanar E.S.S. - Asociación Solidaria de Salud de Nariño | Pasto |
83 | Entidad Promotora de Salud Mallamas EPSI | Ipiales |
84 | Entidad Promotora de Salud Pijaos Salud EPSI | Ibagué |
85 | Famisanar LTDA.E.S.- Cafam Colsubsidio | Bogotá, D. C. |
86 | Nueva Empresa Promotora de Vida S.A - Nueva E.P.S. S.A. | Bogotá, D. C. |
87 | Salud Total E.P.S. S.A. | Bogotá, D. C. |
88 | Salud Vida EPS S.A. | Bogotá, D. C. |
89 | Sanitas E.P.S. S.A. | Bogotá, D. C. |
90 | Servicio Occidental de Salud S.A , E.P.S. - SOS S.A. E.P.S. - Cali Valle | Cali |
91 | SURA E.P.S. | Bogotá, D. C. |
No | Entidad | Sede Principal |
Subsector Salud – Entidades Adaptadas al Sistema
92 | EPM Departamento Médico con Sede en Medellín | Medellín |
93 | Fondo Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia | Bogotá, D. C. |
Subsector Trabajo – Central
94 | Consejo Nacional de Trabajo Social | Bogotá, D. C. |
95 | Fondo de Pensiones Públicas (Fopep) | Bogotá, D. C. |
96 | Fondo de Solidaridad Pensional (FSP) | Bogotá, D. C. |
97 | Fondo Nacional de Riesgos Laborales | Bogotá, D. C. |
98 | Ministerio del Trabajo | Bogotá, D. C. |
99 | Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) | Bogotá, D. C. |
100 | Superintendencia de Subsidio Familiar | Bogotá, D. C. |
101 | Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias | Bogotá, D. C. |
102 | Unidad Administrativa Especial del servicio Público de Empleo | Bogotá, D. C. |
Subsector Trabajo – Administradoras de Riesgos Laborales
103 | Administradora de Riesgos Laborales - Seguros Bolívar | Bogotá, D. C. |
104 | Administradora de Riesgos Laborales - Liberty Seguros de Vida | Bogotá, D. C. |
105 | Administradora de Riesgos Laborales - Seguros de Vida ALFA | Bogotá, D. C. |
106 | Administradora de Riesgos Laborales - Seguros de Vida Colpatria | Bogotá, D. C. |
107 | Administradora de Riesgos Laborales - Seguros de Vida la Equidad | Bogotá, D. C. |
108 | Administradora de Riesgos Laborales CIA de Seguros de Vida Aurora | Bogotá, D. C. |
109 | Colmena Riesgos Laborales | Bogotá, D. C. |
110 | Riesgos Laborales - MAFRE Colombia Vida Seguros S.A. | Bogotá, D. C. |
111 | Suramericana ARP – SURA | Medellín |
Subsector Trabajo - Pensiones Administradoras de Regímenes de Prima Media, Especiales y Exceptuados
112 | Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) | Bogotá, D. C. |
113 | Caja de Auxilios y Prestaciones de la ACDAC - CAXDAC, | Bogotá, D. C. |
114 | Fondo de Previsión Social del Congreso (Fonprecon) | Bogotá, D. C. |
115 | Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP) | Bogotá, D. C. |
Subsector Trabajo – Pensiones, Administradoras de Ahorro Individual
116 | Administradora de Fondos y Pensiones y Cesantías Protección | Medellín |
117 | Citicolfondos S.A. Pensiones y Cesantías | Bogotá, D. C. |
118 | Skandia Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías | Bogotá, D. C. |
119 | Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Porvenir S.A. | Bogotá, D. C. |
Subsector Trabajo – Cajas de Compensación Familiar
120 | Caja Colombiana de Subsidio Familiar Colsubsidio | Bogotá, D. C. |
121 | Caja de Compensación Familiar Cafam | Bogotá, D. C. |
122 | Caja de Compensación Familiar Cajacopi Atlántico | Barranquilla |
123 | Caja de Compensación Familiar Campesina Comcaja | Bogotá, D. C. |
