Por medio de la cual se expide la Resolución Única de Regulación del Sector Eléctrico
Equipos de telecomunicación requeridos
ARTÍCULO 7.1.4.16.2.1. Equipos de telecomunicación requeridos. El Usuario debe suministrar e instalar en el punto de control de la conexión - lado Usuario -, equipos que permitan:
Comunicación de voz operativa.
Comunicación de emergencia.
Comunicación de telefax.
Comunicación Computador - Computador.
y debe proveer los equipos de transmisión necesarios para soportar estas comunicaciones más la información adicional originada en el equipo de protecciones de registro de fallas y en la unidad terminal remota de supervisión, ubicados en sus instalaciones, hasta el punto de acceso a la red de telecomunicaciones de los Transportadores , CND o CRD.
(Fuente: R CREG 025/95, ANEXO GENERAL - CÓDIGO DE CONEXIÓN - ANEXO CC.3 Num. 2)