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Por medio de la cual se expide la Resolución Única de Regulación del Sector Eléctrico
Responsabilidad del reporte de información
ARTÍCULO 3.8.2.2.4.1. Responsabilidad del reporte de información. Cuando el TN no opere directamente los activos que representa, la información será reportada por quien los opera, y en el respectivo contrato de operación podrán precisarse los mecanismos para que el TN conozca la información reportada al CND. En todo caso, el responsable de la calidad y la oportunidad de la información reportada, a través del sistema dispuesto por el CND para este fin, es el TN que está representando los activos ante el LAC.