124 | Caja de Compensación Familiar Comfenalco Antioquía | Medellín |
125 | Caja de Compensación Familiar Comfenalco del Valle del Cauca Comfenalco Valle | Cali |
126 | Caja de Compensación Familiar Comfenalco Santander | Bucaramanga |
127 | Caja de Compensación Familiar Compensar | Bogotá, D. C. |
128 | Caja de Compensación Familiar de Antioquía Comfama | Medellín |
129 | Caja de Compensación Familiar de Arauca Confiar | Arauca |
130 | Caja de Compensación Familiar de Barrancabermeja Cafaba | Barrancabermeja |
131 | Caja de Compensación Familiar de Barranquilla Combarranquilla | Barranquilla |
No | Entidad | Sede Principal |
132 | Caja de Compensación Familiar de Boyacá Comfaboy | Tunja |
133 | Caja de Compensación Familiar de Caldas (Confamiliares) | Manizales |
134 | Caja de Compensación Familiar de Cartagena y Bolívar (Comfamiliar) | Cartagena |
135 | Caja de Compensación Familiar de Córdoba (Comfacor) | Montería |
136 | Caja de Compensación Familiar de Cundinamarca (Comfacundi) | Bogotá, D. C. |
137 | Caja de Compensación Familiar de Fenalco - Andi (Comfenalco Cartagena) | Cartagena |
138 | Caja de Compensación Familiar de Fenalco (Comfenalco Quindío) | Armenia |
139 | Caja de Compensación Familiar de Fenalco del Tolima (Comfenalco Tolima) | Ibagué |
140 | Caja de Compensación Familiar de La Guajira | Riohacha |
141 | Caja de Compensación Familiar de Nariño | Pasto |
142 | Caja de Compensación Familiar de Risaralda (Comfamiliar Risaralda) | Pereira |
143 | Caja de Compensación Familiar de San Andrés y Providencia, Islas Cajasai | San Andrés |
144 | Caja de Compensación Familiar de Sucre | Sincelejo |
145 | Caja de Compensación Familiar del Amazonas (Cafamaz) | Leticia |
146 | Caja de Compensación Familiar del Atlántico | Barranquilla |
147 | Caja de Compensación Familiar del Caquetá (Comfaca) | Florencia |
148 | Caja de Compensación Familiar del Casanare (Comfacasanare) | Yopal |
149 | Caja de Compensación Familiar del Cauca (Comfacauca) | Popayán |
150 | Caja de Compensación Familiar del Cesar (Comfacesar) | Valledupar |
151 | Caja de Compensación Familiar del Chocó | Quibdó |
152 | Caja de Compensación Familiar del Huila (Comfamiliar) | Neiva |
153 | Caja de Compensación Familiar del Magdalena (Cajamag) | Santa Marta |
154 | Caja de Compensación Familiar del Norte de Santander (Comfanorte) | Cúcuta |
155 | Caja de Compensación Familiar del Oriente Colombiano (Comfaoriente) | Cúcuta |
156 | Caja de Compensación Familiar del Putumayo (Comfamiliar Putumayo) | Mocoa |
157 | Caja de Compensación Familiar del Sur del Tolima (Cafasur) | Espinal |
158 | Caja de Compensación Familiar del Tolima (Comfatolima) | Ibagué |
159 | Caja de Compensación Familiar del Valle del Cauca (Comfamiliar ANDI) | Cali |
160 | Caja de Compensación Familiar Fenalco Comfamiliar Camacol | Medellín |
161 | Caja de Compensación Familiar Regional del Meta (Cofrem) | Villavicencio |
162 | Caja Santandereana de Subsidio Familiar (Cajasan | Bucaramanga |
Subsector Inclusión Social y Reconciliación
163 | Agencia Colombiana para la Reintegración de Personas y Grupos Alzados en Armas | Bogotá, D. C. |
164 | Agencia Nacional para Superación de la Pobreza Extrema - Unidad Administrativa Especial | Bogotá, D. C. |
165 | Departamento Administrativo para la Prosperidad Social | Bogotá, D. C. |
