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Por medio de la cual se expide la Resolución Única de Regulación del Sector Eléctrico

CAPÍTULO 10

Valor mensual de la compensación

ARTÍCULO 3.14.4.10.1. Valor mensual de la compensación. El LAC calculará mensualmente el valor de la Compensación que se descontará del Ingreso Mensual Regulado de cada TN j, tal como se establece a continuación:

Donde:

VCMj,m: Suma de los valores que debe compensar el TN j por exceder o superar los límites de las características de calidad establecidos en este Capítulo, en el mes m.
CIMm,k: Compensación por exceder las MHAIA, del activo k en el mes m. ($)
PUj,k: Porcentaje remunerado al TN j mediante cargos por uso del activo k. (porcentaje)
IMRm,k: Ingreso Mensual Regulado para remunerar el activo k, durante el mes m, tal como se define en el numeral 4.7 de este Anexo. ($)
IMRTm,k: Remuneración Temporal para el activo k, durante el mes m, tal como se define en el numeral 4.7 de este Anexo. ($)
CANOi,m,k: Compensación del activo k, por la indisponibilidad i, en el mes m, por Energía No Suministrada o por dejar no operativos otros activos. ($)
CANOPm-1: Valor de la compensación por Energía No Suministrada o por dejar no operativos otros activos que quedó pendiente por descontar en el mes m-1.
aj: Número de activos d

(Fuente: R CREG 011/09, ANEXO GENERAL CAPÍTULO IV Num. 4.9)

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