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Por medio de la cual se expide la Resolución Única de Regulación de Gas Natural
Información al final de cada ronda
ARTÍCULO 2.3.10.5.7.1. Información al final de cada ronda. Al final de cada ronda r de la subasta, el subastador hará pública la siguiente información para cada producto:
a) Si hay o no exceso de demanda.
b) Precio de cierre de la siguiente ronda, .
c) Oferta de gas, , al precio de cierre de la siguiente ronda,
.
d) Duración de la siguiente ronda.