166 | Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) | Bogotá, D. C. |
167 | Unidad Administrativa Especial para la Consolidación Territorial | Bogotá, D. C. |
Entidades en Liquidación
168 | Calisalud - Entidad Promotora de Salud (En Liquidación) | Cali |
169 | Entidad Promotora de Salud Cóndor S.A. EPS- Administradora del Régimen Subsidiado (En Liquidación) | Pasto |
No | Entidad | Sede Principal |
170 | Entidad Promotora de Salud Programa Comfenalco Antioquia de la Caja de Compensación Familiar (Comfenalco Antioquia) (En Liquidación) | Medellín |
171 | Golden Group E.P.S (En Liquidación) | Bogotá, D. C. |
172 | Humana Vivir S.A. EPS (En Liquidación) | Bogotá, D. C. |
173 | Multimédicas Salud con Calidad E.P.S. S.A (En Liquidación) | Bogotá, D. C. |
174 | Red Salud Atención Humana .E.P.S S.A. (En Liquidación) | Bogotá, D. C. |
175 | Salud Colombia de Cali Valle EPS (En Liquidación) | Cali |
176 | Entidad Promotora de Salud Organismo Cooperativo - Saludcoop E.P.S. (En Liquidación) | Bogotá, D. C. |
177 | Selvasalud S.A. EPS (En Liquidación) | Mocoa |
PARÁGRAFO 1o. Igualmente, corresponde a la Contraloría Delegada para el Sector Social, ejercer la vigilancia y control fiscal sobre los patrimonios autónomos y demás fondos cuenta con y sin personería jurídica, de este sector, a través de los entes que los administran y que se encuentran sectorizados en este artículo.
PARÁGRAFO 2o. Corresponde a la Contraloría Delegada para el Sector Social, ejercer la vigilancia y control fiscal sobre los recursos que ingresen a las Juntas de Calificación de Invalidez (Nacional y Regionales), conforme a lo establecido en el parágrafo del artículo 20 de la Ley 1562 del 11 de julio de 2012.
PARÁGRAFO 3o. Corresponde a la Contraloría Delegada para el Sector Social, ejercer la vigilancia y control fiscal a las personerías jurídicas en las que las Cajas de Compensación Familiar se asocien, inviertan o constituyan para el desarrollo de su objeto social con recursos parafiscales de conformidad con el numeral 4 del artículo 16 de la Ley 789 de 2002.
ARTÍCULO 8o. <Resolución derogada por el artículo 20 de la Resolución 26 de 2016> Corresponde a la Contraloría Delegada para el Sector Minas y Energía, ejercer la vigilancia y control fiscal a los siguientes sujetos:
No | Entidad | Sede Principal |
Subsector Hidrocarburos.
1 | Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) | Bogotá, D. C. |
2 | Cenit Transporte y Logística de Hidrocarburos SAS | Bogotá, D. C. |
3 | Consejo Profesional de Ingeniería de Petróleos (CPIQ) | Bogotá, D. C. |
4 | Consejo Profesional de Ingeniería Química (CPIQ) | Bogotá, D. C. |
5 | Ecodiésel Colombia S.A. | Bucaramanga |
6 | Empresa Colombiana de Petróleos Ecopetrol S.A. - Grupo Empresarial | Bogotá, D. C. |
7 | Fondo de Protección Solidaria - Soldicón - Federación Nacional de Distribuidores y Derivados del Petróleo -Fendipetróleos | Bogotá, D. C. |
8 | Inversiones de Gases de Colombia S.A. (Invercolsa) | Bogotá, D. C. |
9 | Oleoducto Bicentenario de Colombia S.A.S | Bogotá, D. C. |
10 | Oleoducto Central S.A. (Ocensa) | Bogotá, D. C. |
11 | Oleoducto de Colombia S.A. | Bogotá, D. C. |
12 | Refinería de Cartagena S.A. (Reficar) | Bogotá, D. C. |
13 | Sociedad Colombiana de Servicios Portuarios y Trasporte S.A. (Serviport) | Cartagena |
Subsector Energía.
