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Por medio de la cual se expide la Resolución Única de Regulación de Gas Natural

SECCIÓN 5

Publicación de la capacidad disponible

ARTÍCULO 3.5.9.3.5.1. Publicación de la capacidad disponible. A más tardar a las 17:05 horas del Día D-1, el administrador de las subastas publicará la capacidad total disponible en cada ruta, , como se señala en la Tabla 2.

Tabla 2. Capacidad total disponible

Ruta* Capacidad total,
r

Nota*: cuando el gestor realice la subasta por tramos esta tabla se construirá con la información de la capacidad disponible que después de la subasta por rutas quede como disponible para el proceso de úselo o véndalo de corto plazo.

Donde:

r: Ruta en la que estará disponible la capacidad de transporte.
Capacidad total disponible para el siguiente día de gas en la ruta r. Este valor se expresará en KPCD.
Capacidad de transporte no nominada para el siguiente día de gas en
la ruta r y cuyo titular es v. Incluye la capacidad de transporte no nominada por parte de los generadores térmicos titulares de derechos de capacidad de transporte. Este valor se expresará en KPCD.
Capacidad de transporte no nominada para el siguiente día de gas, en
la ruta r, cuyo titular es un generador térmico t, la cual no está disponible para la subasta. Este valor se expresará en KPCD.

(Fuente: R CREG 185/20, ANEXO 5)

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