Por medio de la cual se expide la Resolución Única de Regulación de Gas Natural
Obligaciones de los declarantes, los vendedores y los compradores en relación con el uso del sistema de subastas
ARTÍCULO 3.5.9.2.4.1. Obligaciones de los declarantes, los vendedores y los compradores en relación con el uso del sistema de subastas. a) Tener a su disposición la estructura operativa y el equipo computacional y de comunicaciones apropiado, de acuerdo con las especificaciones operativas y técnicas establecidas por el administrador de las subastas.
b) Utilizar y operar el sistema de subastas única y exclusivamente a través del personal debidamente capacitado para el efecto.
c) Abstenerse de realizar actos contrarios a la libre competencia, actos contrarios a la legislación o a la regulación vigente y actos que afecten la transparencia del proceso o la adecuada formación de precios.
d) Informar de manera inmediata al administrador de las subastas cualquier error o falla del sistema de subastas.