14 | Asociación Colombiana de Ingenieros Electricistas, Mecánicos, Eléctricos y Afines (Aciem) Consejo Profesional Nacional de Ingenierías Eléctrica, Mecánica y Profesiones Afines | Bogotá, D. C. |
15 | Centrales Eléctricas de Nariño S.A. (Cedenar) | Pasto |
16 | Centrales Eléctricas del Cauca S.A. (Cedelca) | Popayán |
17 | Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) | Bogotá, D. C. |
18 | Consejo Nacional de Técnicos Electricistas (Conte) | Bogotá, D. C. |
19 | Distasa S.A. E.S.P | Bogotá, D. C. |
20 | Electrificadora del Caquetá S.A.E.S.P. (Electrocaquetá) | Florencia |
21 | Electrificadora del Caribe S.A., E.S.P. (Electricaribe) | Barranquilla |
22 | Electrificadora del Huila S.A.E.S.P. (Electrohuila) | Neiva |
No | Entidad | Sede Principal |
23 | Electrificadora del Meta S.A.E.S.P. (EMSA) | Villavicencio |
24 | Empresa de Energía del Amazonas S.A.E.S.P. (EEASA) | Leticia |
25 | Empresa de Energía del Archipiélago de San Andrés Providencia y Santa Catalina EEDAS S.A. | San Andrés |
26 | Empresa Distribuidora del Pacífico S.A. E.S.P. (Dispac) | Quibdó |
27 | Empresa Multipropósito de Urrá S.A. (Urrá S.A.) | Montería |
28 | Empresa Transportadora de Energía de la Costa Atlántica S.A.E.S.P. (Transelca) | Barranquilla |
29 | Generadora y Comercializadora de Energía del Caribe (Gecelca S.A ESP) | Barranquilla |
30 | Gestión Energética S.A. E.S.P. (Gensa) | Manizales |
31 | Instituto de Planificación y Promoción de Soluciones Energéticas (IPSE) | Bogotá, D. C. |
32 | Intercolombia S.A.E.S.P | Medellín |
33 | Interconexión Eléctrica S.A E.S.P. (ISA) | Medellín |
34 | ISAGEN - Energía Productiva - S.A. E.S.P. | Medellín |
35 | Unidad de Planeación Minero Energética (UPME) | Bogotá, D. C. |
36 | XM Compañía de expertos de Mercados S.A.E.S.P. | Medellín |
Subsector Minas.
37 | Agencia Nacional de Minería (ANM) | Bogotá, D. C. |
38 | Comercializadora de Antracita de Santander S.A. (Comantrac) | Bucaramanga |
39 | Consejo Profesional de Geología | Bogotá, D. C. |
40 | Fondo Nacional de Esmeraldas - Federación Nacional de Esmeraldas de Colombia (Fedesmeralda) | Bogotá, D. C. |
41 | Ministerio de Minas y Energía (Minminas) | Bogotá, D. C. |
42 | Servicio Geológico Colombiano (SGC) | Bogotá, D. C. |
Entidades en Liquidación
43 | Cales y Derivados de la Sierra S.A. (Caldesa) (En Liquidación) | Puerto Nare |
44 | Electrificadora del Cesar S.A.,E.S.P. (En liquidación) (Electrocesar) | Valledupar |
45 | Electrificadora del Tolima S.A. E.S.P. (Electrolima) (En Liquidación) | Ibagué |
46 | Fondo Nacional de Regalías (En Liquidación) | Bogotá, D. C. |
PARÁGRAFO. Igualmente, corresponde a la Sector Minas y Energía, ejercer la vigilancia y control fiscal sobre los patrimonios autónomos y demás fondos cuenta con y sin personería jurídica, de este sector, a través de los entes que los administran y que se encuentran sectorizados en este artículo.
