Por medio de la cual se expide la Resolución Única de Regulación de Gas Natural
Divulgación anual de información
ARTÍCULO 2.3.7.7.1. Divulgación anual de información. El gestor del mercado deberá publicar un informe anual en el BEC en el que se presente la siguiente información agregada del mercado primario, del mercado secundario y de las negociaciones entre comercializadores y usuarios no regulados:
a) Promedio de las cantidades de energía negociadas durante cada mes del año, expresada en MBTUD.
b) Promedio de las cantidades de energía negociadas diariamente, expresada en MBTUD.
c) Cantidad total de energía negociada durante el año, expresada en MBTU.
d) Cantidad total de energía negociada durante cada mes del año, expresada en MBTU.
e) Precio promedio, ponderado por cantidades, de la energía negociada durante el año, expresado en dólares de los Estados Unidos de América por MBTU.
f) Precio promedio, ponderado por cantidades, de la energía negociada durante cada mes del año, expresado en dólares de los Estados Unidos de América por MBTU.
g) Número de negociaciones durante el año.
h) Número promedio de negociaciones diarias.
i) Índices del mercado.
j) Cualquier otra información relevante relacionada con sus actividades en el año anterior.