Por medio de la cual se expide la Resolución Única de Regulación de Gas Natural
Desarrollo de las subastas
ARTÍCULO 2.3.12.4.7.1. Desarrollo de las subastas. Entre las 14:00 y las 17:00 horas del penúltimo día hábil del mes calendario anterior al mes de consumo, el subastador dará aplicación al procedimiento de subasta de sobre cerrado para cada producto , como se dispone a continuación:
a) Con base en las cantidades y en los precios
el subastador determinará la curva de demanda agregada de cada producto
,
, la cual se formará conforme a lo establecido en la Tabla 4.
Tabla 4. Demanda agregada del producto ,
| Demanda agregada, |
Precio, |
| ... | ... |
Donde:
| Cantidad de energía del producto |
|
| Cada uno de los precios que los compradores j están dispuestos a pagar por el producto |
|
| Es el mayor de los precios |
|
| Es el menor de los precios |
|
| Son los precios |
b) Con base en las cantidades y
y en los valores
,
y
el subastador determinará la curva de oferta agregada de cada producto
,
, la cual se formará conforme a lo establecido en la Tabla 8. Para estos efectos se aplicarán los siguientes pasos.
i. Establecer el precio de oferta del producto para cada vendedor, como se dispone en la Tabla 5 y en la Tabla 6.
Tabla 5. Precio de oferta de cada vendedor
| Cantidad ofrecida | Precio |
Donde:
| Cantidad de energía del producto |
|
| Precio de oferta para la venta del producto |
Tabla 6. Precio de oferta de cada vendedor
| Cantidad ofrecida | Precio |
Donde:
| Cantidad de energía del producto |
|
| Precio de oferta para la venta del producto |
|
| Es el mayor de los precios de reserva declarados por todos los vendedores |
ii. Establecer la curva de oferta del producto para cada vendedor, como se dispone en la Tabla 7.
Tabla 7. Oferta de cada vendedor
| Cantidad ofrecida | Precios |
Donde:
| Cada uno de los vendedores s y w que ofrecen cantidades de energía del producto |
|
| Cantidad de energía del producto |
|
| Precio al que un vendedor está dispuesto a vender la energía del producto |
|
| Precio de oferta para la venta del producto |
iii. Establecer la curva de oferta agregada de cada producto ,
, la cual se formará a partir de la información de la Tabla 8.
Tabla 8. Oferta agregada del producto ,
| Oferta agregada, |
Precio, |
| (...) | (...) |
Donde:
| Cantidad de energía del producto |
|
| Precio de la energía del producto |
|
| Es el menor de todos los precios de oferta del producto |
|
| Es el mayor de todos los precios de oferta del producto |
|
| Son los precios de oferta del producto |
c) El subastador superpondrá la curva de demanda agregada, , y la curva de oferta agregada,
, para establecer el resultado de la subasta de acuerdo con los siguientes tres (3) casos:
i. Si las dos (2) curvas tienen un único punto en común , éste determinará la cantidad total de energía adjudicada,
, y el precio de adjudicación,
.
A cada comprador que haya declarado una disposición a pagar mayor a y no haya declarado una disposición a pagar igual a
se le asignará, al precio de adjudicación
, la cantidad de energía que está dispuesto a comprar al precio
. Esto se determinará con base en la curva de demanda del comprador que se forma a partir de sus cinco (5) preferencias declaradas según la Tabla 3.
A cada comprador que haya declarado entre sus preferencias una disposición a pagar igual a se le asignará la cantidad de energía que resulte de aplicar la Ecuación 3:
Ecuación 3
Donde:
| Comprador j que declaró entre sus preferencias, según la Tabla 3, una disposición a pagar igual a |
|
| Cantidad de energía del producto |
|
| Cantidad de energía del producto |
|
| Cantidad de energía del producto |
|
| Cantidad total de energía del producto |
A cada vendedor cuyo precio de oferta es menor al precio se le asignará la totalidad de la cantidad de energía ofrecida en la subasta,
.
A cada vendedor cuyo precio de oferta es igual al precio se le asignará la cantidad de energía resultante de aplicar la Ecuación 4:
Ecuación 4
Donde:
| Vendedor k cuyo precio de oferta, |
|
| Cantidad de energía del producto |
|
| Cantidad de energía del producto |
|
| Cantidad de energía del producto |
|
| Cantidad total de energía del producto |
ii. Si las dos (2) curvas tienen más de un punto en común, se aplicarán las siguientes reglas para determinar y
:
(1) Cuando las dos (2) curvas coinciden para un mismo nivel de precio, este precio corresponderá al precio de adjudicación y el subastador tomará la máxima cantidad ofrecida a dicho precio como la cantidad de energía adjudicada,
.
(2) Cuando las dos (2) curvas coinciden para un mismo nivel de cantidad, esta cantidad corresponderá a la cantidad de energía adjudicada, , y el subastador tomará el menor de los precios declarados por los compradores
,
, según lo establecido en la Tabla 4, como el precio de adjudicación de la subasta,
.
Una vez determinados la cantidad y el precio de adjudicación de la subasta, y
, el subastador dará aplicación a lo establecido en el numeral i anterior para determinar la cantidad que debe adjudicar a cada uno de los compradores y de los vendedores.
iii. Si las dos (2) curvas no tienen ningún punto en común, la cantidad total adjudicada será cero (0).
d) Tras la terminación de la subasta, una vez adjudicadas las cantidades a los compradores y a los vendedores, el administrador de las subastas definirá las partes de los contratos buscando minimizar el número de los mismos. Para estos efectos el administrador de las subastas:
i. Hará una lista de los vendedores k del producto dejando en el primer lugar a aquel con la mayor cantidad asignada para la venta y en el último lugar a aquel con la menor cantidad asignada para la venta.
ii. Hará una lista de los compradores del producto
dejando en el primer lugar a aquel con la mayor cantidad asignada para la compra y en el último lugar a aquel con la menor cantidad asignada para la compra.
iii. Con base en estas listas determinará las partes de los contratos. El primer comprador de la lista celebrará un contrato con el primer vendedor de la lista. Los siguientes compradores en la lista celebrarán contratos con los vendedores con las mayores cantidades residuales del producto . Si a un comprador se le asignó una cantidad mayor a la asignada al respectivo vendedor, el administrador de las subastas determinará sus contrapartes buscando minimizar el número de contratos mediante los pasos de los numerales i y ii anteriores.
Una vez surtido este proceso, el administrador de las subastas expedirá los correspondientes certificados de asignación de los productos .