Total Sujetos Sectorizados en las Contralorías Delegadas Sectoriales 592
DISPOSICIONES VARIAS.
AUDITORÍA INTERSECTORIAL Y ASIGNACIÓN O REASIGNACIÓN DE SUJETOS DE CONTROL FISCAL.
ARTÍCULO 9o. <Resolución derogada por el artículo 20 de la Resolución 26 de 2016> <Artículo modificado por el artículo 1 de la Resolución 16 de 2016. El nuevo texto es el siguiente:> Sin perjuicio de la anterior regulación, es posible adelantar el ejercicio auditor intersectorial cuando se programen y ejecuten auditorías y/o se adelanten actuaciones especiales que involucren temas, programas, proyectos y/o asuntos a auditar que involucren a dos o más entes objeto de control fiscal, que estén sectorizados en diferentes Unidades Ejecutoras, para lo cual se seguirá el procedimiento establecido en la Guía de Auditoría
ARTÍCULO 10. <Resolución derogada por el artículo 20 de la Resolución 26 de 2016> Cuando se modifique la sectorización de que trata el Capítulo I del Título I de la presente resolución, mediante acto administrativo motivado, previo concepto del Comité Directivo, los procesos de auditoría que se adelanten en virtud de la modificación de la clasificación de los sujetos de control contenidos en esta Resolución, estarán a cargo de la Contraloría Delegada Sectorial a la que resulten asignados o reasignados en virtud de lo dispuesto en el artículo 30 del Decreto-ley 267 de 2000, hasta su culminación.
En concordancia con los antes referidos documentos y archivos a trasladar deben ser foliados y referenciados conforme a las Normas de Gestión Documental, en un plazo no superior a treinta (30) días hábiles, contados a partir de la terminación del proceso o trámite.
VIGILANCIA Y EL CONTROL FISCAL A LAS ENTIDADES DEL ORDEN TERRITORIAL.
ARTÍCULO 11. <Artículo derogado por el artículo 10 de la Resolución 450 de 2016>
ARTÍCULO 12. <Artículo derogado por el artículo 10 de la Resolución 450 de 2016>
ARTÍCULO 13. <Resolución derogada por el artículo 20 de la Resolución 26 de 2016> La Contraloría General de la República, a través de la Contraloría Delegada para el Sector Social, ejercerá la vigilancia y el control fiscal a los recursos del Sistema General de Participaciones que se transfieren a las entidades territoriales.
ARTÍCULO 14. <Resolución derogada por el artículo 20 de la Resolución 26 de 2016> La Contraloría General de la República, a través de la Contraloría Delegada para el Sector Social, ejercerá vigilancia y control fiscal a los recursos públicos del orden nacional, incluidos los recibidos en virtud de la estampilla creada por la Ley 1697 de 2013, que son administrados por las Instituciones de Educación Superior del orden territorial, así como los recursos y la gestión de aquellas que en virtud de la Ley 647 de 2001, manejan su propio servicio de seguridad social en salud.
De igual forma, corresponde a la Contraloría Delegada para el sector Social, ejercer vigilancia y control fiscal sobre los recursos percibidos por las instituciones de educación superior del orden territorial, en virtud de disipaciones de carácter legal que regulan la emisión de estampillas cuando dicho control taxativamente haya sido asignado a la Contraloría General de la República.
ARTÍCULO 15. <Resolución derogada por el artículo 20 de la Resolución 26 de 2016> La Contraloría General de la República, a través de la Contraloría Delegada para el Sector Social, ejercerá vigilancia y control fiscal a los recursos destinados a las áreas de la salud, provenientes de las rentas del monopolio rentístico de los juegos de suerte y azar, conforme a lo establecido en la Ley 643 de 2001.
ARTÍCULO 16. <Resolución derogada por el artículo 20 de la Resolución 26 de 2016> La Contraloría General de la República, a través de la Contraloría Delegada para el Sector Infraestructura Física y Telecomunicaciones, Comercio Exterior y Desarrollo Regional, ejercerá el control y la vigilancia fiscal a los recursos transferidos por la nación a las asociaciones de departamento y municipios.
SUJETOS DE CONTROL EN PROCESO DE LIQUIDACIÓN.
ARTÍCULO 17. <Resolución derogada por el artículo 20 de la Resolución 26 de 2016> Los sujetos de control fiscal que estén en proceso de liquidación deberán, una vez termine este proceso, informar dicha situación a la Contraloría Delegada Sectorial correspondiente, remitiéndole los documentos que acrediten la protocolización de la liquidación, a fin de ser excluido como sujeto de control fiscal.
La Contraloría Delegada Sectorial que conozca que el proceso de liquidación de un sujeto de control sectorizado ha culminado, efectuará las validaciones correspondientes de la misma y comunicará a la Oficina de Planeación a fin de que proceda a ser excluido como sujeto de control fiscal.
GENERALIDADES.
ACTUALIZACIÓN DE SUJETOS DE CONTROL FISCAL EN LA SECTORIZACIÓN.
ARTÍCULO 18. <Resolución derogada por el artículo 20 de la Resolución 26 de 2016> La Oficina de Planeación será la encargada de tramitar ante la Oficina de Comunicaciones, la publicación en la página web de la Contraloría General de la República, del listado de los sujetos de control sectorizados en la presente resolución.
ARTÍCULO 19. <Resolución derogada por el artículo 20 de la Resolución 26 de 2016> La Oficina de Planeación de la Contraloría General de la República, en coordinación con las Contralorías Delegadas Sectoriales, será la dependencia competente para sectorizar y categorizar el sujeto de control fiscal en la respectiva Contraloría Delegada Sectorial, según la naturaleza jurídica, el objeto misional, el monto de los recursos presupuestales y/o aportes estatales, para lo cual tendrá en cuenta los criterios de especialización sectorial, funcionalidad y simplificación establecidos en el artículo 30 del Decreto-ley 267 de 2000.
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 del mencionado decreto-ley y a la finalidad de dicha norma, cual es lograr un alto desarrollo del nivel técnico del ejercicio de las funciones misionales a cargo de la Contraloría General de la República, a efectos de agrupar por sectores a los sujetos de control, la Oficina de Planeación también atenderá el ámbito en el que los sujetos pasivos de control fiscal desarrollan sus actividades de gestión pública, prestación de servicios, funciones administrativas o regulatorias, producción de bienes o actividades comerciales, económicas y financieras.
Cuando sea requerido, la Oficina Asesora Jurídica emitirá concepto sobre la naturaleza jurídica de un sujeto de control y vigilancia fiscal, para la inclusión, exclusión o modificación de sujetos de control y vigilancia
ARTÍCULO 20. <Resolución derogada por el artículo 20 de la Resolución 26 de 2016> Los Contralores Delegados Sectoriales podrán reclasificar entre los subsectores de la Contraloría Delegada respectiva, los sujetos de control que se encuentren sectorizados en las mismas, para lo cual observarán alguno de los criterios previstos en el artículo 9o del Decreto 267 del 2000.
VIGENCIA Y DEROGATORIA.
ARTÍCULO 21. <Resolución derogada por el artículo 20 de la Resolución 26 de 2016> La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y deroga totalmente la Resolución Reglamentaria Ejecutiva número 0009 del 26 de diciembre de 2014, la Resolución Reglamentaria Ejecutiva número 011 del 9 de febrero de 2015, Resolución Reglamentaria Ejecutiva número 013 del 25 de septiembre de 2015 y las demás que le sean contrarias.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 22 de diciembre de 2015.
El Contralor General de la República,
EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÓN.